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15 noviembre 2022

EL MINISTERIO DE JUSTICIA CONVOCA A STAJ A UNA REUNIÓN DE TRABAJO SOBRE LA LEY DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA Y CARRERA PROFESIONAL

Tras las quejas formuladas por STAJ por escrito al Ministerio de Justicia y el anuncio de movilizaciones, el Ministerio ha convocado a los sindicatos firmantes del Acuerdo de diciembre de 2021 a nuevas reuniones de grupos de trabajo los días 18 y 29 de noviembre.

La reunión del día 18 es para “escuchar las observaciones que se hagan por las organizaciones sindicales a la vista de la información que se les trasladó en la mesa sectorial del día 7 de noviembre”. En esa reunión lo único que se nos trasladó por el Ministerio es que la tramitación parlamentaria sigue su curso y que la ley será aprobada en diciembre o como muy tarde en enero. Junto a eso, se nos hizo una exposición de los pasos de la implantación del nuevo modelo organizativo.

Nada se nos manifestó en relación con las peticiones realizadas por este sindicato y otros de cara a la presentación de enmiendas que puedan modificar el proyecto de ley para evitar el retroceso en derechos y en condiciones de trabajo que supone el texto que se pretenden aprobar.

Esta nueva convocatoria es insuficiente para STAJ pues tenía que haberse celebrado hace meses. Ahora al Ministerio le entran las prisas y vuelve a convocar una nueva reunión de “grupo de trabajo”, que más parece que responda a un interés por tenernos entretenidos y así ganar tiempo para continuar con paz social la tramitación parlamentaria, sin que de ello pueda deducirse que el Ministerio tiene intención de proceder a una negociación real o de cambiar algo en el texto tal como todos los sindicatos presentes en Mesa le estamos reclamando. Mucho menos de introducir en el texto mejoras en nuestro estatuto jurídico, como por ejemplo la recuperación de la reserva del 50% de plazas para la promoción interna, entre otras muchas, que venimos reclamando con insistencia desde hace tiempo.

No podemos olvidar que es una ley que incide directamente en condiciones de trabajo por lo que el Ministerio debería haber negociado el Anteproyecto antes de aprobarlo en Consejo de Ministros y remitirlo al Congreso para su tramitación parlamentaria. Es obligatorio legalmente y además estaba así previsto en el Acuerdo de diciembre de 2021, que el Ministerio ha incumplido en este apartado. Con esta ley, los centros de destino quedarán reducidos a la mínima expresión y, lo que es peor, no se garantiza ni la diferenciación de puestos de trabajo a efectos de asignación de funciones o cobertura de puestos voluntaria por mecanismos ordinarios, ni las retribuciones, ni la inamovilidad funcional, y ni siquiera garantiza que las Relaciones de Puestos de Trabajo serán negociadas antes de la modificación de toda la estructura organizativa que esta ley supone (Tribunales de Instancia, Unidades Procesales de Tramitación, Servicios comunes, etc.)

Por todo ello, y aunque acudiremos a esta reunión porque nosotros sí queremos negociar, STAJ mantiene la convocatoria de movilizaciones conjuntas con CCOO, UGT y CIG que tenía previstas y que se iniciarán el próximo día 22 de noviembre mediante una concentración ante las puertas del Ministerio de Justicia.

CARRERA PROFESIONAL

También llevamos meses insistiendo en la necesidad de abordar la carrera profesional. El Ministerio por fin, aunque tarde, nos convoca para el día 29 de noviembre en la forma prevista en el Acuerdo de diciembre de 2021. Es la primera reunión que se mantiene sobre esta materia. Esperemos que en esto el Ministerio muestre más intención de negociar que con la Ley de Eficiencia Organizativa.

12 noviembre 2022

MOVILIZACIONES RECLAMANDO LA NEGOCIACIÓN DE LA LEY DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA

 STAJ, CCOO, UGT Y CIG INICIAMOS LAS MOVILIZACIONES CON UNA CONCENTRACIÓN ANTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA EL 22 DE NOVIEMBRE A LAS 12h ante la sede del Ministerio de Justicia C/San Bernardo, 45

EXIGIMOS:

  • La negociación inmediata de la Ley de Eficiencia Organizativa.

  • No a la flexibilidad en los destinos ni a la duplicidad de tareas para más de un centro de trabajo.

  • Garantías para salvaguardar nuestras actuales condiciones de trabajo.

  • No a la imposición sin negociar de las nuevas Relaciones de Puestos de Trabajo.

  • La mejora de la Promoción Interna.

  • Recuperación del 50% de las plazas de la OEP.

  • Convocatoria con carácter inmediato de un proceso extraordinario de Promoción Interna por concurso (sin exámenes).

  • La negociación, implantación y retribución inmediata de la Carrera Profesional en todos los ámbitos territoriales.

  • La negociación del Reglamento del nuevo Registro Civil y sus RPTs.

  • La convocatoria de un concurso de traslado extraordinario con todas las plazas vacantes y sin congelación de dos años.

Ante los continuos ataques del Ministerio de Justicia a nuestros derechos la UNIDAD DE ACCIÓN de todos los sindicatos y todos los trabajadores es nuestra mejor arma.

Convocatorias en solitario como la efectuada por el sindicato CSIF solo sirven a sus propios intereses, nos debilitan como colectivo, favorecen la división del personal y suponen una ventaja para la Administración a la hora de implantar sus perjudiciales reformas.

