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25 febrero 2025

MUGEJU: ACTUALIZACIÓN DE LOS CUADROS MÉDICOS PARA EL AÑO 2025.

 En la página de la Mutualidad Judicial se han actualizado los cuadros médicos de las entidades médicas para el año 2025:

También puede consultar los cuadros médicos para el año 2024: mediante este enlace.

Recordamos que, en el supuesto de haber realizado el cambio a una nueva entidad médica durante el mes de enero, si algún mutualista decide de nuevo cambiar de entidad médica, lo podrá hacer en el mes de febrero como un plazo extraordinario, tal como informamos el pasado día 23 de enero. 

23 enero 2025

MUGEJU: PUBLICADO LOS CUADROS MÉDICOS PARA EL AÑO 2025.

 

jueves, 23 de enero de 2025

 

En la página de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) se han publicado los cuadros médicos de las entidades médicas ASISA, SEGURCAIXA ADESLAS y NUEVA MUTUA SANITARIA para el año 2025.

 

*La mutualidad indica que la entidad médica Nueva Mutua Sanitaria actualizará su cuadro médico próximamente, por lo que aquellos que hayan optado, o vayan a optar, por esta entidad médica deben volver a mirar el cuadro médico por si ha habido variaciones que les puedan afectar en los servicios médicos.

Igualmente os recordamos que según informó la MUGEJU sobre los cambios de entidad médica para el año 2025, indicó lo siguiente:

1º) ENERO DE 2025: CAMBIO ORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA. La solicitud se podrá realizar durante el mes de enero y el cambio será efectivo a partir del 1 de febrero de 2025. Opciones:

  • INSS (sistema público de salud)
  • ASISA
  • ADESLAS
  • NUEVA MUTUA SANITARIA

Es MUY IMPORTANTE que las personas mutualistas adscritas actualmente a DKV, SANITAS o MAPFRE soliciten el cambio de entidad médica en ENERO, puesto que dichas entidades no prestarán asistencia sanitaria a los mutualistas a partir de la entrada en vigor del nuevo concierto.

Recordamos que, tal y como establece la cláusula 8.1.2 del concierto en vigor actualmente (2022-2024), DKV, SANITAS y MAPFRE deberán prestar asistencia sanitaria a mutualistas de MUGEJU hasta el 31 de enero de 2025, con las excepciones recogidas en dicha cláusula:

“8.1.2. Si la Entidad no suscribiera un nuevo concierto con MUGEJU para 2025, continuará obligada por el contenido del presente concierto, para el colectivo que tuviera adscrito al treinta y uno de diciembre de 2024, hasta el treinta y uno de enero de 2025.

Además, si a treinta y uno de enero de 2025 estuviese prestando una asistencia en régimen de hospitalización o una asistencia por maternidad, cuando el parto estuviese previsto para el mes de febrero, la Entidad quedará obligada a seguir prestando la asistencia en régimen de hospitalización o la asistencia por maternidad hasta el día en que, respectivamente, se produzca el alta o se concluya la asistencia por maternidad, respectivamente. En el supuesto de que la necesidad de hospitalización se prolongue, la Entidad asumirá la cobertura hasta la finalización del mes de junio de 2025, fecha a partir de la cual la nueva Entidad de adscripción asumirá la cobertura.

Está obligación se extiende únicamente a los supuestos de hospitalización que conlleven internamiento y a los supuestos de hospitalización domiciliaria”.

2º) FEBRERO DE 2025: CAMBIO EXTRAORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA. La solicitud se podrá realizar durante el mes de febrero y el cambio será efectivo a partir del 1 de marzo de 2025. Opciones:

  • INSS (sistema público de salud)
  • ASISA
  • ADESLAS
  • NUEVA MUTUA SANITARIA

Cada mutualista titular podrá realizar en total 2 solicitudes de cambio de entidad médica: una solicitud en enero y una solicitud en febrero. Dentro de cada período de cambio (enero o febrero), no se permitirá modificar la solicitud una vez realizada, por lo que recomendamos a los mutualistas que se aseguren de que la entidad indicada en el formulario es la correcta.

