09 junio 2022

NOMBRAMIENTO Y ADJUDICACIÓN DE DESTINOS AUXILIO JUDICIAL 2020


En el BOE de hoy 9 de junio, se ha publicado el nombramiento como funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos a los aprobados de la oposición al cuerpo de Auxilio Judicial, convocada en 2020:

  • Orden JUS/518/2022, de 1 de junio por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero.

  • Orden JUS/520/2022, de 1 de junio del Ministerio de Justicia por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/60/2020 de 15 de enero, en el ámbito del Ministerio. 

TOMA DE POSESIÓN

Plazo de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOE. 

Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que pertenezcan ya al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión (20 días hábiles), comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de L.O.P.J.

En el caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Auxilio Judicial y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, podrán solicitar a la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Gestión o Tramitación, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.

En el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Gestión o Tramitación y el cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Auxilio Judicial, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS DE TRASLADOS:

Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los que se otorga destino en virtud de esta Orden, no podrán participar en concursos de traslados para puestos genéricos del mismo cuerpo hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 523.3 de la LOPJ

FUNCIONARIOS INTERINOS:

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.  

COMUNIDADES TRANSFERIDAS

Las adjudicaciones de destinos en las comunidades autónomas con las competencias transferidas son las siguientes: 

CONVOCATORIA COMISIONES DE SERVICIO EN COMUNIDAD VALENCIANA

Se ha publicado en la Web de la Dirección General de Justicia de la Comunidad Valenciana una nueva oferta de plazas ofrecidas en Comisión de Servicios.

El plazo de presentación de solicitudes será del 9 de junio al 13.

A la solicitud se acompañará la documentación justificativa que proceda, así como el informe del responsable funcional del órgano, servicio o unidad en la que se encuentre destinado el funcionario peticionario y, cuando se trate de funcionarios destinados en otras Comunidades Autónomas con competencias asumidas en materia de justicia, o en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia, el informe favorable de la Dirección General correspondiente u órgano equivalente (bastará con acreditar su solicitud).

Las solicitudes se presentarán necesariamente mediante remisión por correo electrónico a la dirección: rrhh_justicia.comisionesdeservicio@gva.es

REUNIÓN INFORMATIVA IMPLANTACIÓN NUEVO MODELO DE REGISTRO CIVIL

Ayer martes 7 de junio hemos mantenido reunión con la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antigua Dirección General de los Registros y el Notariado), en la que por la Directora General se ha informado del estado de implantación del nuevo modelo de Registro Civil y las previsiones de cara a los próximos meses, que tal como establece la Ley se producirá de forma progresiva conforme esté disponible para cada Oficina General la aplicación informática DICIREG.

Con carácter previo a la implantación en cada sede, debe tener lugar el programa formativo tanto en el aspecto tecnológico -que corre a cargo de Ministerio y las CCAA con competencias en materia de Justicia, en sus respectivos ámbitos-, como en el aspecto procedimental, que está a cargo del propio Ministerio. Del mismo modo, se establecerá también lo que el Ministerio denomina “pilotaje”, para que los funcionarios puedan realizar casos prácticos antes de iniciar el uso real de la aplicación.

Actualmente, el nuevo modelo está ya implantado en Madrid y Barcelona, y la experiencia con la aplicación DICIREG es todo menos buena. Es un programa extremadamente lento y rígido, con pocas utilidades, que genera constantes problemas en la cumplimentación de datos en las inscripciones, disfunciones en las comunicaciones desde hospitales, y que además es incompatible con el sistema INFOREG, lo que impide cruzar datos de uno y otro sistema, así como obtener certificaciones desde oficinas que no tengan aún la nueva aplicación informática. Estas y otras muchas disfunciones están provocando grandes retrasos que perjudican al servicio público y que hacen perder la paciencia de los funcionarios usuarios del nuevo sistema. Por ello es prioritario que el Ministerio paralice la implantación hasta que todos esos problemas queden solventados definitivamente.

OPOSICIONES LETRADOS A.J.: CONVOCATARIA PRIMER EJERCICIO TURNO LIBRE

En el BOE de hoy 9 de junio se publica el Acuerdo de 6 de junio de 2022, del Tribunal calificador número uno del proceso selectivo de acceso al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1523/2021, de 3 de diciembre, por el que se convoca a los/as aspirantes por el turno libre a la realización del primer ejercicio.

