Mostrando entradas con la etiqueta Asuntos Sindicales. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Asuntos Sindicales. Mostrar todas las entradas

29 marzo 2023

CONVOCATORIA DE MESA SECTORIAL PARA INFORMAR DEL ACUERDO ALCANZADO CON EL COMITÉ DE HUELGA DE LETRADOS A.J.

El Ministerio de Justicia ha convocado a STAJ y el resto de sindicatos representativos a reunión de la Mesa de negociación sectorial de la Administración de Justicia el próximo día 30 de marzo de 2023 a las 16 horas, con el siguiente orden del día:

  • Información del acuerdo suscrito entre la Administración del Estado y el comité de huelga de los LAJ, para su toma en consideración.

08 febrero 2023

JUBILACIÓN: INCREMENTO DE LA CUANTÍA DE LAS PENSIONES Y DEL HABER REGULADOR EN CLASES PASIVAS, Y JUBILACIÓN EN REGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Sabemos que el incremento de la cuantía de la pensión para el año 2023 es del 8,5%. Esto es lo que se incrementará la cuantía de la pensión de jubilación para todos los compañeros que se encuentran jubilados.

En relación al Régimen de Clases Pasivas (personal funcionario titular ingresado en la Administración antes del 1 de enero del 2011)

Hay que señalar que ese incremento también opera sobre el Haber regulador del año 2023, que se utiliza para el cálculo de la cuantía de la jubilación de todos aquellos compañeros que se vayan a jubilar a lo largo del año 2023, y sucesivos años, ya que consolida en ese Haber regulador.

Es decir, los compañeros que se vayan a jubilar a lo largo del año 2023 se les calculará su cuantía con un Haber Regulador que ya lleva incorporado el 8,5%; no ha sido necesario jubilarse el año pasado para tener el incremento del 8,5%, sino que los que se jubilan en el presente año 2023 también tendrán el incremento del 8,5% por la vía del incremento del Haber regulador.

Por lo demás, no ha cambiado nada en relación con la posibilidad de jubilación voluntaria a los 60 años de edad; seguimos que posibilidad, de jubilación voluntaria entre los 60 y los 65 años de edad.

También con la posibilidad de jubilación ordinaria a los 65 años de edad, y con la posibilidad de prórroga de la edad de jubilación hasta los 70 años de edad, en este último caso con un incremento de la cuantía de jubilación por cada año natural que se prorrogue la edad de jubilación más allá de la edad ordinaria de jubilación (65 años en Clases pasivas).

En todos esos supuestos, para jubilarse con el 100% del Haber regulador se requieren al menos 35 años cotizados, e insistir en que el Haber regulador se ha incrementado en el año 2023 un 8,5%, no solo la cuantía de la pensión.

Respecto del Régimen General de la Seguridad Social, (personal funcionario titular ingresado a partir del 1 de enero del 2011, y personal funcionario interino), la edad ordinaria de jubilación para jubilarse con el 100% de la base reguladora que corresponda, se ha incrementado hasta los 66 años y 4 meses para los que hayan cotizado menos de 37 años y medio.

Si se ha cotizado más de 37 años y medio, se podrán jubilar a los 65 años como edad ordinaria.

En el Régimen General también existe la posibilidad de una jubilación voluntaria anticipada, cumpliendo unos requisitos;

  • Tener cumplida una edad que sea inferior a 2 años, como máximo, a la edad ordinaria de jubilación, conforme a lo que se ha dicho antes (65 años si se ha cotizado más de 37 años y medio, ó 66 años y 4 meses si se ha cotizado menos de 37 años y medio).

  • Acreditar un periodo mínimo de cotización de 35 años (recuerden que la prestación por desempleo es periodo cotizado).

  • Al menos 2 años de cotización deberán estar comprendidos dentro de los últimos 15 años inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante.

  • Existe la posibilidad de jubilación anticipada para aquellas personas afectadas, en grado igual o superior al 45% a los 56 años. O con un grado igual o superior a los 65% a los 52 años.

Una vez acreditados los requisitos, el importe de la pensión se calculará aplicando a la Base reguladora el coeficiente reductor. Ese coeficiente reductor será en función de los meses de anticipación sobre la edad ordinaria de jubilación y del periodo que lleve cotizado hasta la fecha de la jubilación anticipada.

El importe de la cuantía de la pensión deberá ser superior a la cuantía de la pensión mínima, en caso contrario no se podrá acceder a la jubilación anticipada en el Régimen General.

En el Régimen General también existe la posibilidad de prorrogar de la edad de jubilación con un incremento de la cuantía de jubilación por cada año natural que se prorrogue la edad de jubilación más allá de la edad ordinaria de jubilación.

26 enero 2023

SERVICIOS MÍNIMOS DE LA HUELGA DE LETRADOS A.J.

AQUÍ podéis consultar Resolución del Secretario General de la Administración de Justicia, por la que se fijan servicios mínimos para la huelga de Letrados A.J. convocada a partir del 24 de enero de 2023.

17 enero 2023

CONTINUACIÓN MESA DE NEGOCIACIÓN LOEO

Ayer lunes se ha celebrado nueva reunión de mesa en el Ministerio de Justicia para continuar con la negociación de la propuesta de acuerdo del Ministerio sobre las Disposiciones Transitorias y con el fin de poder definir, de manera clara, las garantías que deberán regir el proceso de tránsito hacia el nuevo modelo organizativo que trae consigo la futura aprobación de la Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa. Con carácter previo a esta fecha, STAJ y el resto de las organizaciones sindicales, hemos dado traslado de las alegaciones a la propuesta realizada por el Ministerio.

De las cuestiones tratadas y trasladas, cabe destacar la insistencia por parte del STAJ para el mantenimiento de los puestos de trabajo existentes de cada cuerpo en cada municipio a fecha actual, lo necesario de fijar criterios que sirvan de base para las futuras mesas en cada ámbito que respeten en todo caso, de manera clara e inequívoca, las retribuciones en aquellos puestos que tienen fijado cualquier tipo de complemento, ya sea por funciones de guardia, violencia de género, penosidad o cualquier otro inherente al puesto desarrollado. Respecto a los puestos de trabajo que sean continuidad de los preexistentes, deberán ser ocupados por los mismos funcionarios/as que los ocupan en la actualidad.

En todo lo concerniente al proceso de acoplamiento debe primar la voluntariedad sin que en ningún caso pueda producirse un cambio de localidad, garantizándose en todo caso el mantenimiento de las retribuciones que actualmente se vengan percibiendo. También, lo absolutamente necesario de la negociación colectiva de las fases de acoplamiento de acuerdo con unos criterios generales que han de quedar definidos en la ley, dando además audiencia a las Juntas de personal respectivas, con carácter previo a la ejecución del acoplamiento en cada municipio.

Otro tema de gran calado es la diferenciación de los puestos de trabajo, STAJ ha pedido la modificación de los artículos que correspondan de forma que se garantice un mínimo de áreas en cada Tribunal de Instancia y Servicios Comunes procesales, para todo el Estado.

Respecto a los puestos con compatibilización de funciones, STAJ se opone a los mismos, en principio, excepto para los supuestos previstos de compatibilización de funciones de Registro Civil. Tampoco compartimos la existencia de puestos en varias relaciones de puestos de trabajo. Con carácter subsidiario y de establecerse, deberán incorporar un complemento específico superior que retribuya dicha compatibilidad.

Hemos insistido en el mantenimiento de la MUGEJU y sus delegaciones provinciales como centros de destino, así como la inclusión de la Fiscalía Europea.

Cabe destacar que durante el transcurso de la reunión se ha abordado un aspecto fundamental que creemos es un claro avance en materia de promoción interna, finalmente y tal y como nos ha trasladado el Ministerio, está en disposición de aceptar llevar adelante la recuperación del 50% en la promoción interna. Algo que STAJ lleva reclamando años y que por fin parece que puede materializarse en la ley, dándose con ello cumplimiento lo recogido expresamente en el Acuerdo de marzo de 2022, suscrito por STAJ y otros sindicatos con el Ministerio de Justicia y que hasta ahora el Ministerio venía incumpliendo. Estamos a la espera de la respuesta del Ministerio y la futura redacción. Con este paso y gracias a las movilizaciones realizadas recuperaríamos algo que, desde hace mucho desde el STAJ venimos reivindicando como un derecho legítimo de los titulares.

Para STAJ, todo lo anterior debe quedar reflejado normativamente para garantizar que se aplica con carácter de mínimos en todo el Estado. El próximo jueves 19 de enero se celebrará nueva mesa donde el Ministerio dará contestación a lo planteado por los sindicatos.

12 enero 2023

CELEBRADA MESA SOBRE LOEO

Fruto de las movilizaciones impulsadas por STAJ, CSIF, CCOO, UGT y CIG en el mes de Noviembre y Diciembre por la falta de negociación de la LOEO, en la mañana de ayer se ha celebrado mesa sectorial en el Ministerio de Justicia en la que se ha abordado una propuesta de acuerdo del Ministerio sobre las Disposiciones Transitorias y algunos otros pocos aspectos relativos a la diferenciación de los puestos de trabajo y su cobertura en las futuras Unidades procesales de tramitación (UTRAM) de los Tribunales de Instancia. También se recogen algunas garantías en aspectos retributivos y en relación con el carácter voluntario de la asignación de puestos en el proceso de acoplamiento a los nuevos puestos de trabajo resultantes de las futuras Relaciones de Puestos de Trabajo de las UTRAM.

Por lo que respecta a las Disposiciones Transitorias de la LOEO, lo fundamental es que se retrasa la transformación de los juzgados en los futuros Tribunales de Instancia y sus UTRAM, en plazos que van desde los nueve meses a los dos años, según los tipos de órganos del partido judicial de que se trate, y en todo caso condicionado a la necesaria y preceptiva negociación previa de las Relaciones de Puestos de Trabajo, sin cuya aprobación no se producirá la transformación de los juzgados en Tribunales de Instancia y sus secretarías en las UTRAM correspondientes.

Del borrador, resaltamos lo positivo de la redacción que se da a estas Disposiciones Transitorias, pues se garantiza que, al menos, las Relaciones de puestos de trabajo de las UTRAM van a ser negociadas antes de la implantación del nuevo modelo organizativo, eliminándose con ello la transformación automática que preveían las Disposiciones Transitorias del Proyecto de Ley. Eso sí, nos falta conocer cómo se plasmará eso en la ley, ya que el plazo de enmiendas finalizó hace meses y el informe de la ponencia en el Congreso está ultimado, sin que nos conste que exista ninguna modificación del texto en el sentido expresado.

En cuanto a lo demás, es también positivo que el Ministerio acepte que los puestos serán asignados a las áreas o equipos en que se subdividan las UTRAM, pero no se ofrece ninguna garantía de mínimos, es decir, de un mínimo de áreas que deba existir según las dimensiones de las UTRAM, ya sea según el número de puestos, o según el número de unidades judiciales que compongan el Tribunal respectivo, o el número de secciones -jurisdicciones y especialidades jurisdiccionales- en que se subdivida dicho tribunal.

En cambio, nos parece que no hay ninguna garantía real de mantenimiento de las actuales plantillas en cuanto a número de puestos de trabajo de las futuras Relaciones de puestos de trabajo ni siquiera en el momento de la conversión en UTRAM o servicios comunes procesales, ni de retribuciones en aquellos puestos que tienen asignada Guardia o cualquier otro complemento retributivo o característica que los diferencie del resto de puestos (por ejemplo penosidad en servicios de actos de comunicación, o por salida a centros penitenciarios, o por otros conceptos donde los haya); ni siquiera se garantiza la continuidad de puestos singularizados allí donde existen (donde ya está implantada o aprobada la RPT de NOJ).

Tampoco se garantiza, más allá de la voluntariedad en los procesos de acoplamiento, que la asignación de puestos en las nuevas UTRAM respete la adscripción actual del personal que actualmente ocupa esos puestos que tienen características o retribuciones diferenciadas, a que hemos hecho referencia. Es decir, por ejemplo, no se respeta que alguien que actualmente está destinado en un juzgado de instrucción, mantenga el derecho -y la obligación- a seguir realizando guardias y con la misma frecuencia que actualmente. Para STAJ todo esto debe quedar garantizado normativamente, de forma que sea de obligado cumplimiento en todo el territorio nacional. No nos vale que se deje a la suerte de la negociación de las futuras Relaciones de puestos de trabajo en cada ámbito y confiar en la buena voluntad de cada Administración.

Tampoco aborda el Ministerio algo que hemos insistido que debe llevar la ley: la reserva del 50% de plazas para la promoción interna, y la convocatoria excepcional por concurso de méritos para este turno, como cumplimiento del acuerdo de marzo de 2022, en materia de mejora de la promoción interna.

El próximo lunes día 16 se celebra nueva reunión, donde veremos si Ministerio está o no dispuesto a mejorar estas cuestiones y sobre todo a plasmarlas en el texto de la ley.

24 diciembre 2022

DÍAS INHÁBILES DESDE EL 24 DE DICIEMBRE AL 6 DE ENERO

El día 23 se publica en el BOE la Ley Orgánica que regula la reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso y declara inhábil el periodo de navidad por solicitud del CGAE (Consejo General de la Abogacía Española).

En sus tres disposiciones finales, que entran en vigor hoy mismo, se reforma el artículo 183 de la LOPJ, el artículo 130 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y el artículo 43 la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social en cuanto a la declaración de días inhábiles incluyendo el nuevo periodo desde el 24 de diciembre  al 6 de enero, ambos inclusive.

Esta previsión de reforma del periodo inhábil estaba prevista en el Anteproyecto de Ley de Eficiencia Procesal, que todavía no se ha aprobado, y de ahí la premura del Consejo General de la Abogacía Española por intentar introducirlo en la primera Ley Orgánica que se apruebe antes del día 24 de diciembre, con independencia de la materia que trate.

MINISTERIO Y COMUNIDADES AUTÓNOMAS APRUEBAN LOS MODELOS DE REFERENCIA DE RPTS DE LAS FUTURAS OFICINAS DE JUSTICIA EN EL MUNICIPIO Y OFICINA GENERALES DE REGISTRO CIVIL

 

  • El Ministerio de Justicia nos remite a los sindicatos presentes en la Mesa de negociación nacional los modelos de referencia de las RPTs de las futuras Oficinas de Justicia en el Municipio y Oficinas Generales de Registro Civil, a efectos meramente informativos.

  • Se nos remiten también los modelos de referencia para la “adecuación y configuración tecnológica de los sistemas de información al nuevo modelo organizativo”

La Conferencia sectorial celebrada el día 21 de diciembre entre Ministerio y CCAA aprobó los modelos de referencia de las Relaciones de Puestos de Trabajo de las futuras Oficinas de Justicia en el Municipio, resultantes de la Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa (para el caso de que, como se prevé, sea aprobada definitivamente). También han sido aprobados los modelos de referencia de las Relaciones de Puestos de Trabajo de las Oficinas Generales de Registro Civil.

Sin perjuicio de una valoración en profundidad de los documentos, de entrada debemos manifestar que estos modelos de referencia han sido aprobados sin la más mínima negociación con las organizaciones sindicales, y no sólo eso, también han sido ocultadas a los sindicatos representativos durante los meses en que se han estado elaborando entre Ministerio y CCAA. El Ministerio se ampara en que sólo sirven como eso, como “referencia” a la hora de elaborar y después negociar las relaciones de puestos de trabajo en cada ámbito territorial, sin que sean de obligado seguimiento ni por Ministerio ni por las CCAA con competencias asumidas en materia de Justicia. Aun siendo así, lo cierto es que esos modelos van a condicionar la negociación posterior, si es que llega a producirse.

Por nuestra parte, seguimos a la espera de la contestación del Ministerio a nuestra petición de celebración urgente de mesa de negociación del texto de la LOEO, cuya tramitación, como anunciamos hace unos días, está paralizada temporalmente en el Congreso de los Diputados y pospuesta al mes de enero. También estamos a la espera de que las CCAA den respuesta a la petición que le hemos lanzado por escrito y se pronuncien a favor del respeto de la negociación colectiva pues, pues en caso contrario estarían avalando la posición antisindical y vulneradora del derecho de negociación colectiva del Ministerio de Justicia.

20 diciembre 2022

LAS MOVILIZACIONES OBLIGAN AL MINISTERIO A ENVIAR A LOS SINDICATOS UNA PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LOEO

El Ministerio de Justicia propone aumentar los plazos de entrada en funcionamiento de los tribunales de instancia y las unidades procesales de tramitación, garantizándose el carácter preceptivo de la negociación colectiva de las relaciones de puestos de trabajo.

Tras casi un mes de movilizaciones convocadas por CSIF, STAJ, CCOO, UGT y CIG, con concentraciones ante el Ministerio de Justicia y en los centros de trabajo, el Ministerio nos envía una propuesta de acuerdo en la que, como punto fundamental, se recoge una ampliación sustancial de los plazos de despliegue y entrada en funcionamiento de los Tribunales de Instancia y las Unidades Procesales de Tramitación, estableciéndose igualmente la preceptiva y previa negociación de sus relaciones de puestos de trabajo, sin cuyo requisito dicho despliegue no se producirá.

La propuesta incluye la eliminación de la imposición automática de las relaciones de puestos de trabajo que deberán ser negociadas con antelación a la puesta en marcha de los Tribunales de instancia y amplía
los plazos de implantación que se fijan como objetivo para tener el nuevo modelo en marcha.

Asimismo, la propuesta incluye cuatro garantías de no amortización de plazas, de no merma de retribuciones, de no movilidad forzosa, así como de diferenciación de puestos a efectos de concursos y otros sistemas de provisión de puestos de trabajo.

Ante esta propuesta de acuerdo, los sindicatos hemos exigido la convocatoria inmediata de Mesa para iniciar las negociaciones y mejorar el contenido de esa propuesta de acuerdo, que todavía es insuficiente, con nuestras alegaciones.

Además, la tramitación del Proyecto en el Congreso de los Diputados se ha pospuesto hasta después de las vacaciones navideñas, tras los escritos conjuntos presentados por los sindicatos a los distintos Grupos parlamentarios, interesándoles la suspensión ante la falta de negociación colectiva.

Por ello, consideramos que sigue habiendo margen para la negociación, abriéndose una oportunidad para recuperar el tiempo perdido en relación con la negociación de esta ley. El Ministerio de Justicia aún está a tiempo de recobrar el sentido común y de respetar el derecho fundamental a la negociación colectiva de los funcionarios y funcionarias de la Administración de Justicia a través de sus representantes sindicales.

El Ministerio tiene la oportunidad de demostrar que quiere un acuerdo sobre el nuevo modelo de organización de la Administración de Justicia, de la Oficina judicial y de las Oficinas fiscales y de Registro Civil.

Si el Ministerio mantiene su negativa a la negociación efectiva y real, no sólo de la ampliación de los plazos de despliegue, sino también de aquellos otros aspectos que inciden de manera directa o indirecta en condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia, no tendremos otro remedio que retomar las movilizaciones hasta lograr esa negociación.

15 diciembre 2022

COMUNICADO DE PRENSA CONCENTRACION 16 DICIEMBRE

En defensa del servicio público y de las condiciones de trabajo de los funcionarios y funcionarias de justicia.

La nueva Ley orgánica de eficiencia organizativa (LOEO) supondrá un cambio radical en la organización de la Administración de Justicia, que afectará por un lado a la organización de jueces y tribunales y por otro a lo que se conoce como oficina judicial que les presta apoyo y en la que realizarán sus servicios los funcionarios y funcionarias. Desde su aprobación en el Consejo de Ministros el pasado mes de abril, STAJ y resto de sindicato representativos de justicia, hemos estado exigiendo al Ministerio negociar los cambios que supondrá la LOEO en sus condiciones de trabajo, objetivo que hasta el momento ha sido estéril porque sólo se ha limitado a informar que seguirá adelante con la nueva ley sin admitir ni las numerosas enmiendas que hemos presentado a su actual redacción a través de los grupos parlamentarios, ni a su negociación en mesa.

14 diciembre 2022

EL MINISTERIO SE NIEGA A NEGOCIAR LA LEY DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA

Tal como hemos anunciado estos días, ayer 13 de diciembre, se ha mantenido reunión de la Mesa de negociación con el Ministerio de Justicia, cuyo único punto del orden del día era “Entrada en vigor de la LOEO y actuaciones a desarrollar inmediatamente después: Plazos y consecuencias”.

En la reunión, el Secretario General (que ha permanecido en la reunión diez minutos escasos, abandonándola por tener “otros compromisos”) nos ha manifestado que están dispuestos a introducir en el texto de la Ley una modificación según la cual:

  • Los plazos de entrada en funcionamiento de los Tribunales de Instancia y las correspondientes Unidades Procesales de Tramitación (UTRAM) se van a ampliar, (pero no aclara cuánto se ampliarán; recordemos que lo que está previsto es 3, 6 y 12 meses, según tipo de órganos del Partido judicial o localidad de que se trate)

  • Con respecto a las Disposiciones Transitorias, el texto reflejará con “total nitidez” la obligación que tienen tanto Ministerio como las CCAA con competencias asumidas, de negociar las Relaciones de Puestos de Trabajo de las UTRAM, Servicios Comunes y Oficinas de Justicia en el Municipio.

  • En caso de que no se produzca la negociación en los plazos fijados, se producirá la transformación automática de las actuales Secretarías de los Juzgados (o UPADs donde las haya), Secciones de Audiencias, Salas, etc., en las correspondientes UTRAM de los Tribunales de Instancia (recordemos, habrá uno solo en cada partido judicial, con una sola UTRAM para todo el Tribunal), Audiencia Provincial, TSJ, etc., pero en el texto se reflejará que es con carácter provisional.

Lo anterior es claramente insuficiente y sigue sin garantizar que se negociarán las relaciones de puestos de trabajo, pues aunque se establezca la obligación de negociarlas, al prever la posibilidad de transformación automática de las actuales secretarías en la relación de puestos de trabajo de la correspondiente UTRAM si no hay negociación, está dando carta blanca a las CCAA y al propio Ministerio para que no negocien nada.

Pero es que, además, esta “oferta” del Ministerio deja definitiva y meridianamente claro que no tiene la más mínima intención de negociar el grueso de la Ley, porque modifica completamente la estructura organizativa de la Administración de Justicia y las oficinas judiciales, y afecta de lleno a las condiciones de trabajo del personal al servicio de esta Administración. Así las cosas, no se garantiza ni la diferenciación y determinación de los puestos de trabajo, ni la libre elección de puesto mediante concurso de traslado, ni las retribuciones, ni nada. El Ministerio ha dejado claro que no piensa cumplir los acuerdos suscritos (se les ha escapado decir que “cumplirán la ley”, no los acuerdos). El cinismo del actual equipo ministerial no tiene límites. 

Ante estos despropósitos, STAJ ha vuelto a exigir que se paralice la tramitación parlamentaria de la Ley y que por el Gobierno se proceda a la negociación del Anteproyecto, porque es lo que se pactó, y porque es a lo que, por establecerlo así el TREBEP, está obligado por ley.

Por todo ello, desde STAJ llamamos a todos los funcionarios y funcionaras de la Administración de Justicia a secundar las movilizaciones que tenemos convocadas y las que convoquemos en los próximos días. 

DÍA 16 DE DICIEMBRE, ACUDE A LAS CONCENTRACIONES DE PROTESTA POR LA NEGATIVA DEL MINISTERIO A NEGOCIAR LA MODIFICACIÓN DE NUESTRAS CONDICIONES DE TRABAJO

MODELO LEY ORGÁNICA DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA (LOEO)

En el siguiente enlace se puede acceder al documento que nos remitió el Ministerio con la presentación que se hizo el pasado 18 de noviembre, sobre el "Nuevo Modelo de Organización del Servicio Público de Justicia".

A pesar de que por fin, casi un mes después, se nos ha entregado este documento, aún no se ha mantenido ni una sola reunión para negociar ese modelo que, como puede verse, el Ministerio lo tiene más que elaborado; lo cual, unido a que hay más documentación relativa a la relaciones de puestos de trabajo que el Ministerio sigue ocultando a las organizaciones sindicales, se confirma no sólo que el Anteproyecto de Ley no fue negociado, sino que se deja muy poco margen a la negociación posterior de esas Relaciones de Puestos de Trabajo.

Por ello STAJ mantiene las movilizaciones convocadas junto con CSIF, CCOO, UGT y CIG.

VIERNES 16 DE DICIEMBRE, ACUDE A LA CONCENTRACIÓN POR UNA NEGOCIACIÓN REAL DE LA LOEO Y DE NUESTRAS CONDICIONES DE TRABAJO.

13 diciembre 2022

CONVOCATORIA MESA SECTORIAL SOBRE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LOEO

El Ministerio de Justicia ha convocado a STAJ y resto de sindicatos representativos a nivel nacional, a Mesa Sectorial con el siguiente orden del día: "Entrada en vigor de la LOEO y actuaciones a desarrollar inmediatamente después. Plazos y consecuencias".

El Ministerio da respuesta al escrito que STAJ, junto con el resto de sindicatos representativos, presentamos el pasado 7 de diciembre exigiendo negociación de todos los aspectos que la futura LOEO tendrá en nuestras condiciones de trabajo.

