21 noviembre 2023
OPOSICIONES 2022: AUXILIO JUDICIAL. ADJUDICACIÓN DE DESTINOS EN ANDALUCÍA.
OPOSICIONES 2022: AUXILIO JUDICIAL. ADJUDICACIÓN DE DESTINOS EN LA COM. DE MADRID.
STAJ INSTA AL NUEVO MINISTRO FÉLIX BOLAÑOS A NEGOCIAR UNA SOLUCIÓN URGENTE AL CONFLICTO ABIERTO EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
En
dicha carta, mostramos al nuevo Ministro nuestra preocupación por la
senda adoptada durante la anterior legislatura, en la que se han puesto
en marcha algunos proyectos que afectan de forma directa a las
condiciones de trabajo del personal de la Administración de Justicia,
sin haber procedido a la previa y obligatoria negociación colectiva. Así
lo hemos venido manifestando de manera reiterada al Ministerio, sin
haber obtenido respuesta, y de ello, el conflicto que se mantiene
abierto desde inicios del año 2023.
La ausencia de negociación y el desinterés
mostrado para darle solución hasta ahora por parte del Ministerio, así
como el desprecio a que se ha sometido a los funcionarios y funcionarias
de los Cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia
de todo el Estado, que constituyen el 93 por ciento del personal, por la
falta de reconocimiento legal y retributivo de las funciones que efectivamente desempeñamos
en juzgados, tribunales, fiscalías y demás servicios de la
Administración de Justicia, mientras que a otros colectivos -los mejor
retribuidos-, se les reconocen incrementos salariales muy sustanciosos,
son la causa de que aún sigamos con el conflicto abierto, y por ello conminamos
al nuevo Ministro a que afronte con valentía esta situación para lograr
solucionar un problema que afecta a todos y especialmente al servicio
público de Justicia.
Hemos recordado al Ministro cuáles son
los puntos esenciales que fueron incluidos en la plataforma
reivindicativa, y cuya falta de atención dio lugar a una huelga en la
Administración de Justicia que ha durado meses y que ahora está
suspendida, pero que se reabrirá si no encontramos respuesta por parte de ese Ministerio:
• La paralización de la tramitación parlamentaria de la Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa
hasta que no se alcance un acuerdo para su modificación en la Mesa
Sectorial de la Administración de Justicia. Al haber decaído la
tramitación de esta Ley cuando se disolvieron las Cortes, instamos a que
antes de iniciarse la redacción y tramitación de los nuevos proyectos
de esta índole, se negocien con las organizaciones sindicales en cuanto
afectan de manera directa condiciones de trabajo de todo el personal.
• El reconocimiento profesional y retributivo de las funciones
que realmente realizan todos los cuerpos funcionariales, eliminándose
la acumulación en el cuerpo de LAJ de funciones que finalmente realizan
los cuerpos generales.
• El incremento del Complemento General del Puesto, de aplicación para todos los cuerpos generales y especiales y para todos los ámbitos territoriales(transferidos y no transferidos):
- + 430 euros mensuales para Médicos Forenses y Facultativos del INTyCF
- + 400 euros mensuales para Gestión y Técnicos Especialistas de Laboratorio
- + 375 euros mensuales para Tramitación y Ayudantes de Laboratorio
- + 350 euros mensuales para Auxilio Judicial
• Reivindicamos, además:
- La eliminación de las diferencias retributivas derivadas de los grupos de población, elevándolas a las que se perciben en el Grupo 1.
- La negociación colectiva del Real Decreto que establezca los criterios y cuantías mínimas del complemento de Carrera Profesional, previsto desde 2018 en la Ley Orgánica del Poder Judicial, pero que el Ministerio se ha negado a desarrollar en todo este tiempo.
Desde el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia hemos mostrado al nuevo Ministro, finalmente, nuestro absoluto interés y disposición al diálogo y a la negociación de estas reivindicaciones y de todas aquellas que afectan a las condiciones de trabajo de las empleadas y empleados públicos de Justicia, ofreciéndole además toda nuestra colaboración para lograr entre todos un servicio público de calidad, que es lo que merece la ciudadanía.
Esperamos que el nuevo Ministro afronte con valentía la situación y nos convoque con urgencia para negociar todas las reivindicaciones incluidas en la plataforma.
OPOSICIONES 2022: LETRADOS A.J. CONCURSO OPOSICIÓN. APROBADOS DEL PRIMER EJERCICIO Y FECHA DEL SEGUNDO.
La convocatoria de los opositores se llevará a cabo con un mínimo de dos semanas de antelación.
OPOSICIONES 2022: AUXILIO JUDICIAL. FECHA DE PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DE DESTINOS.
20 noviembre 2023
BOLSA DE INTERINOS DE ASTURIAS: PUBLICACIÓN DE LOS LISTADOS PROVISIONALES.
OPOSICIONES 2022: AUXILIO JUDICIAL. MODIFICACIÓN DE LA OFERTA DE PLAZAS EN ANDALUCÍA.