La realización del ejercicio tendrá lugar el día 1 de octubre de 2022, a las 10 horas, en Madrid, en las facultades de Derecho y de Filología de la Universidad Complutense de Madrid, situadas en el Campus de la Ciudad Universitaria de Madrid, Plaza Menéndez Pelayo, s/n.

RESOLUCIÓN CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LETRADOS

En el BOE de hoy se publica la Orden JUS/519/2022, de 1 de junio, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden JUS/329/2022, de 7 de abril.

08 junio 2022

CIRCULAR SOBRE CRITERIOS PARA INTERVENIR EN ACTUACIONES URGENTES EN MATERIA DEL REGISTRO CIVIL

El Ministerio de Justicia ha dictado la Circular 5/2022 del Secretario General de la Administración de Justicia, por la que se disponen criterios para intervenir en las actuaciones urgentes en materia del Registro Civil fuera del horario de oficinas del Registro Civil en funcionamiento conforme a la Ley 20/2011, de 21 de julio.

07 junio 2022

STAJ EXIGE AL MINISTERIO LA RETIRADA DE LOS NUEVOS CRITERIOS DE CESES DE INTERINOS

STAJ se ha dirigido al Ministerio de Justicia para exigir que se deje inmediatamente sin efecto la comunicación remitida a las Gerencias territoriales por la Subdirección de acceso y promoción del personal de la Administración de Justicia, en la que se recogen nuevos criterios de ceses de los funcionario interinos.

Además de haberse realizado sin ningún traslado previo a los representantes de los trabajadores, consideramos del todo ilegal el cambio de criterio recogido en esa comunicación pues, al día de la fecha, sigue vigente la Orden JUS/2296/2005, sobre selección, propuesta y nombramientos de funcionarios interinos en la Administración de Justicia, que recoge en su artículo 18 los ceses de estos. No se puede modificar sustancialmente lo allí recogido sin la modificación o derogación de la citada Orden Ministerial, previamente negociada con los sindicatos representativos y menos, por una mera comunicación interna del Ministerio que no reviste ninguna forma de resolución susceptible de ser recurrida.

De no rectificar, el Ministerio se expone a las reclamaciones que puedan presentar en el momento de su cese los trabajadores directamente afectados por la aplicación de estos criterios.


NUEVO CRITERIO PARA LOS CESES DE INTERINOS EN PUESTOS VACANTES Y SUSTITUCIÓN

La Subdirección General de acceso y promoción del personal de la  Administración de Justicia ha trasladado a las Gerencias territoriales un nuevo criterio sobre ceses de interinos por vacantes y sustituciones, donde se indica lo siguiente:

"Como continuación a nuestro oficio de 14 de octubre de 2021 relativo a las consecuencias del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y como consecuencia de la aprobación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,(véase la página 6 de la Ley, en color rojo los firmantes del Acuerdo), de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, es necesario determinar las plazas vacantes ocupadas de forma temporal por funcionarios interinos y las fechas desde las que han estado ocupadas.

El actual sistema de gestión del personal interino no permite conocer cuántos interinos son de vacante y cuántos son de sustitución, sin tener que realizar un análisis individualizado de cada nombramiento, pues funcionarios interinos nombrados para cubrir vacantes pasan con frecuencia a cubrir sustituciones por diversos motivos (como IT, excedencia por cuidado de familiares, ocupación temporal de otro puesto en sustitución o en comisión de servicio, etc.); y viceversa.

Por otra parte, esta ley, y el anterior Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio contempla indemnizaciones en su disposición adicional decimoséptima a los interinos que permanezcan más de tres años (nombrados después del 8-07-2021). 

03 junio 2022

ACTUALIZACION BOLSA DE INTERINOS DE CLM 27/05/2022

Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia la actualización de la bolsa de interinos de Castilla la Mancha, os dejamos el enlace donde podéis consultarla.

Bolsa de interinos de CLM 27/05/2022

OPOSICIONES 2022: LETRADOS A. J. PROMOCIÓN INTERNA. NOTA MÍNIMA PRIMER EJERCICIO

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado el Acuerdo del Tribunal calificador por el que se fija la nota mínima necesaria para superar el primer ejercicio de acceso al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia por Promoción Interna, celebrado el pasado 21 de Mayo, en 10 puntos.