Las solicitudes deberán realizarse, preferentemente, a través de la sede electrónica de MUGEJU  (acceder a la pestaña “online” y pulsar el botón “iniciar trámite”). Las personas mutualistas en activo, deberán realizar las solicitudes a través de medios electrónicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas pensionistas o que puedan justificar problemas de acceso a los medios electrónicos, podrán presentar las solicitudes presencialmente en las oficinas de MUGEJU* o en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Recordamos que en las oficinas de Madrid (C/ Fuencarral, 45) y Barcelona (C/ Roger de Flor, 62) es necesario solicitar cita previa. Aquellas personas que acudan sin cita previa serán atendidas después de aquellas que sí tengan cita y como máximo hasta las 14h.

 

 


23 diciembre 2024

 

MUGEJU: desestimado el recurso presentado por la asociación médica profesional UNIPROMEL y levantada la suspensión cautelar del Convenio sanitario 2025-2026 

El tribunal de contratación que había acordado la suspensión cautelar del Convenio sanitario para los años 2025 y 2026 ha desestimado el recurso presentado por la asociación médica profesional UNIPROMEL y ha alzado la medida cautelar de suspensión.

La mesa de contratación se reunirá esta semana para continuar con la tramitación del procedimiento y la firma del Convenio para la asistencia sanitaria durante los años 2025 y 2026 con las entidades médicas; ASISA, ADESLAS y NUEVA MUTUA SANITARIA.

De esta forma estas entidades podrán publicar los cuadros médicos y el cambio de mutua podrá hacerse en el periodo previsto del 1 al 31 de enero. 

Os recordamos que no suscriben  el convenio ni MAPFRE, NI SANITAS, ni DKV, que el 31 de enero dejarán de prestar asistencia sanitaria.

 

En el momento en el que tengamos más información os la trasladaremos.

 

 

13 diciembre 2024

REUNIÓN CONSEJO GENERAL ORDINARIO MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL

CONSULTA LA HOJA INFORMATIVA EN PDF

Hoy ha tenido lugar la reunión del Consejo General de la Mutualidad General Judicial, en el que se traslada para información y, en su caso, aprobación de los planes de actuación de la Mutualidad General Judicial para 2025.

Como actuaciones destacables del plan de actuación cabe destacar:

·         Incorporación de las bases de datos de la mutualidad en el sistema de bases de datos de la Seguridad social BADAS, ya venía desarrollándose desde hace años y parece ser que está cercano a su conclusión. Esta incorporación permitirá unificar expedientes médicos, avanzar en la receta electrónica, etc.,

·         Incremento presupuestario de un 13, 16% en prestación sanitaria

·         Incremento presupuestario de un 14, 66% en prestación farmacéutica incluida la hospitalaria

·         Destaca y sorprende un incremento de un 19,86% en gastos del capítulo I que afectan al personal de la mutualidad.

·         Del resto de actuaciones previstas, nada destacable que permita ser destacado como un avance respecto a los planes de actuación de ejercicios anteriores.

Se ha planteado por los consejeros el riesgo dado estos incrementos, que finalmente acaben no aprobándose los PGE para 2025 y tengamos Presupuestos prorrogados. Bueno ante esto la Mutualidad ofrece alternativas que pasan sí o sí por créditos de gasto, entre otras soluciones.

Se ha trasladado a los Consejeros el proyecto del Nuevo estatuto de la mutualidad general Judicial. Incluye algunas mejoras sustanciales y reclamadas con respecto al anterior, del que informaremos debidamente cuando se proceda a su definitiva aprobación y publicación. Si bien quiero destacar la aprobación en los subsidios de IT por más de 180 días. Del “Pago delegado” es una figura nueva en la que administración pagadora y MUGEJU deberán ponerse de acuerdo en cuanto al subsidio al mutualista entre ellas. Pero mientras tanto el/la mutualista, continuará cobrando ininterrumpidamente la totalidad de sus retribuciones.