STAJ considera que se deben de mantener las movilizaciones previstas para los próximos días ya que el contenido de la mesa señalada para el día 13 nos parece una auténtica "tomadura de pelo" en respuesta a nuestras reivindicaciones. Por todo ello pedimos a todos los funcionarios y funcionarias que participen en todas las concentraciones convocadas para exigir una negociación urgente y real porque nos jugamos el futuro de nuestros derechos y garantías de nuestros puestos de trabajo.

30 noviembre 2022

CONCENTRACIONES DE PROTESTA EN LOS CENTROS DE TRABAJO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

 VIERNES, 2 DE DICIEMBRE

DE 10 A 10:30 HORAS

  • Por la negociación de la LEY DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA para garantizar nuestras condiciones de trabajo, nuestros centros de destino y nuestras funciones

    • El proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa no garantiza nuestros actuales centros de destino ni nuestras retribuciones y demás derechos laborales.

    • Permite la movilidad funcional y geográfica del personal y la asignación de funciones correspondientes a otros centros de trabajo distintos de aquél en que se está destinado.

    • Permite la imposición de nuevas Relaciones de Puestos de Trabajo sin negociar.

  • Por el desarrollo y retribución de la CARRERA PROFESIONAL

    • La Carrera Profesional es un derecho que nos reconoce la LOPJ desde 2019.

    • Pero el Ministerio de Justicia se niega a negociarlo, reconocerlo y establecer su retribución complementaria.

  • Por la mejora de la PROMOCIÓN INTERNA

    • Exigimos la recuperación del 50% de las plazas de la OEP para el turno de Promoción Interna.

    • Reivindicamos una convocatoria extraordinaria añadida a la convocatoria del turno libre de los procesos de estabilización.

    • Si el acceso por el turno libre se hace por el sistema de concurso (sin oposición) también la Promoción Interna tiene que hacerse por ese mismo sistema de concurso de méritos.

  • Por la convocatoria de CONCURSOS DE TRASLADO con todas las plazas vacantes

    • Todas las plazas vacantes, sean genéricas o singularizadas, deben ofrecerse en un concurso de traslado extraordinario en el que se elimine la congelación de dos años para poder participar.

  • Por la negociación del reglamento y RPTs del REGISTRO CIVIL

    • El despliegue de los nuevos Registros Civiles se está llevando a cabo de forma unilateral sin negociación colectiva.

    • Se están asignando arbitrariamente nuevas funciones al personal de los nuevos Registros Civiles y de las oficinas colaboradoras de los Juzgados de Paz.

    • El nuevo programa DICIREG incrementa el volumen de trabajo pero no se están incrementando las plantillas.

¡¡ ACUDE A LAS CONCENTRACIONES DEL 2 DICIEMBRE EN TU CENTRO DE TRABAJO

!!EN DEFENSA DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA Y DE LAS CONDICIONES LABORALES DE SUS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS

ES DE JUSTICIA


RESUMEN DE LA LEY DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA

El Proyecto de “Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia” fue aprobado por el Consejo de Ministros en el mes de abril, y actualmente está tramitándose en el Congreso de los Diputados, donde se espera que quede aprobado en diciembre para pasar al Senado y su posterior aprobación definitiva durante el mes de enero de 2023. El Gobierno aprobó este Proyecto sin negociación, a pesar de que afecta directamente a condiciones de trabajo, por lo que STAJ tiene presentada queja formal ante el Ministerio y hemos convocado movilizaciones.

Esta ley supondrá un cambio radical en la organización de la Administración de Justicia, afectando por un lado a la organización de jueces y tribunales, y por otro a la organización de la oficina judicial que les presta apoyo. Todo ello, de la siguiente forma:  

Se crean los “Tribunales de Instancia”. Esto supone:

  • Unificación de TODOS los Juzgados de cada Partido judicial, de TODAS las jurisdicciones, EN UN ÚNICO TRIBUNAL DE INSTANCIA. Los Juzgados Centrales, se unifican en el TRIBUNAL CENTRAL DE INSTANCIA.

  • No funciona como tribunal colegiado, sino cada juez como juez unipersonal.

  • El Tribunal de instancia se compone de jueces. La oficina judicial que le da soporte es algo diferente y no forma parte del órgano judicial propiamente dicho.

Se crean las “Unidades Procesales de Tramitación” (UTRAM):

  • Son las unidades de la Oficina Judicial que dan soporte a los Tribunales de Instancia y resto de  tribunales existentes (TS, AN, TSJ, AP), pero no forman parte de ellos. Al no formar parte del “Órgano Judicial” propiamente dicho, es posible aumentar el número de jueces de un tribunal sin que ello lleve aparejado el incremento del número de puestos de funcionarios.

  • Hay una UTRAM por cada Tribunal de Instancia, y una por cada tribunal colegiado (TS, AN, TSJ, Audiencias Provinciales).

  • Desaparecen las actuales Secretarías de cada juzgado (y las actuales UPADs, donde existan), y se unifican todas en la UTRAM del Tribunal de Instancia o TS, AN, TSJ o Audiencia Provincial respectivo.

  • Las UTRAM se “pueden” dividir en áreas y éstas en equipos, pero ni es obligatorio que se dividan, ni las áreas tienen por qué coincidir con la jurisdicción. Es decir, un área de un tribunal de instancia puede atender asuntos de varias jurisdicciones (civil, penal, social...) 

Servicios comunes procesales:

  • No son novedad (ya existen donde está implantada la “NOJ”). Asumen la realización de actos y trámites comunes a los órganos de cada partido judicial, así como la ejecución de resoluciones judiciales.

  • No es obligatoria su creación, aunque lo normal es que se creen de dos tipos:

    • Servicio Común General (asume generalmente las funciones de los actuales de Decanatos y Servicios de Actos de comunicación)

    • Servicio Común de Ejecución (asume la ejecución de resoluciones de todos los órganos a los que asiste)

  • En partidos judiciales que actualmente carecen de separación de jurisdicciones, o que actualmente tienen escaso número de juzgados, es normal que no exista ningún servicio común.

Oficinas de Justicia en el Municipio:

  • Serán la “evolución” de los actuales Juzgados de Paz. Desaparece la figura del Juez de Paz.  

  • Asumen funciones de apoyo a la oficina judicial del partido al que pertenecen, realizan actos de comunicación y son oficinas colaboradoras de Registro Civil.

  • Además, asumen funciones de recepción de solicitudes de justicia gratuita y apoyo a su gestión, reciben solicitudes dirigidas a Gerencias del Ministerio de Justicia o Delegaciones de Justicia de las CCAA, colaboran con las “Unidades de Medios Adecuados de Solución de Controversias” (mediación), y colaboran en el acceso remoto de jueces, fiscales y resto de personal de la Administración de Justicia, desde la Oficina de Justicia en el Municipio.

  • Pueden asignársele otras funciones según convenio con otras Administraciones públicas.

  • La Secretaría corresponde en todo caso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. Resto de puestos, se cubren por personal funcionario de la Administración de Justicia, pero pueden prestar servicio también funcionarios de otras Administraciones.

Centros de destino en la LOEO:

De acuerdo con las anteriores modificaciones de la estructura organizativa de la Administración de Justicia, los centros de destino se unifican en su mayor parte:

  • A efectos de centro de destino, en cada municipio se unifican la UTRAM del Tribunal de Instancia y la UTRAM de la Audiencia Provincial, si la hay, constituyendo conjuntamente el mismo centro de destino. También se considera centro de destino donde los haya la UTRAM del TSJ, su Secretaría de Gobierno, la Oficina Fiscal de la Fiscalía, la Oficina del Registro Civil, y el IML. También es centro de destino cada Servicio Común procesal, y cada Oficina de Justicia en el Municipio. Desaparece la MUGEJU como centro de destino.

  • A efectos de cobertura mediante los diferentes mecanismos establecidos (concurso de traslado, oposiciones, etc.) en la Ley no está prevista ninguna diferenciación de puestos de trabajo dentro de cada centro de destino, aunque se adscriban a un área o equipo determinado. Es decir, es posible la asignación de funciones de cualquier clase de las que corresponden al centro de destino al que se pertenece.

  • La distribución de los puestos de trabajo dentro de cada municipio se hace mediante las “Relaciones de Puestos de Trabajo”.

  • La ley no garantiza que en esas “Relaciones de Puestos de trabajo” los puestos se diferencien unos de otros, ni siquiera en función de características como guardias, mayor penosidad u otras características (VSM, actos de comunicación...). Tampoco, ni siquiera, en función de si los puestos están adscritos a una UTRAM de Tribunal de Instancia o de Audiencia Provincial, ya que ambas están unificadas a efectos de centro de destino.

  • Sólo prevé la existencia de puestos “genéricos”, que son la mayoría, o “singularizados” (generalmente para jefaturas de áreas o equipos). Tampoco hay nada que garantice las retribuciones que se perciben actualmente en los puestos que se vengan ocupando antes de la reforma.

  • Se prevé la existencia de puestos “deslocalizados” así como puestos que estén integrados en varias Relaciones de puestos de trabajo. No se garantiza que perciban más retribuciones por ello.

Disposiciones Transitorias de la LOEO:

La Ley prevé que los actuales juzgados se transformen en Tribunales de Instancia en varios plazos (3, 6 ó 12 meses, según los tipos de juzgados existentes en el partido). Al mismo tiempo, las actuales Secretarías (y UPADs donde las haya), se transformarán en Unidades Procesales de Tramitación (UTRAM) de su respectivo Tribunal de Instancia, TSJ o Audiencia. Se prevé también que en esos plazos se negocien las Relaciones de Puestos de Trabajo, pero establece que si no se negocian, las actuales Secretarías de todos los Juzgados y Audiencia Provincial del municipio se unifican de forma automática para constituir la UTRAM respectiva, con lo cual todos los que actualmente prestan servicio en Juzgados o Audiencias provinciales pasarán a formar parte del Centro de destino correspondiente, sin diferenciación de los puestos, y los que prestan servicio en las Salas de los TSJ, pasarán a prestar servicio en la UTRAM del respectivo TSJ, impidiéndose, en la práctica, la elección de la mayoría de puestos mediante concurso de traslado u otros mecanismos de cobertura voluntaria.


24 noviembre 2022

CONCENTRACIÓN A LAS PUERTAS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA PARA EXIGIR NEGOCIACIÓN

 

Delegados de los sindicatos STAJ, CCOO, UGT y CIG, se concentraron el martes 22 de noviembre frente a la Sede del Ministerio de Justicia para exigir la negociación de la Ley de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia para garantizar nuestras condiciones de trabajo, nuestros centros de destino y puestos de trabajo y nuestras funciones y retribuciones. El Ministerio se niega a convocar la Mesa de Negociación y a negociar con los representantes de los trabajadores algo tan esencial como son nuestras condiciones de trabajo, por ello anunciamos nuevas movilizaciones que se iniciarán el próximo día 2 de diciembre de 10 a 10,30 en las principales sedes judiciales.

Previamente a la concentración los representantes sindicales permanecieron encerrados en el Ministerio de Justicia en espera que los recibiera algún cargo del Ministerio con capacidad de convocar la Mesa de Negociación.

Denunciamos que el proyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa no garantiza los actuales centros de destino, ni las retribuciones y demás derechos laborales y puede suponer una importante reducción de puestos de trabajo y supresión de servicios que presta la Administración de Justicia. 

El proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa permite la movilidad funcional y geográfica del personal y la asignación de funciones correspondientes a otros centros de trabajo distintos de aquél en que se está destinado. Permite la imposición de nuevas Relaciones de Puestos de Trabajo sin negociar.

Asimismo reclamamos la negociación y el desarrollo de la Carrera Profesional, que es un derecho que nos reconoce la LOPJ desde el año 2019,  y que el Ministerio de Justicia se niega a negociar.

Exigimos la recuperación del 50% de las plazas de la OEP para el turno de Promoción Interna, así como una convocatoria extraordinaria añadida a la convocatoria del turno libre de los procesos de estabilización.

Exigimos la negociación del Reglamento y las RPT's del Registro Civil. El despliegue de los nuevos Registros Civiles se está llevando a cabo de forma unilateral sin negociación colectiva. Se están asignando arbitrariamente nuevas funciones al personal de los nuevos Registros Civiles y de las oficinas colaboradoras de los Juzgados de Paz. El nuevo programa DICIREG incrementa el volumen de trabajo, pero no se están incrementando las plantillas.


VIERNES 2 DE DICIEMBRE: CONCENTRACIÓN DE TRABAJADORES

EN LOS CENTROS DE TRABAJO DE 10 A 10:30


Emplazamos a todos los trabajadores de la Administración de Justicia a apoyar estas movilizaciones conjuntas e instamos a todas las organizaciones sindicales a trabajar de forma unitaria en defensa de nuestros derechos.

21 noviembre 2022

COMUNICADO DE PRENSA CONCENTRACIÓN ANTE LA NEGATIVA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA A LA NEGOCIACIÓN DE LA LOEO


STAJ, CCOO, UGT y CIG convocan CONCENTRACIÓN frente a la sede del Ministerio de Justicia en el número 45 de la calle San Bernardo de Madrid, el día 22 de noviembre de 2022, a las 12 horas con una duración estimada de 90 minutos.

Con esta Concentración se inician las movilizaciones motivadas por la negativa del Ministerio de Justicia a cumplir con su obligación, tanto legal como acordada con las organizaciones sindicales de la Administración de Justicia, de negociar las condiciones laborales de la Ley de Eficiencia Organizativa, así como otras cuestiones claves para el personal al servicio de la Administración de Justicia como el establecimiento de la carrera profesional en la Administración de Justicia, mejora de la Promoción Interna, negociación del Reglamento y las Relaciones de Puestos de Trabajo del Registro Civil y la convocatoria extraordinaria de un concurso de traslado con todas las plazas vacantes de la Administración de Justicia.

La aplicación de la Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa va a suponer una merma en la calidad de la prestación del Servicio Público de la Administración de Justicia y, junto al Proyecto de Ley de Eficiencia Procesal, se están poniendo las bases para la privatización de muchos servicios y que la Administración de Justicia deje de ser un Servicio Esencial como debe seguir siéndolo.

Asimismo, se pretende que los trabajadores de la Administración de Justicia sufran una flexibilidad en sus actuales destinos y centros de trabajo, motivos, todos ellos, que exigen el inicio de movilizaciones para forzar al Ministerio a sentarse en la Mesa de Negociación para conseguir salvaguardar las actuales condiciones de trabajo del personal de la Administración de Justicia.

Emplazamos a todos los trabajadores y trabajadoras de la Administración de Justicia a apoyar estas movilizaciones conjuntas e instamos a otras organizaciones sindicales a trabajar de forma unitaria en defensa de nuestros derechos.

17 noviembre 2022

BOE: CREACIÓN DE NUEVAS UNIDADES JUDICIALES

En el BOE de 16 de noviembre se publica el Real Decreto 954/2022, de 15 de noviembre, de creación de setenta unidades judiciales correspondientes a la programación de 2022 y adecuación de la planta judicial.

De ellas, cincuenta y una corresponden a la creación de nuevos juzgados y diecinueve plazas serán de magistrados en órganos colegiados.

En el ámbito de Castilla La Mancha se crean los siguientes juzgados:

  • Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 8 de Illescas

  • Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Toledo (que agrupará los partidos judiciales de Toledo, Illescas y Orgaz)

No hay fecha de entrada en funcionamiento de ambos juzgados, tendrá que ser fijada más adelante por el Ministerio de Justicia, oído el CGPJ y publicada en el BOE.