Emplazamos a todos los trabajadores y trabajadoras de la Administración de Justicia a apoyar estas movilizaciones conjuntas e instamos a todas las organizaciones sindicales a trabajar de forma unitaria en defensa de nuestros derechos.

ES DE JUSTICIA 


 

08 noviembre 2022

MESA DE NEGOCIACIÓN CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA 7 DE NOVIEMBRE DE 2022

  • El Ministerio sigue sin negociar la Ley de Eficiencia Organizativa.

  • Comienza la negociación de las bases de los procesos selectivos de estabilización de la Ley 20/2021.

LEY DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA

Ayer 7 de noviembre se ha celebrado nueva reunión de la Mesa de negociación con el Ministerio de Justicia, en la que el primer punto del orden del día era “Información y entrega de documentación sobre el Proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa”.

El Ministerio nos ha dicho lo que en parte ya sabemos, que la ley se está tramitando en el Parlamento y que previsiblemente quede aprobada a finales de año o lo más tardar en enero. También nos comunica que la idea es que la implantación de los Tribunales de Instancia con sus respectivas Unidades Procesales de Tramitación, así como la transformación de los Juzgados de Paz en Oficinas de justicia en el municipio tendrá lugar en el plazo de tres, seis o doce meses, según el tipo de partido judicial, a partir de la entrada en vigor de la ley.

También dice el Ministerio que las Relaciones de puestos de trabajo de las diferentes Unidades de oficina judicial (Unidades Procesales de Tramitación, Servicios Comunes procesales) y Oficinas de Justicia en el Municipio serán negociadas en esos plazos, pero en realidad no da ninguna garantía de que será así y de hecho las disposiciones transitorias establecen la transformación automática de las plantillas actuales de juzgados y tribunales en las futuras Unidades, si no se produce esa negociación en los plazos marcados.

De todo lo anterior, lo único que nos queda claro es que se confirma la NULA VOLUNTAD DEL MINISTERIO PARA NEGOCIAR LAS LEYES DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA, a lo que estaba obligado por ley y por recogerse en el Acuerdo de diciembre de 2021.

Se niega, por tanto, el Ministerio, a abordar en mesa de negociación las propuestas que hemos realizado desde STAJ y resto de organizaciones sindicales para mejorar el texto que ya se está tramitando en el Congreso, obligándonos a tener que acudir a los Grupos Parlamentarios para exponerles algo que debería haber quedado negociado antes de la aprobación del Anteproyecto por el Gobierno y su remisión al Parlamento.

Como ya hemos informado en varias ocasiones, STAJ ha presentado multitud de alegaciones, primero al Anteproyecto, y luego al Proyecto, además de haber remitido a los Grupos parlamentarios nuestras propuestas de enmienda, algunas de las cuales han sido asumidas por algunos Grupos.

STAJ pretende que se incluyan también mejoras en nuestro estatuto jurídico, que apenas se revisa desde hace dos décadas, mejoras que van desde la recuperación de la reserva de la mitad de plazas para la promoción interna, hasta una mejor regulación de las sustituciones, carrera profesional, procesos selectivos, concursos de traslados, etc.

Pero, como decimos, el Ministerio se niega a negociar nada de esto. Por ello, no nos queda más salida que la movilización, porque no podemos permitir que se modifiquen las condiciones de trabajo sin haber negociado nada con los representantes de los trabajadores afectados directamente por estos cambios tan profundos.

PROCESOS SELECTIVOS ESTABILIZACIÓN LEY 20/2021

En la Mesa de hoy también se ha procedido a iniciar la negociación de las bases de los procesos selectivos de estabilización pactados por los sindicatos de la Mesa General (UGT, CSIF y CCOO) y previstos en la Ley 20/2021.

Las plazas que se ofertarán en cada uno de los procesos ya fueron aprobadas en la Oferta de Empleo de Estabilización recogida en el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo y negociada también en esa Mesa General -no en la Mesa de Justicia-, y de ellas ya hemos dado información en anteriores boletines (puedes consultarlas en nuestras Webs y Blogs territoriales).

En la reunión de hoy se han expuesto únicamente líneas generales, habiendo manifestado el Ministerio que los borradores de bases facilitados están totalmente abiertos a la negociación, para introducir en ellos mejoras que podamos proponer desde las organizaciones sindicales presentes en esta mesa de Justicia.

Desde STAJ hemos reiterado la necesidad de que el Ministerio oferte también, adicionalmente a estas plazas, el porcentaje que la ley establece para la promoción interna (30 por ciento de las que hayan sido objeto de Oferta de empleo)

Desde STAJ, en cuanto al proceso selectivo por concurso oposición, hemos manifestado que entendemos que deben respetarse las reglas del juego ya marcadas en la convocatoria de 2019, correspondiente a las Ofertas de Empleo de 2017 y 2018, tanto en la fase de oposición respetando la reserva de nota -que además se recoge en el Acuerdo de marzo de 2022-, como en la fase de méritos, sin alteraciones significativas.

No es de recibo que en las últimas tres convocatorias de turno libre tengamos tres modelos diferentes. Las plazas de esta convocatoria proceden de la oferta de empleo de estabilización de 2019, porque han sido absorbidas por los procesos derivados de la Ley 20/2021, según ha manifestado el Ministerio reiteradamente. Por tanto, debe respetarse el sistema pactado en su momento para esas plazas, ya de por sí muy mermadas en aplicación de esa ley.

Por lo que respecta al sistema de concurso de méritos “puro”, previsto en las Disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, entendemos que debe revisarse la distribución de méritos que se realiza en el primer borrador facilitado por el Ministerio, eliminando las limitaciones temporales en los méritos de experiencia o ejercicios aprobados, reajustando su valoración máxima, e incrementando el apartado de experiencia, adaptando el resto de méritos baremables.

La negociación, como decimos, está absolutamente abierta, el Ministerio se muestra receptivo a modificar el borrador de manera que lo que se apruebe sea satisfactorio y plenamente acorde con los principios constitucionales que han de presidir todos los procesos selectivos.

La próxima reunión tendrá lugar el día 17 de noviembre. En cualquier caso, el Ministerio dice que la negociación debe quedar finalizada el día 21 de este mes, dado que es la fecha tope impuesta por Función Pública para que las convocatorias puedan estar publicadas antes del 31 de diciembre de este año, fecha límite marcada por la Ley 20/2021.

25 octubre 2022

STAJ EXIGE CONVOCATORIA URGENTE MESA NEGOCIACIÓN LEY DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA, REGLAMENTO REGISTRO CIVIL Y CARRERA PROFESIONAL

STAJ ha presentado nuevo escrito reiterando el cumplimiento de los puntos del Acuerdo de diciembre de 2021, aún sin cumplir, exigiendo convocatoria urgente de mesa de negociación para abordar el Proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa, que el Ministerio ha elaborado por su cuenta y riesgo sin negociación con los sindicatos, así como la paralización de su tramitación en el Parlamento.

Esta negociación es obligatoria por afectar directamente a condiciones de trabajo y por estar incluida, además, como uno de los puntos en el Acuerdo de diciembre de 2021, que el Ministerio ha incumplido, una vez más.

También hemos exigido la negociación del Reglamento del Registro Civil, por los mismos motivos, y porque ya se ha puesto en marcha el despliegue del nuevo modelo, sin haberse negociado cuestiones tan básicas como la distribución competencial entre el personal y entre las Oficinas Generales y los Juzgados de Paz.

Asimismo, hemos exigido la negociación de las bases de la Carrera profesional, tal como también se ha recogido en el Acuerdo mencionado, y que el Ministerio se niega reiteradamente a tratar.

EL MINISTERIO ESTÁ DEMOSTRANDO UNA NULA VOLUNTAD DE NEGOCIAR CUESTIONES DE VITAL IMPORTANCIA QUE AFECTAN DE MANERA DIRECTA A LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE LOS FUNCIONARIOS DE JUSTICIA, PRETENDIENDO IMPONER UN NUEVO MODELO DE ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SIN LA MÁS MÍNIMA DISCUSIÓN CON LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES.

STAJ ha advertido al Ministerio que si sigue sin convocar la mesa de negociación y permite que continúe la tramitación en el Parlamento sin negociar absolutamente nada, iniciaremos movilizaciones contra este enésimo incumplimiento del Ministerio de Justicia.

13 octubre 2022

STAJ PRESENTA QUEJA FORMAL ANTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA POR EL INCUMPLIMIENTO DEL ACUERDO DE DICIEMBRE 2021

 HOJA INFORMATIVA EN PDF 

  • El Proyecto de ley de Eficiencia organizativa continúa su tramitación parlamentaria sin haber sido sometido a negociación con las organizaciones sindicales.

  • Tampoco se ha negociado aún el nuevo Reglamento de Registro Civil, ni las bases para el desarrollo de la carrera profesional ni el resto de leyes de eficiencia.

Mediante escrito presentado a principios de octubre, STAJ ha formulado ante el Ministerio queja formal por el incumplimiento de puntos esenciales del Acuerdo de 15 de diciembre de 2021. Este Acuerdo, además de incluir un incremento salarial importante para el personal al servicio de la Administración de Justicia de ámbito Ministerio con objeto de acercarlo a la media de retribuciones del personal transferido, contiene otros puntos de vital importancia que afectan a todo el territorio nacional, que no se han cumplido.

Uno de ellos es la negociación de los aspectos de la Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia que afectan a las condiciones de trabajo del personal. Esta ley supone una profunda modificación de la organización de la Administración de Justicia y la Oficina Judicial, además de la creación de las Oficinas de Justicia en el municipio, evolución de los actuales Juzgados de Paz.

Como hemos explicado en anteriores notas informativas, la transformación de los actuales juzgados en Tribunales de Instancia en cada partido judicial prevista en esta ley, lleva aparejada la creación de las denominadas Unidades Procesales de Tramitación, que en la práctica suponen la unificación de las secretarías de los actuales juzgados -o en su caso, UPADs y SCOPs, allí donde estén creados-, y de las Audiencias Provinciales y Tribunales Superiores de Justicia, en una sola oficina, sin perjuicio de la existencia de servicios comunes generales -actuales decanatos y servicios de actos de comunicación- y servicios de ejecución, allí donde se decida su creación. La Ley crea también las denominadas Oficinas de Justicia en el Municipio, que sustituyen a los actuales Juzgados de Paz, asignándoles nuevas funciones.

Nada de esto ha sido negociado con los sindicatos, a pesar de ser uno de los puntos recogidos en el acuerdo. Únicamente se han producido varias reuniones preparatorias o grupos de trabajo, pero sin negociación alguna. El plazo de presentación de enmiendas ha finalizado, por lo que el Ministerio no ha remitido propuesta alguna negociada al Congreso de los Diputados para que sea debatida en el trámite parlamentario, que sigue su curso. En cuanto al resto de leyes de eficiencia, no se ha celebrado ni una sola reunión.