Concierto con las entidades prestadoras de asistencia sanitaria: Como ya sabéis, al concierto, por ahora, con la Mutualidad general judicial, para la asistencia sanitaria durante los años 2025 y 2026 han acudido solo tres entidades médicas; ASISA, ADESLAS y NUEVA MUTUA SANITARIA. No han suscrito el convenio ni MAPFRE, NI SANITAS, ni DKV, que el 31 de enero dejarán de prestar asistencia sanitaria.


Por otro lado, como ya debéis conocer por la asociación médica profesional UNIPROMEL se presentó un recurso ante el tribunal de contratación contra el convenio ofertado por la MUGEJU. Dicho tribunal ha acordado la suspensión cautelar de dicho convenio sanitario.

 

Ante el riesgo “enorme” que supone que dicha cautelar no sea levantada se han estudiado fórmulas de impugnación y/o de prórrogas alternativas (ej. Art. 288 Ley de Contratación del Estado) con las que podamos hacer frente a esta situación. Aun sin tomar ninguna medida definitiva (ya que está en estudio) el propio tribunal se reunía hoy, y entre otras cuestiones, espero que tomen en consideración las peticiones realizadas por la MUGEJU, por el grave alcance que puede tener mantener la cautelar en esos términos.

Se ha analizado por parte de la presidente del Consejo General, la posibilidad de quienes estaban en una de las entidades que ahora dejan de prestar servicio y quieran continuar con ellos, poder concertar una póliza profesional-colectiva con ellos. Salvo Sanitas, que sí se ha mostrado interesada y que pasará una oferta para estudio, ni DKV ni MAPFRE, han mostrado mucho interés en ello.

 

Dada la enorme preocupación existente en este asunto de vital importancia, en el momento en el que tengamos alguna información enseguida os la trasladaremos.

 

STAJ, 12 de diciembre 2024

22 noviembre 2024

Mugeju suspende el procedimiento del concierto sanitario

STAJ acaba de recibir la siguiente comunicación por parte de la MUGEJU;

Como Gerente de la Mutualidad me pongo en contacto con vosotros para informaros que la Asociación Unión Médica Profesional ha presentado recurso especial contra los pliegos del Concierto sanitario de las tres Mutualidades, a través del cual solicita la suspensión, como medida cautelar, del procedimiento de contratación de la concesión de asistencia sanitaria para el Concierto con las Entidades de Seguro.

En virtud de ello, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, nos ha notificado la concesión de esta medida cautelar pretendida por la recurrente, que será levantada con la resolución del recurso.

En consecuencia y en cumplimiento estricto de la legalidad, MUGEJU, tras la recepción de esta notificación, ha procedido a suspender el procedimiento y, por tanto, la sesión de la mesa de contratación que tenía prevista para el día de hoy.

En cuanto sea notificada la resolución del recurso, lo pondremos en vuestro conocimiento. Confiamos en que la duración de la suspensión no tenga impacto relevante sobre los trámites y plazos de la contratación. En todo caso y a fin de anticiparnos a cualquiera de las posibles consecuencias derivadas de esta circunstancia, la mutualidad ya está trabajando en la planificación de las medidas a adoptar para que, en cualquier supuesto y siempre al amparo de la normativa vigente, no exista perjuicio alguno sobre nuestro colectivo.

Esta misma información va a ser publicada en el día de hoy en la página web de la Mutualidad.

 

MUGEJU convoca a los sindicatos al objeto de informar sobre próximo concierto sanitario

CONSULTA LA HOJA INFORMATIVA EN PDF

En el día de ayer tuvo lugar la reunión convocada el pasado martes por MUGEJU al objeto de informarnos junto al resto de sindicatos sobre el próximo concierto de asistencia sanitaria.

El proceso se encuentra aún en fase de licitación pues hasta el día de hoy, 22 de noviembre no se acaba el plazo de presentación de garantías de las entidades que han licitado que son SEGURCAIXA ADESLAS, ASISA y NUEVA MUTUA SANITARIA.