17 noviembre 2023
CONCURSO DE MÉRITOS: CONVOCATORIA DE PLAZAS EN LA ESCUELA JUDICIAL EN BARCELONA.
Podrán tomar parte en el presente concurso el personal funcionario de carrera de las Administraciones Públicas pertenecientes o integrados en Cuerpos o Escalas clasificados en el subgrupo A2 y el personal funcionario de carrera perteneciente a los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas para desempeñar el puesto de trabajo y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
Los funcionarios/as con destino definitivo podrán participar siempre que hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.
El plazo para la presentación de solicitudes será dentro de los QUINCE DÍAS HÀBILES, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.
Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo que está disponible en la página www.poderjudicial.es «Empleo Público - Convocatorias en curso -2023.
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas e impresas, se dirigirán a la Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial y, junto a la documentación que se indica, se presentarán en:
a) En el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada, núm. 8, 28071 Madrid).
b) En los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c) En la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https://registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402, si se dispone del correspondiente certificado electrónico.
COMISIÓN DE SERVICIOS EN GALICIA.
A la solicitud se acompañará el informe del responsable funcional del órgano, servicio o unidad en la que se encuentre destinado el funcionario peticionario y, cuando se trate de funcionarios destinados en otras Comunidades Autónomas con competencias asumidas en materia de justicia, o en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia, el informe favorable del órgano correspondiente del Ministerio o comunidad transferida. De no ser posible, se deberá acreditar que se ha realizado la solicitud de dicho informe.
16 noviembre 2023
STAJ RECLAMA AL MINISTERIO DE JUSTICIA LA CONTINUACIÓN Y REGULACIÓN INMEDIATA DEL TELETRABAJO
Hemos de señalar que el artículo 47 bis del EBEP, ya contempla la modalidad del teletrabajo, si bien establece que este se realizará conforme a las normas que desarrollen el propio artículo; el propio Ministerio de Justicia argumenta que como no hay una norma que desarrolla el propio artículo y la configuración legal que permitió la implantación y realización del teletrabajo ha decaído al desaparecer la situación de crisis sanitaria, actualmente no hay nada que justifique el teletrabajo.
Pues bien, eso es una verdad a medias y es que hay que recordar que el sindicato STAJ y CCOO firmaron un acuerdo con el Ministerio en el mes de marzo del año 2021, precisamente para dar cumplimiento al desarrollo reglamentario que se recoge en el propio artículo 47 bis.
El Acuerdo en desarrollo del artículo 47 bis que permitiría la aplicación del teletrabajo en la Administración de Justicia ya existe!!!!!, pero el informe emitido por el Consejo de Estado, discrepa en el rango normativo de la disposición regulatoria, pero sin objeciones al texto acordado, por lo que sospechamos que es por injerencia del propio Ministerio de Justicia, que no ha estado muy interesado en que ese acuerdo se implante, a pesar de que fue una de las partes firmantes del mismo.
El hecho es que la propia Administración empleadora ha dictado una circular (rango normativo que nos parece extraño porque lo podía haber hecho mediante una Orden JUS, como se hizo con la Orden JUS que permitió el teletrabajo), que obliga a todos los empleados a abandonar la modalidad de teletrabajo e incorporarse en su puesto de trabajo presencial hasta que el artículo 47 bis, marco legal que permite el teletrabajo, sea desarrollado, algo que está pendiente de que ocurra desde otoño del año 2021, con el acuerdo que ya existe y al que se ha hecho referencia.
Desde STAJ nos oponemos a las formas de actuar de la Administración, que de forma sorpresiva ha eliminado la posibilidad del teletrabajo e instamos a que el Acuerdo firmado en su momento se publique en el BOE, en virtud del Principio "Pacta sunt servanda" y se pueda implantar la modalidad del teletrabajo a la mayor brevedad.
STAJ ha expuesto al Ministerio que en otros territorios transferidos continúan con la modalidad de teletrabajo y que en otras se está estudiando la posibilidad de esa cobertura regulatoria, por lo que exigimos que la Administración de Justicia sea igual que en el resto de territorios transferidos.
Una vez más el ámbito no transferido del Ministerio de Justicia sufre las consecuencias de la ineficacia absoluta en la gestión de esta administración, llevando a los funcionari@s de su ámbito territorial a desigualdades en derechos económicos y de conciliación. STAJ no entiende como se realiza una importante inversión en medios materiales para implantar de forma efectiva el teletrabajo y ahora acuerde su suspensión...
¿Por qué los funcionari@s de ámbito Ministerio de Justicia siempre son los más perjudicados en todo lo que concierne a mejoras en derechos labores y económicos? ¿Por qué tanta demora en resolver procesos selectivos y concurso de traslados?
Es la pregunta y queja que siempre se reitera al Ministerio de Justicia desde STAJ, oyendo siempre como respuesta la alusión a la falta de personal en el Ministerio, y a la falta de constitución del gobierno...
STAJ ha presentado escrito al defensor del pueblo denunciando e instando la mediación en el conflicto ante la falta de medios personales en el Ministerio de Justicia.