Tampoco se ha producido negociación alguna en relación con el Reglamento del Registro Civil, absolutamente necesario para clarificar las funciones y cometidos del personal en la nueva organización derivada de la Ley 20/2011 y las competencias que corresponderán a los Juzgados de Paz o futuras Oficinas de Justicia en el Municipio, a pesar de que ya está en vigor y haber comenzado el despliegue en Madrid, Barcelona, Murcia y Tarragona.

En cuanto a la carrera profesional, a pesar de haber sido solicitado insistentemente por STAJ la negociación de sus bases y su abono, el Ministerio se ha limitado a prometer que la negociación se va a producir, pero sin cumplir esa promesa hasta la fecha.

Ante esta situación de evidente falta de voluntad negociadora, STAJ ha exigido la paralización de la tramitación parlamentaria de las leyes de eficiencia, requiriendo formalmente al Ministerio para que proceda a la negociación de todas ellas en cuanto afectan a condiciones de trabajo, así como el resto de puntos pendientes de cumplir, especialmente la negociación de las bases de la carrera profesional. Si el Ministerio no cumple, acudiremos a los Tribunales para exigir el cumplimiento íntegro del Acuerdo.

06 octubre 2022

ACUERDO ENTRE GOBIERNO Y LOS SINDICATOS CC.OO y UGT DE INCREMENTO RETRIBUTIVO 2022-2024

SEGUIMOS PERDIENDO


Este acuerdo precariza aún más a los trabajadores públicos


El Ministerio de Hacienda ha llegado a un acuerdo, en el marco de la Mesa General de negociación de Función Pública, con los sindicatos UGT y CCOO para el incremento salarial durante el período 2022-2024.

El acuerdo prevé que a la subida general de 2022 del 2% que ya se nos aplicó en enero de este año, se sume un incremento fijo del 1,5% con carácter retroactivo desde 1 de enero 2022. Este 1,5% acumulado desde enero se recibirá en nómina a finales de año.

En 2023 el incremento será del 2,5%, y en 2024 el incremento será del 2%.

En total, el Acuerdo prevé un incremento salarial fijo del 6% en 3 años (no un 8% como se dice, puesto que de ese 8% un 2% ya lo tuvimos desde enero de este año)

Asimismo, se prevé una Parte variable de subida sujeta a condicionantes. Al incremento para 2023 se podría sumar un porcentaje variable doble, de un 0,5% vinculado a que el PIB supere el 5,9% que parece bastante difícil de alcanzar y otro 0,5% si el IPC acumulado de 2022 y del IPC armonizado adelantado de septiembre de 2023 supera el 6%.

Respecto de 2024 al incremento fijo del 2% se podría añadir un 0,5% si el IPC acumulado de 2022,23 y 24 supera el 8%.

Lo que ya podemos afirmar con rotundidad es que para este año 2022, la suma del 2% que ya se nos aplica desde enero más el 1,5% con efectos retroactivos de este acuerdo (total 3,5%) se traducirá ya en el presente ejercicio en una nueva pérdida de poder adquisitivo para los trabajadores públicos, teniendo en cuenta que el IPC en 2022 puede alcanzar el 9,1% según las previsiones de la OCDE.

Lo mismo podemos afirmar del incremento pactado para 2023 en cuanto a su parte variable (0,5%+0,5%) y del de 2024 (0,5%) vinculados a variables de PIB e IPC. Para 2023 el Ministerio de Economía prevé un crecimiento del 2,1% por lo que el 0,5% adicional vinculado a PIB se firma a sabiendas de que no se va a cumplir. El 0,5% vinculado a la inflación acumulada de 2022 y 2023 si esta supera el 6% supone que la subida seria del 3% pero el IPC superaría el 6% con lo que como mínimo se perderían 3 puntos más de poder adquisitivo.

Y respecto del 0,5% adicional al 2% fijo para 2024 si el IPC acumulado del período 2022-2024 alcanza el 8%, lo que equivaldría a una economía en la UCI y sería una tomadura de pelo para los trabajadores públicos al limitar su subida al 2,5% total y la inflación por encima del 8% lo que implicaría como mínimo otros 6 puntos de pérdida de poder adquisitivo.

Desde STAJ manifestamos nuestro absoluto rechazo a la oferta salarial acordada por el gobierno y los sindicatos CCOO y UGT porque precarizan aún más las retribuciones de los funcionarios de la Administración de Justicia y al resto de trabajadores públicos, que ya sufrimos una pérdida del poder adquisitivo superior al 20% perdida que va a incrementarse estos años con una inflación muy por encima de la subida pactada.

El triunfalismo de los dirigentes sindicales de CC.OO y UGT en línea con buena parte de los medios de comunicación afines al Gobierno sólo se explica gracias a las generosas subvenciones de dinero público que reciben unos y otros, estas sí, en continuo aumento año tras año. Por todo ello, nos gustaría que los afiliados a CCOO y UGT fueran críticos con el Acuerdo alcanzado por sus centrales sindicales y el Ministerio de Hacienda y coincidan con nuestro análisis de que dicho Acuerdo precariza aún más nuestras retribuciones como Funcionarios de la Administración de Justicia. 


30 septiembre 2022

PROPUESTA DE INCREMENTO SALARIAL 2022-2024


Ayer, 29 de septiembre, se celebró la segunda reunión en el marco de las negociaciones entre el Ministerio de Hacienda y los sindicatos más representativos de Función pública, para el incremento salarial en el periodo 2022-2024.

En lo económico, la propuesta de incremento salarial para los años 2022-2024 es la siguiente:

  • Año 2022.

Hacienda mantiene un 1,5% adicional de subida con efecto retroactivo para el presente año 2022. Recuerden que este año 2022 el incremento salarial, en el mes de enero, fue del 2%. A esa subida inicial, y debido al incremento tan exagerado de la carestía de vida que estamos sufriendo, habría que añadir otro 1,5%, que sería con carácter retroactivo desde el mes de enero del 2022.

  • Año 2023.

Para el año 2023 la propuesta del Ministerio de Hacienda es del 2,5%, fijo. A esta parte fija, habría que añadir una parte variable: 0,5% vinculado a la inflación acumulada de 2022 y 2023 siempre que supere el 6% (por desgracia, sí que es factible) y otro 0,5% vinculado al PIB si supera el 5,9% (por desgracia, muy difícil).

  • Año 2024.

Para el año 2024 el Ministerio de Hacienda ha planteado un alza fija del 2%, más un variable del 0,5% si el índice de precios de consumo (IPC) acumulado de 2022, 2023 y 2024 supera el 8%.

El lunes habrá otra reunión. Debemos esperar al Acuerdo definitivo para conocer las cifras finales, así como otros aspectos que también se están tratando.

Recuerden, que para los compañeros de ámbito ministerio, aún queda el incremento del 15% de las cantidades acordadas en diciembre del año 2021, para incrementar el complemento de ámbito Ministerio, y que desde enero del 2023 serán las siguientes:

  • Cuerpo de Auxilio: 22,5 euros/mes.

  • Cuerpo de Tramitación y Ayudantes de laboratorio: 24,75 euros/mes.

  • Cuerpo de Gestión y Técnicos especialistas de laboratorio: 27,75 euros/mes.

  • Cuerpo de Letrados A.J: 29,25 euros/mes.

  • Cuerpo de Médicos Forenses y Facultativos: 12 euros/mes.

13 septiembre 2022

STAJ IMPUGNA VARIAS RESOLUCIONES DEL MINISTERIO POR FALTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA

El Ministerio de Justicia dictó durante el mes de julio varias resoluciones (sustituciones y planes de actuación de LAJs y RPT Badajoz) que han sido aprobadas sin haber sido negociadas en la mesa de negociación específica de la Administración de Justicia, prevista en la Disposición adicional duodécima del TREBEP para la negociación colectiva de todas las cuestiones que afecten específicamente al personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia y que, por tanto, es la única competente para ello.

Según parece, esas resoluciones han sido sometidas a la Mesa General de la Administración General del Estado, (a la que STAJ no pertenece, por ser específico de Justicia) a través de una “mesa delegada” constituida en el Ministerio de Justicia. Esa mesa, según entendemos, únicamente es competente para la negociación de cuestiones comunes al personal funcionario y laboral, pero no para aquellas que afectan de forma exclusiva a personal funcionario, como es el caso de los Letrados de la Administración de Justicia y las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales.

Por ello hemos presentado recursos contra estas resoluciones, con objeto de que sean negociadas donde corresponde, para que se reponga a STAJ, y a los miles de funcionarios a los que representa, en su derecho a la negociación colectiva ganada con mucho esfuerzo en las elecciones sindicales, que nos han colocado como la fuerza sindical más votada en la Administración de Justicia. No entramos en el fondo de lo que es objeto de regulación en estas resoluciones y órdenes, sólo impugnamos la forma en la que se han adoptado, y por ello mismo, precisamente, no hemos solicitado su suspensión cautelar (a lo que tendríamos derecho), por lo que podrán ser aplicadas mientras se sustancian los recursos, para evitar causar perjuicios que pudieran derivarse de su no aplicación, habiendo además utilizado el procedimiento especial de urgencia para protección de derechos fundamentales, con objeto de que sea resuelto lo antes posible.

Desde STAJ no podemos permitir que se ningunee a miles de funcionarios y funcionarias que con su voto nos han elegido, precisamente, para ser sus representantes en las mesas de negociación amparadas por las leyes y la propia Constitución Española.

10 junio 2022

ELECCIONES SINDICALES EN VALENCIA

 


STAJ aumenta sus votos y representación en la provincia de Valencia

En las elecciones sindicales celebradas ayer, 9 de junio, STAJ ha obtenido casi un centenar de votos más que en las anteriores elecciones y un delegado más, alcanzando 8, poniendo nuestra representación en esa provincia en cerca de un 30%.

Estos han sido los resultados:

  • STAJ 8 delegados

  • CSIF 9

  • UGT 4

  • Intersindical 4

  • CCOO 3

Felicitamos a los ganadores y damos las gracias a todos los que han participado en el proceso electoral sea cual sea la opción que hayan elegido, y a los votantes de STAJ especialmente porque nos animáis a enfocar y tomar más iniciativas para defender los derechos de todo el personal al servicio de la Administración de Justicia.

07 junio 2022

STAJ EXIGE AL MINISTERIO LA RETIRADA DE LOS NUEVOS CRITERIOS DE CESES DE INTERINOS

STAJ se ha dirigido al Ministerio de Justicia para exigir que se deje inmediatamente sin efecto la comunicación remitida a las Gerencias territoriales por la Subdirección de acceso y promoción del personal de la Administración de Justicia, en la que se recogen nuevos criterios de ceses de los funcionario interinos.