Las entidades médicas DKV, SANITAS y MAPFRE han optado por no presentarse al próximo concierto sanitario de MUGEJU para los años 2025 y 2026 y, por tanto, las personas mutualistas adscritas a dichas entidades deberán solicitar el cambio de entidad durante el periodo ordinario del mes de enero. Las referidas entidades prestaran asistencia sanitaria a las personas que tengan adscritas hasta el 31 de enero de 2025, con las siguientes excepciones según lo contemplado en la clausula 8.1.2 del concierto actual que dice lo siguiente:

Si la entidad no suscribiera un nuevo concierto con MUGEJU continuará obligada por el contenido del presente concierto para el colectivo que tuviera adscrito al 31 de enero de diciembre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025.

Además, si a 31 de enero de 2025 estuviese prestando una asistencia en régimen de hospitalización o una asistencia por maternidad, cuando el parto estuviese previsto para el mes de febrero, la Entidad quedará obligada a a seguir prestando la asistencia en régimen de hospitalización o la asistencia por maternidad hasta el día en que, respectivamente, se produzca el alta o se concluya la asistencia por maternidad respectivamente. En el supuesto de que la necesidad de hospitalización se prolongue, la Entidad asumirá la cobertura hasta la finalización del mes de junio de 2025 fecha a partir de la cual la nueva Entidad de adscripción asumirá la cobertura.

Esta obligación se extiende únicamente a los supuestos de hospitalización que conlleven internamiento y a los supuestos de hospitalización domiciliaria.

Aclarar que continúa en vigor el convenio de MUGEJU con el INSS para las personas que elijan el sistema público de salud.

Según nos ha trasladado MUGEJU, una vez resuelta la tramitación del procedimiento que resolverá la adjudicación del concierto de asistencia sanitaria para los años 2025 y 2026, se dará información sobre la resolución.

STAJ ha trasladado la gran inquietud existente entre los mutualistas por la incertidumbre ante los cambios de entidad médica que mucho de ellos se verán obligados a realizar. Desde MUGEJU nos aseguran que las entidades que resulten adjudicatarias continuarán con la prestación de los tratamientos en curso, aunque deberán ser los propios mutualistas quienes deberán recabar sus historiales clínicos en el caso de verse obligados a cambiar de centro hospitalario o profesionales médicos, como consecuencia de la Ley de Protección de Datos.

MUGEJU se ha comprometido a exigir a las entidades que finamente resulten contratadas, la publicación a finales del mes de diciembre de los cuadros médicos y centros hospitalarios de las mismas. En todo caso, las prestaciones de las entidades concertadas deberán proporcionar la misma cobertura y recursos que el Sistema Nacional de Salud. 

Antes de la reunión ordinaria del Consejo General programada para el próximo día 12 de diciembre, la presidenta del mismo se compromete a buscar posibles soluciones para todos aquellos problemas que les vayamos trasladando como consecuencia de la reducción de entidades que actualmente van a prestar servicios a los mutualistas, así como para agilizar y facilitar el cambio de entidad en su caso. 

Ante la propuesta de contemplar la posibilidad de ampliar el periodo de cobertura de las entidades que no se han presentado al próximo concierto sanitario de MUGEJU, se nos informa que la misma no es viable ni jurídica ni presupuestariamente al no estar previsto en el concierto.

La Mutualidad se compromete a informar y articular procedimientos a seguir para facilitar a todos los mutualistas afectados por el nuevo concierto el traspaso de entidad médica, tanto por vía telefónica como a través de su página web. 

 

Os seguiremos informando.

 

19 noviembre 2024

 

MUGEJU: Información próximo concierto de asistencia sanitaria

En la página Web de Mugeju se publica la siguiente información sobre el concierto para la asistencia sanitaria: 

Información sobre el próximo concierto de asistencia sanitaria, actualizada a 18/11/2024

Desde la mutualidad ofrecemos la siguiente información sobre el próximo concierto de MUGEJU con las entidades de seguro de asistencia sanitaria:

Las entidades médicas DKV, SANITAS y MAPFRE han optado por no presentarse al próximo concierto sanitario de MUGEJU para los años 2025 y 2026 y, por tanto, las personas mutualistas adscritas a dichas entidades deberán solicitar el cambio de entidad durante el periodo ordinario del mes de enero.

