STAJ se ha dirigido al Ministerio de Justicia para exigir que se deje inmediatamente sin efecto la comunicación remitida a las Gerencias territoriales por la Subdirección de acceso y promoción del personal de la Administración de Justicia, en la que se recogen nuevos criterios de ceses de los funcionario interinos.
Además de haberse realizado sin ningún traslado previo a los representantes de los trabajadores, consideramos del todo ilegal el cambio de criterio recogido en esa comunicación pues, al día de la fecha, sigue vigente la Orden JUS/2296/2005, sobre selección, propuesta y nombramientos de funcionarios interinos en la Administración de Justicia, que recoge en su artículo 18 los ceses de estos. No se puede modificar sustancialmente lo allí recogido sin la modificación o derogación de la citada Orden Ministerial, previamente negociada con los sindicatos representativos y menos, por una mera comunicación interna del Ministerio que no reviste ninguna forma de resolución susceptible de ser recurrida.
De no rectificar, el Ministerio se expone a las reclamaciones que puedan presentar en el momento de su cese los trabajadores directamente afectados por la aplicación de estos criterios.