Además de haberse realizado sin ningún traslado previo a los representantes de los trabajadores, consideramos del todo ilegal el cambio de criterio recogido en esa comunicación pues, al día de la fecha, sigue vigente la Orden JUS/2296/2005, sobre selección, propuesta y nombramientos de funcionarios interinos en la Administración de Justicia, que recoge en su artículo 18 los ceses de estos. No se puede modificar sustancialmente lo allí recogido sin la modificación o derogación de la citada Orden Ministerial, previamente negociada con los sindicatos representativos y menos, por una mera comunicación interna del Ministerio que no reviste ninguna forma de resolución susceptible de ser recurrida.

De no rectificar, el Ministerio se expone a las reclamaciones que puedan presentar en el momento de su cese los trabajadores directamente afectados por la aplicación de estos criterios.


01 junio 2022

"EXCUSATIO NON PETITA... PLUMERO AL DESCUBIERTO"

No podemos guardar silencio frente a la acusación que nos hace cierto sindicato que destaca por la prepotencia que le caracteriza y por ello tenemos que aclarar de dónde viene todo y por qué estamos donde estamos en materia de ofertas de empleo y procesos selectivos, que no es ni más ni menos que por los pactos alcanzados entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública y ese mismo sindicato, entre otros.

Se excusa el referido sindicato en que durante sucesivas reuniones puso condiciones al Ministerio de Justicia para firmar el acuerdo sobre desarrollo de los procesos selectivos de las OEPs 2019 a 2022 en la Administración de Justicia, que todos éramos conocedores de esas condiciones, que nada se incluyó y que el Ministerio de Justicia no estaba por la labor.

Lo extraño del asunto es que si ese sindicato tenía unas condiciones para el desarrollo de esos procesos, no las pusiera de manifiesto en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas dónde se negoció el RDL 14/2021 y la Ley 20/21, y las hiciera valer antes de firmar el acuerdo con el Gobierno de España que dio lugar a las citadas leyes. Porque son precisamente estas normas las que impiden hacer lo que ahora dicen defender que se haga. ¿Será porque ninguno de los representantes sindicales pertenecía al sector de Justicia? ¿O tal vez sí?

En resumen, la Ley 20/21 contiene un artículo, el 2.1, y dos disposiciones adicionales, la sexta y la octava, que impiden ofrecer a la promoción interna un gran número de plazas vacantes existentes porque las destina a los denominados “procesos de estabilización de empleo temporal”:

  • El artículo 2.1 ordena que las plazas vacantes ocupadas de forma temporal e ininterrumpida al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020, pero menos de cinco, se convoquen por el sistema de concurso-oposición.
  • Por su parte, la Disposición Adicional Sexta ordena la convocatoria por el sistema de concurso de méritos (sin oposición) de las plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
  • La Disposición Adicional Octava dictamina que a las anteriores hay que sumar (“adicionalmente”) las plazas vacantes ocupadas de forma temporal por personal que hubiera tenido una relación temporal con anterioridad al 1 de enero de 2016, lo que deja la puerta abierta a que cualquier plaza que se hubiera quedado vacante con posterioridad a esa fecha y anterior a la entrada en vigor de la citada ley, si está ocupada por persona que ya tenía relación temporal antes de 1 de enero de 2016, aunque fuera en otro puesto, también sea incluida en la convocatoria de concurso de méritos (sin oposición).

Todo ello a efectos de contabilizar cuántas plazas se ofertarán en esos procesos de estabilización, porque lo que se oferta es un número de plazas, no plazas concretas, lo que sería ilegal.

Este artículo y estas dos disposiciones adicionales que negoció y firmó el referido sindicato son las que impiden que algunas de esas plazas vacantes puedan ser ofrecidas en las convocatorias de promoción interna, porque todas ellas se incluyen en el proceso de estabilización y no previeron reserva alguna para la promoción interna. Puede que ahora digan que ellos no pactaron ninguna de esas disposiciones adicionales de la Ley 20/2021 (las que regulan qué plazas van a concurso), pero el BOE dice que sí. En el enlace siguiente podéis acceder al BOE dónde se publicó la Ley 20/21 y descubrir al sindicato referido en la página 6 (final del apartado II del Preámbulo): BOE Ley 20/2021.

Como también pactaron -y se vanaglorian de ello- el RDL 14/2021 (ver página 4), que es el origen de todo y en el que se recoge expresamente que todas las plazas cubiertas temporalmente desde hace más de tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 serían incluidas en el proceso de estabilización, que excluye los de promoción interna; eso sí, respetando las OEP de reposición ya publicadas en BOE y no caducadas, y las que correspondan a la OEP de reposición de 2022. Y por eso, precisamente, la oferta de empleo de estabilización publicada en el BOE del 25 de mayo pasado no recoge ni una sola plaza para promoción interna para ningún cuerpo de ninguna Administración pública. La consecuencia de sus actos para Justicia es que para los procesos de estabilización se destina un mínimo de 5.945 plazas, pero ninguna para promoción interna.

Ahora se excusa dicho sindicato echando las culpas a quien no tuvo participación ni intervención alguna, para salvar su trasero en las elecciones sindicales que están abiertas en la Comunidad Valenciana.

