El
Ministerio de Justicia nos remite las Bases definitivas de las
convocatorias de los procesos selectivos de estabilización,
derivados de la Ley 20/2021.
Aún
falta la distribución de plazas por ámbitos, a la espera de los
datos definitivos de las CCAA.
Os
resumimos a continuación los aspectos principales de estas bases:
CONCURSO-OPOSICIÓN
Mismo
sistema de la convocatoria de las OEP 2017 y 2018; con reserva de
nota de dicha convocatoria -tal como se pactó en el Acuerdo suscrito
por STAJ en marzo de este año,
junto con otras organizaciones sindicales-.
La
nota de corte queda establecida en el 50% de la máxima posible (en
cumplimiento de sentencia del Tribunal Supremo reciente).
Se
permite que si en un determinado ámbito quedan plazas sin cubrir, se
oferten a aspirantes que habiendo pasado a la fase de oposición no
hayan superado el proceso selectivo, por orden de puntuación total
obtenida en el proceso.
Como
hemos informado en anteriores notas informativas, esta posibilidad se
va a incluir también en la convocatoria del turno libre de la OEP de
reposición acumulada 2020-2021-2022, respecto de la cual también se
incluirá como nota de corte el 50%. Se han remitido nuevamente estas
bases a Función pública para la aprobación de estos cambios.
CONCURSO
DE MÉRITOS
Finalmente,
el Ministerio ha decidido fijar el mérito de la experiencia en 60%
del total. Se reajusta el resto de méritos:
22%
Ejercicios superados.
8%
Historial Profesional.
10%
Titulación académica.
La
nota mínima requerida es 15 puntos (sobre 100)
Se
puntuará con 0,20 el mes de experiencia en el cuerpo al que se opta,
con 0,10 la experiencia en otros Cuerpos generales, LAJ, jueces o
fiscales sustitutos, y con 0,05 la experiencia como personal laboral
de la Administración de Justicia.
Por
puntuación obtenida en ejercicios de las convocatorias tanto de
turno libre como de promoción interna, de los últimos diez años,
se establece una escala en función de la calificación obtenida,
similar a la del concurso-oposición, y que va de 5 a 9 puntos, con
un máximo de 22 puntos.
Los
ejercicios en Cuerpo inferior puntúan un 25% de dicha escala, y en
cuerpo superior un 50%.
En
el apartado de titulaciones, se incluyen expresamente además de las
titulaciones de Derecho, las Licenciaturas o Grado de las ramas de
Ciencias del Trabajo, Ciencias Políticas y de la Administración,
Administración y Gestión Pública, Administración y Dirección de
Empresas o Criminología, y también la Diplomatura en Relaciones
Laborales y el Título de Graduado Social.
En
Auxilio, puntúa también el bachiller o equivalente o título de
grado medio o equivalente.
El
máximo en este apartado es 10 puntos.
Por
último en el apartado Historial Profesional, el máximo son 8
puntos, 5,5 para cursos jurídicos y 2,5 para cursos informáticos.
PROMOCIÓN
INTERNA
Respecto
a la petición realizada por STAJ
de ofertar adicionalmente a la Oferta de empleo de estabilización el
equivalente al 30% del número de plazas ofertadas dicha OEP, tal
como establece el art. 490.2 LOPJ, el Ministerio dice que está
vinculado al RD que aprueba la oferta de empleo público para la
estabilización derivado de la ley 20/2021 (pactado en Mesa General
AGE), que no ha previsto la existencia de plazas para su cobertura
por el sistema de promoción interna, a diferencia de lo que ocurre
con la OEP de reposición, que sí las incluye.
Desde
STAJ insistiremos en que deben
convocarse porque así lo prevé el art. 490.2 LOPJ