En la página Web del Ministerio se publican las unidades colaborativas del turno libre para acceso a los Cuerpos de Gestión P.A., Tramitación P.A. y Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1549/2025, de 22 de diciembre.
En la página Web del Ministerio se publican las unidades colaborativas del turno libre para acceso a los Cuerpos de Gestión P.A., Tramitación P.A. y Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1549/2025, de 22 de diciembre.
c) En la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https://registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402, si se dispone del correspondiente certificado electrónico.
En el BOE del día 2 de septiembre se han
publicado las siguientes resoluciones:
·
Resolución de 26 de agosto de 2026, de la
Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia, Justicia,
Cultura y Deporte, por la que se corrigen errores en la de 31 de julio de 2026,
por la que se otorga destino provisional al personal funcionario del Cuerpo
de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia,
que superó el proceso selectivo para acceso por promoción interna y sistema de
concurso-oposición, convocado por Orden PJC/150/2024, de 19 de febrero.
·
Resolución de 26 de agosto de 2026, de la
Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia, Justicia,
Cultura y Deporte, por la que se corrigen errores en la de 31 de julio de 2026,
por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de
Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia que
superó el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna y
concurso-oposición, convocado por Orden PJC/104/2024, de 31 de enero.
En el BOE del día 1 de septiembre se han publicado las siguientes resoluciones convocando concurso específico en el Principado de Asturias para los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión P.A., Tramitación P.A. y Auxilio Judicial
Cuerpo de Médicos Forenses
Hoy se ha publicado en la intranet de Justicia y en la página web de Xunta de Galicia Resolución por la que se aprueba la lista de personas admitidas y excluidas de los puestos de personal temporal de los órganos generales al servicio de la Administración de Justicia, convocados por la Resolución de la Dirección General de Justicia de 13 de abril de 2026 .
Los aspirantes que estén incluidos en bolsas de diferentes cuerpos, o en varias provincias de la misma bolsa, tendrán que elegir una sola en la que quieran permanecer. El plazo para hacerlo es de 10 días hábiles, entre el 31 y el 11 de agosto septiembre.
Para ello, es necesario completar el formulario electrónico disponible en la aplicación informática https://opax.xunta.es.
De no hacerlo, se entenderá que renuncian a sus solicitudes.
En el BOE de hoy se publican las resoluciones por las que se otorga destinos a los aprobados del concurso oposición para acceso a los cuerpos de Gestión P.A., Tramitación P.A. y Auxilio Judicial, convocados por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.
Para los tres cuerpos, los funcionarios a las que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable de la oficina judicial de destino dentro del PLAZO DE VENTE DÍAS HÁBILES contados a partir del 1 de septiembre de 2026,
La selección del candidato y la consecuente adjudicación de la comisión de servicio se realizarán teniendo en cuenta el escalafón y la experiencia en la jurisdicción de la oferta o en otras plazas similares.
El plazo para la toma de posesión son 20 días hábiles, comenzando en ambos procesos, el día 1 de septiembre.
La Toma de posesión se puede hacer de forma presencial, en el centro de destino, o bien de forma telemática, sin necesidad de acudir a tomar posesión en ese momento.
Para la toma de posesión de forma telemática hay que ponerse en contacto con los respectivos Letrados AJ directores de los servicios comunes, para que estos remitan el nombramiento al correo del propio funcionario.
Y devolver posteriormente el nombramiento firmado al propio Letrado AJ director y a la propia Gerencia.
Una copia del nombramiento se queda en el centro de trabajo y la otra se envía a Gerencia, que es el órgano gestor de personal.
Respecto del permiso de la Disposición Adicional Quinta, a partir del día siguiente de la toma de posesión, este permiso es de tres días si no hay un cambio de residencia o de un mes si hay un cambio de residencia.
El permiso se debe pedir el mismo día de la toma de posesión, con el modelo de la propia gerencia (el modelo está mas abajo) y comienza el día siguiente de la toma de posesión.
Se puede hacer uso de este permiso con independencia del día en que se tome posesión dentro del plazo de los veinte días; por lo tanto, no es necesario tomar posesión el primer día del plazo, se puede tomar posesión cuando uno quiera, dentro de esos 20 días hábiles y comenzar el permiso al día siguiente, esto sí que es condición sine quanon.