Y ya lo dice el refrán: Excusatio non petita, accusatio manifesta.

Por suerte para los que aspiran a un puesto por promoción interna, existe algo llamado “tasa de reposición” -que en realidad es un recorte en las ofertas de empleo, pues sólo incluye plazas que quedan vacantes por jubilaciones, fallecimientos, excedencias o similares, sin incluir el número de plazas que se crean cada año, pero que en aplicación de la misma las plazas de reposición no se incluyen en los procesos de estabilización de la Ley 20/2021-

Y lo que STAJ sí que ha logrado con la firma del acuerdo de 22 de marzo, en nuestra Mesa Sectorial, es lo siguiente:

1.- Que el Ministerio de Justicia convoque por promoción interna de forma acumulada las plazas que por ley le corresponden de las OEP de 2019, 2020 y 2021, actualmente en curso, frente al desastre que habría supuesto dejar pasar la Oferta de 2019, que caducaba a final de marzo, y convocar separadamente el resto de ofertas. Así, frente a dejar caducar la de 2019, y lo que habrían sido dos convocatorias con apenas 250 plazas cada una para la promoción interna a Gestión P.A. y Tramitación P.A., para todo el Estado, se ha logrado una convocatoria conjunta de 985 plazas, respetándose además la reserva de nota de esa convocatoria.

2.- Que en la OEP de reposición de 2022, y por primera vez, que se recuerde, la oferta de promoción interna sea mayor que la oferta del turno libre de los cuerpos de Gestión P.A. y Tramitación P.A. -753 plazas para promoción interna, 629 turno libre-, al incluir una oferta adicional de 565 plazas para la promoción; oferta que se convocará el próximo año antes de abril y en la que, además, las respuestas erróneas no penalizarán. ¿Queremos más? Por supuesto, pero las leyes pactadas por otros lo han impedido.

3.- Que, para evitar que las convocatorias del turno libre correspondientes a las OEP de reposición de 2020, 2021 y 2022 sean también ridículas y de paso impedir que la OEP de 2020 caduque como caducó la de 2019, se acumulen las tres ofertas para ese turno permitiendo así una convocatoria conjunta de más de 3.100 plazas para todos los Cuerpos. Convocatoria que, precisamente por ser de tasa de reposición, queda fuera de los procesos de estabilización de la Ley 20/2021, y que será publicada en septiembre de este año.

4.- Que a pesar de haber caducado y haber sido absorbida por los procesos de estabilización de la Ley 20/2021, se respete la reserva de nota para las 949 plazas turno libre que se convocarán por concurso oposición en cumplimiento de esa Ley.

16 mayo 2022

MESA SECTORIAL DEL 12 DE MAYO DEL 2022. PROCESOS SELECTIVOS

 

  • El Ministerio de Justicia concreta las plazas que se incluirán en la Oferta de empleo de reposición y procesos de estabilización de la Ley 20/2021, así como fechas previstas de convocatorias y desarrollo. 

  • STAJ reclama más plazas para la promoción interna y para el turno libre de la oferta de reposición de 2022, y las incluidas en el proceso de estabilización por concurso-oposición. 

El pasado 12 de mayo ha tenido lugar reunión de la mesa sectorial en la que el Ministerio ha informado de cuántas plazas se incluirán en cada una de las ofertas correspondientes a la oferta de reposición de 2022, las de promoción interna derivada de esa oferta, así como las plazas que se destinan a los procesos de estabilización previstos en la Ley 20/2021). La aprobación de las ofertas se prevé para el Consejo de Ministros del día 24 de mayo, publicándose a continuación en BOE. 

Las plazas que se incluirán en las diferentes ofertas y convocatorias son las siguientes, a falta de algún ligero reajuste: 

OFERTA REPOSICIÓN 2022 TURNO LIBRE. - Esta oferta, en aplicación del acuerdo suscrito por STAJ, CCOO y CIG con el Ministerio de Justicia, se acumula a las ofertas de 2020 y 2021, para todos los cuerpos excepto para el de Letrados (que ya se está desarrollando, junto con la de 2019, -BOE 11-01-2022-), por lo que las convocatorias por cuerpos incluirán las siguientes plazas: 

TURNO LIBRE 

2020 

2021 

2022 

TOTAL ACUMULADA 

Cupo general 

Turno Disc. 

Cupo general 

Turno Disc. 

Cupo general 

Turno Disc. 

Cupo general 

Turno Disc. 

Total 

MÉDICOS FORENSES 

39 

3 

20 

2 

19 

1 

78 

6 

84 

FACULTATIVOS INTCF 

12 

1 

9 

1 

9 

1 

30 

3 

33 

TECNICOS ESPECIALISTAS INTCF 

10 

1 

  

  

0 

0 

10 

1 

11 

AYUDANTES LABORATORIO INTCF 

7 

  

  

  

0 

0 

7 

0 

7 

GESTIÓN P.A. 

355 

27 

395 

30 

264 

20 

1.014 

77 

1.091 

TRAMITACIÓN P.A, 

392 

29 

396 

29 

321 

24 

1.109 

82 

1.191 

AUXILIO JUDICIAL 

199 

15 

194 

14 

158 

12 

551 

41 

592 

LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. OFERTA 2022: 

103 

8 

111 

Total 

2.902 

218 

3.120 

 
El Ministerio baraja como fecha de convocatoria el mes de septiembre de 2022, para los cuerpos generales, finalizando el proceso en febrero de 2024. El sistema será, previsiblemente, oposición libre (aún por determinar). 

STAJ ha pedido al Ministerio que revise las plazas incluidas en la oferta de 2022, ya que nos parecen pocas, a la vista del gran número de jubilaciones producidas durante 2021 y que la LPGE 2022 prevé una tasa de reposición del 120%. Además, hemos instado al Ministerio a que las futuras ofertas de empleo comprendan todas las plazas necesarias, y no sólo las de reposición, ya que todos los años se crean órganos judiciales nuevos con sus plantillas, lo que supone un incremento en número de puestos disponibles que no se incluye en las ofertas. 

PROMOCIÓN INTERNA OEP 2022.- 

Esta oferta no tiene acumulación, ya que lo que se ha acumulado han sido las ofertas de 2019, 2020 y 2021, que ya están convocadas en marzo, en virtud del acuerdo firmado por STAJ y otros sindicatos con el Ministerio, lo que ha permitido que la convocatoria para cuerpos generales alcance las 985 plazas en lugar de repartirlas en tres convocatorias, lo que habría supuesto un número de plazas ridículo en cada una de ellas. 

La oferta de promoción interna 2022 equivale al 30% de la OEP libre de 2022, añadiéndole 565 plazas adicionales fruto del acuerdo suscrito por STAJ y otros sindicatos, de modo que se alcanza una oferta de 753 plazas para Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia Cuerpos generales frente a las 188 que se habrían ofertado si no se hubiera firmado el Acuerdo. Además, en los ejercicios de esta promoción interna no penalizarán las preguntas erróneas. Las plazas son: 

PROMOCIÓN INTERNA OEP 2022 

Cupo general 

Turno discapacitados 

Total 

LETRADOS ADMON. DE JUSTICIA 

31 

2 

33 

FACULTATIVOS DEL INTCF 

6 

0 

6 

GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA 

343 

26 

369 

TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADTVA. 

357 

27 

384 

  

  

  

  

Total 

737 

55 

792 

 PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN LEY 20/2021 

Esta ley deriva del RDL 14/2021, el cual fue pactado en la Mesa General de AGE por CSIF, UGT y CCOO. La Ley 20/2021 sustituye a ese RDL, e incluye como sistema selectivo el concurso de méritos, además del concurso-oposición. Las plazas que según el Ministerio deben ser incluidas en estos procesos son las siguientes: 

  

PROCESOS ESTABILIZACIÓN LEY 20/2021 

Concurso méritos 

Concurso oposición 

Cupo general 

Turno discapacitados 

Cupo general 

Turno discapacitados 

Cupo general 

Turno discapacitados 

MÉDICOS FORENSES 

38 

3 

41 

6 

0 

6 

FACULTATIVOS DEL INTCF 

17 

1 

18 

2 

0 

2 

TÉCNICOS ESPECIALIESTAS INTC 

3 

0 

3 

2 

0 

2 

AYUDANTES DE LABORATORIO 

14 

1 

15 

4 

0 

4 

GESTIÓN PROCESAL Y ADTVA. 

588 

44 

632 

212 

16 

228 

TRAMITACIÓN PROCESAL ADTVA. 

1795 

135 

1930 

325 

24 

349 

AUXILIO JUDICIAL 

1933 

145 

2078 

333 

25 

358 

Total 

4388 

329 

4717 

884 

65 

949 

Según el Ministerio, no hay plazas de Letrados A.J. para estos procesos de estabilización, si bien está pendiente de revisión para en su caso incluirlas por el sistema que corresponda. 

La convocatoria de estos procesos tendrá lugar en diciembre de 2022, suspendiéndose su ejecución hasta septiembre de 2023, para finalizar en diciembre de 2024. 

El proceso selectivo que se convoque por concurso oposición aplicará la reserva de nota prevista en la convocatoria acumulada de las ofertas 2017 y 2018. STAJ ha reclamado que se amplíen las plazas a ofertar por el sistema de concurso-oposición, hasta alcanzar las 2.547 plazas que fueron objeto de la oferta de 2019, absorbida por este proceso de estabilización por reunir todas ellas algunas de las condiciones previstas en la Ley 20/2021, de obligado cumplimiento. 

STAJ ha solicitado que se convoque por promoción interna y por los mismos sistemas selectivos el equivalente al 30% de estas plazas, tal como prevé la LOPJ. El Ministerio se niega alegando que ese 30 por ciento sólo es aplicable respecto de la oferta de empleo ordinaria, y no de esta extraordinaria de estabilización. Además, no habría plazas suficientes ya que ese 30% es adicional a las ofertas de turno libre, por lo que al no haberse previsto en el pacto firmado en mesa general (CSIF, UGT y CCOO) que dio lugar al RDL 14/2021 y del que deriva la Ley 20/2021, no es posible acceder a lo solicitado por STAJ para la Administración de Justicia. 

CONCURSOS DE TRASLADO. - 

  • Concurso 2022.- Convocatoria entre julio y septiembre de 2022. Resolución en enero 2023. Sus desiertas serán ofertadas a aprobados promoción 2019-2020-2021. 

  • Concurso 2023.- Convocatoria mayo 2023. Resolución diciembre 2023. Sus desiertas se ofertarán a aprobados promoción 2022 y turno libre 2020-2021-2022. 

  • Concurso 2024.- Convocatoria abril 2024. Resolución octubre 2024. Sus desiertas se ofertarán a procesos estabilización.