DKV, SANITAS y MAPFRE prestarán asistencia sanitaria a las personas mutualistas que tengan adscritas hasta el 31 de enero de 2025. Las únicas excepciones a esta fecha son las descritas en la cláusula 8.1.2 del concierto actual, que dice lo siguiente:

“Si la Entidad no suscribiera un nuevo concierto con MUGEJU para 2025, continuará obligada por el contenido del presente concierto, para el colectivo que tuviera adscrito al treinta y uno de diciembre de 2024, hasta el treinta y uno de enero de 2025.

Además, si a treinta y uno de enero de 2025 estuviese prestando una asistencia en régimen de hospitalización o una asistencia por maternidad, cuando el parto estuviese previsto para el mes de febrero, la Entidad quedará obligada a seguir prestando la asistencia en régimen de hospitalización o la asistencia por maternidad hasta el día en que, respectivamente, se produzca el alta o se concluya la asistencia por maternidad, respectivamente. En el supuesto de que la necesidad de hospitalización se prolongue, la Entidad asumirá la cobertura hasta la finalización del mes de junio de 2025, fecha a partir de la cual la nueva Entidad de adscripción asumirá la cobertura.

Está obligación se extiende únicamente a los supuestos de hospitalización que conlleven internamiento y a los supuestos de hospitalización domiciliaria.”

Actualmente, conforme a las fases y plazos legalmente previstos, continúa, con las entidades que han participado en la licitación (SEGURCAIXA ADESLAS, ASISA Y NUEVA MUTUA SANITARIA), la tramitación del procedimiento que resolverá la adjudicación del concierto de asistencia sanitaria para los años 2025 y 2026. Se dará puntual información por esta misma vía sobre la citada resolución.

Además, aclaramos que continúa en vigor el convenio de MUGEJU con el INSS para las personas que elijan el sistema público de salud.

Les informamos de que las entidades que finalmente sean las adjudicatarias del contrato por el que se apruebe el concierto deberán tener disponibles sus catálogos de servicios (catálogos de proveedores o cuadros médicos) a finales de diciembre de 2024, con el fin de que las personas mutualistas puedan consultarlos y decidir la entidad medica por la que quieren optar.

 

11 noviembre 2024

 

MUGEJU: NUEVO CONCIERTO DE ASISTENCIA SANITARIA 2025-2026

CONSULTA LA HOJA EN PDF

Una vez finalizado el plazo de licitación, os informamos que han presentado propuesta para el nuevo Concierto de asistencia sanitaria 2025-2026 con MUGEJU las siguientes entidades:                                                                                                            

·         Asisa, Asistencia Sanitaria Interprovincial de Seguros, SAU.

·         Segurcaixa Adeslas, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.

·         Nueva Mutua Sanitaria del Servicio Médico, Mutua de Seguros Prima Fija.

Ahora procede realizar el análisis del cumplimiento de los requisitos y, en su caso, dar plazo para subsanación de defectos para la posterior firma del nuevo Concierto a fin de facilitar las prestaciones de asistencia sanitaria a los mutualistas y demás beneficiarios de MUGEJU, en todo el territorio nacional. 

Las entidades

·         DKV, Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima Española.

·         Mapfre España, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA.

·         SANITAS, Sociedad Anónima de Seguros.

No han presentado propuesta para la licitación y dejarán de prestar la asistencia sanitaria a partir del 1 de febrero de 2025.

 

Recordamos que el plazo para solicitar el cambio ordinario de entidad a todos aquellos que quieran o se vean obligados a cambiar de entidad ES DEL 1 AL 31 DE ENERO DE 2025 y surtirá efectos desde el día 01/02/2025.

Os adjunto el enlace al impreso de cambio ordinario de entidad médica de la web de MUGEJU

·                     Cambio ordinario de entidad médica