Para el permiso de un mes hay que acreditar que ha habido un cambio de residencia; se puede acreditar esta circunstancia presentando en Gerencia el certificado de empadronamiento en el domicilio anterior a la toma de posesión.
En el caso de no haber cambio de residencia, el permiso es de tres días hábiles.
Para tomar posesión hay que hacerlo desde la situación de cese, es decir, aquellos funcionarios interinos que tengan que tomar posesión tienen que cesar previamente.
Si no se dispone del documento de cese bastará con acreditar que se ha solicitado el cese.
Lo normal es cesar un día y tomar posesión al día siguiente para de esa forma devengar salario y cotizaciones sociales de forma continua.
El compañero interino no cesará hasta la incorporación efectiva del titular tras el permiso.
En caso de que algún compañero, tras tomar posesión, pida excedencia por cuidado de un familiar, también tendrá que solicitar esa excedencia, en el momento de la toma de posesión. Y tener paciencia hasta que Gerencia le envié la resolución con la excedencia. La fecha de la excedencia será desde el mismo día en el que se solicita, por lo tanto, aunque se reciba días después, no será necesario acudir al puesto de trabajo al encontrarse en excedencia desde el primer día.
Hay que tener en cuenta que las nóminas se cierran los primeros días del mes, sobre el día 5 ó día 6 del mes corriente.
Quién tome posesión después de la fecha de cierre de la nómina no cobrará la nómina ese mes corriente, sino que tendrá que esperar a la nómina del mes siguiente.
Obviamente el salario se pagará con carácter retroactivo desde la fecha de la toma de posesión.
Quién tenga trienios reconocidos previamente y venga de un ámbito transferido, no de ámbito el Ministerio, tendrá que acreditar esos servicios prestados en su anterior Administración empleadora.
Ese certificado lo tendrá que presentar a gerencia, para que lo tramiten con el Ministerio y se abonen esos trienios.
Lo normal es que se abonen pasado un tiempo, no tiene por qué ser en la primera o en la segunda nómina, puede ser más tarde, depende de lo que tarden en el ministerio y si les da tiempo a incluirlo en la nómina del mes corriente o esta ya está cerrada y hay que esperar a la siguiente.
El dinero de los trienios se abonará con carácter retroactivo desde la fecha en la que se toma posesión.
En el caso de que se trate de compañeros que vengan del mismo ámbito, ámbito ministerio, no hay que acreditar nada, puesto que sigue siendo la misma Administración empleadora.
Respecto de las vacaciones y los asuntos particulares; aquellos compañeros que vengan de ámbitos transferidos tendrán que hacer uso de sus vacaciones y asuntos particulares en su ámbito de origen, puesto que el Ministerio no se los va a respetar.
El Ministerio sólo respeta los días de vacaciones y asuntos particulares generados en ámbito ministerio; aunque se trate de otra gerencia sigue siendo la misma Administración empleadora y por lo tanto se respetan.
Por último recordar que los funcionarios titulares están encuadrados, a efectos sanitarios, en el mutualismo administrativo, en MUGEJU, la Mutualidad General Judicial.
Es necesario que se te haga en cuenta la información sobre el encuadre y alta en MUGEJU de los funcionarios titulares.
La dirección del Centro de Estudios Jurídicos (CEJ) ha publicado la resolución por la que se realiza una convocatoria adicional de 248 plazas para participar en actividades formativas en idiomas extranjeros (INGLÉS) previstas en el plan transversal de formación continua 2026
En la primera convocatoria de 8 de julio de 2026 se cubrieron 952 de las 1.200 plazas ofertadas para formación en inglés. Por este motivo se realiza esta convocatoria adicional con la finalidad de cubrir las plazas vacantes en esta actividad. Quienes ya solicitaran participar en esta actividad en la convocatoria de 8 de julio de 2026, NO deben volver a presentar su solicitud en esta nueva convocatoria.
Las actividades se desarrollarán en formato online entre octubre de 2026 y abril de 2027. Previamente, se realizará una prueba de nivel en septiembre de 2026.
Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente a través de la sede electrónica del CEJ antes del 8 de septiembre a las 14 horas.
Como condición previa, las personas solicitantes deberán verificar y actualizar sus datos de contacto en el apartado reservado para ello, y es especialmente importante mantener la dirección de correo electrónico actualizada.
El curso de inglés será de 60 horas lectivas, niveles A1 a C2, según lo que establece el Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCERL): 248 plazas, repartidas de la siguiente forma: