En la página Web del Ministerio se publican los correspondientes protocolos de actuación de cada Oficina judicial en los diferentes partidos judiciales del ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia.
En la página Web del Ministerio se publican los correspondientes protocolos de actuación de cada Oficina judicial en los diferentes partidos judiciales del ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia.
En el BOE de hoy se publica la Orden PJC/1485/2025, de 16 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden PJC/1350/2025, de 25 de noviembre, para puestos de trabajo en la oficina judicial de la Audiencia Nacional y del Tribunal Central de Instancia y en la Secretaría de Gobierno de la Audiencia Nacional
En la página Web del Ministerio se publica el listado de solicitantes del concurso específico para la provisión de puestos de trabajo de la Oficina Judicial de la Audiencia Nacional y del Tribunal Central de Instancia, publicado en el BOE de 27 de noviembre.
En el BOE de hoy se publica la Resolución de 2 de diciembre de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se modifica la de 5 de marzo de 2025, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales Colegiados y Tribunales de Instancia conforme a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Con esta modificación, la actividad de la Oficina Judicial en materia de ejecución de pronunciamientos de las secciones de menores de los Tribunales de Instancia se realice desde los servicios comunes de tramitación y no desde los servicios de ejecución como estaba inicialmente previsto.
Desde el Ministerio de Justicia nos han remitido la Resolución de la Secretaría General para la innovación y calidad del servicio público de Justicia por la que se modifican y corrigen errores de las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales.
En Castilla y León se producen as siguientes modificaciones:
En la página Web del Ministerio se ha publicado Resolución por la que se adjudican puestos de trabajo genéricos en la fase de reasignación forzosa, dentro del proceso de acoplamiento de la Fase III que se realiza con motivo de la implantación de las nuevas Oficinas Judiciales y Oficinas Generales de Registro Civil de los Tribunales de Instancia.
La toma de posesión se producirá en el momento de la entrada en funcionamiento de la oficina judicial.
En el BOE de hoy se publican sendas resoluciones que aprueban las relaciones de puestos de trabajo de la Oficina Judical y Secretaría de Gobierno de la Audiencia Nacional, así como del Tribunal Central de Instancia.
En la página Web del Ministerio se publica la Resolución por la que se adjudican puestos de trabajo genéricos en la fase de reordenación de efectivos, dentro del proceso de acoplamiento de la Fase III que se realiza con motivo de la implantación de las nuevas Oficinas Judiciales y Oficinas Generales de Registro Civil de los Tribunales de Instancia.
En la página Web del Ministerio se publica corrección de errores de la Resolución por la que se ofertaban puestos de trabajo genéricos en la fase de reordenación de efectivos, dentro del proceso de acoplamiento de la Fase III que se realiza con motivo de la implantación de las nuevas Oficinas Judiciales y Oficinas Generales de Registro Civil de los Tribunales de Instancia.
Las modificaciones afectan a las localidades de Toledo, Cáceres, Murcia y Ceuta.
En el BOE de hoy se ha publicado la Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales colegiados y Tribunales de Instancia conforme a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
En la página Web del Ministerio se publica la Resolución por la que se ofertan puestos de trabajo genéricos en la fase de reordenación de efectivos, dentro del proceso de acoplamiento de la Fase III que se realiza con motivo de la implantación de las nuevas Oficinas Judiciales y Oficinas Generales de Registro Civil de los Tribunales de Instancia.
Solamente podrán participar los funcionarios de carrera de los Cuerpos Gestión Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa en situación de servicio activo o con reserva de su puesto de trabajo, con destino definitivo en los órganos judiciales de las localidades que se indican en los anexos.
No podrán participar los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia sin derecho a reserva de puesto de trabajo, los suspensos en firme mientras dure la suspensión y los sancionados con traslado forzoso para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.
No podrán participar los funcionarios que hayan obtenido puesto de trabajo en las fases anteriores.
Las solicitudes para tomar parte en este proceso de acoplamiento, dirigidas a la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia y ajustadas al modelo que como Anexo VII se acompaña, se presentarán dentro de los 3 días hábiles siguientes al día de la publicación de la resolución, al siguiente correo electrónico: medios.personales@mjusticia.es, estableciendo en el asunto “REORDENACIÓN EFECTIVOS FASE III”.
La adjudicación de los destinos se realizará teniendo en cuenta el orden de preferencia de los solicitantes y atendiendo a la antigüedad en el puesto de origen correspondiente. En caso de empate, quien posea mayor antigüedad en el escalafón.
Los funcionarios destinados en puestos con guardias tendrán preferencia para ocupar los puestos de trabajo con guardias. Para poder tener ese derecho preferente habrán de solicitarse en primer lugar todos los puestos con guardias.
En la página Web del Ministerio se publica nota informativa en la que se corrigen errores en los listados publicados el día 22 de octubre de 2025, de confirmaciones del personal funcionario de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia en las oficinas judiciales y generales de registro civil de los partidos judiciales de Fase III.
Todos sabemos que una de las razones de la nueva organización judicial, pasando de los Juzgados, Secciones de la A.P o Salas del TSJ, al modelo de Servicios comunes, es la flexibilidad en la fuerza de trabajo que pretende nuestra Administración empleadora; la otra razón es el ahorro de costes, pudiendo crear plazas de jueces en el Tribunal de Instancia sin necesidad de crear plazas de los Cuerpos Generales en los Servicios comunes, o creando menos que en un Juzgado.
Para conseguir esa flexibilidad en la fuerza de trabajo, la Administración encuadra a todos los funcionarios en los Servicios comunes, en áreas o en equipos, pudiendo existir flexibilidad o movilidad entre los distintos equipos que se creen, y pudiendo asignar la tramitación de las materias en función de las necesidades del servicio a más o menos personas de los equipos de trabajo.
No obstante, esta movilidad o asignación de tareas se ve limitada por lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera del Reglamento de ingreso, cuando dice:
"Salvo voluntad expresa de la persona afectada por la confirmación no se le podrá encomendar, en el destino adjudicado, tareas sobre materias que fueren propias de órganos judiciales de diferente clase a aquel en que estuviere destinado antes del acoplamiento. Esta limitación no se aplicará a quienes voluntariamente participen en un posterior concurso de traslado, en cuyo caso las funciones y tareas vendrán definidas en las respectivas relaciones de puestos de trabajo y protocolos de funcionamiento de las oficinas."
Esa prohibición a la asignacion de materias distintas las que se venía tramitando antes del acoplamiento, solo se predica respecto de los funcionarios que hayan sido confirmados, no de los que hayan sido acoplados en alguna de las otras fases del acoplamiento como puede ser concurso de traslados a puestos singularizados, reorganización o reasignación o nombramiento de los funcionarios interinos.
Y en el momento en que el funcionario titular confirmado se marche en concurso de traslados a otro Servicio común o Área de trabajo y el puesto vacante sea ocupado por un nuevo funcionario ya no opera ese límite para ninguno de los dos, por eso se trata de una Disposición Transitoria, solo se mantiene durante el tiempo que el funcionario confirmado esté en su puesto de confirmación.
Por tanto, es importante conocer que quien haya sido confirmado, se mantiene con la materia de origen, por eso se llama confirmación, salvo que de forma expresa diga lo contrario.
La Disposición Transitoria dice "voluntad expresa"
Por lo tanto, tiene que ser, patente, manifiesta, explícita, tal como dice la RAE que significa "expresa".
En otras palabras, que tiene que venir recogido en algún documento por escrito, no sirve de forma tácita, de palabra o por la vía de hecho más o menos obligada.
El protocolo podría ser: por parte del Letrado AJ director del Servicio Común o Letrado AJ jefe de área, ofrecer, por escrito, llevar otras funciones distintas a las de la confirmación, y que el funcionario afectado, de forma expresa, manifieste en ese escrito que sí que tiene la voluntad o no tiene la voluntad.
Esta asignación de tareas distintas a las de la confirmación no puede ser por la vía de hecho o de forma tácita, puesto que hay consecuencias jurídicas, que son las que se derivan de la Disposición Transitoria Primera; la prohibición de la asignación de tareas sobre materias distintas a las de la confirmación.
En la página Web del Ministerio se ha publicado las confirmaciones automáticas de los puestos genéricos diferenciados de la tercera fase de la implantación de los Tribunales de Instancia.
CONFIRMACIONES AUTOMATICAS PUESTOS GENERICOS DIFERENCIADOS
En la página Web del Ministerio se publica una nueva corrección de errores de la Resolución por la que se adjudican los puestos genéricos con mayor complemento específico dentro del proceso de acoplamiento que se realiza con motivo de la implantación de las nuevas oficinas judiciales de los Tribunales de Instancia en la fase III.
La corrección afecta exclusivamente a la localidad de Toledo.
En la página Web del Ministerio se ha publicado Resolución por la que se adjudican puestos de trabajo genéricos diferenciados con mayor complemento específico dentro del proceso de acoplamiento que se realiza con motivo de la implantación de la de las nuevas Oficinas Judiciales de los Tribunales de Instancia en los partidos judiciales de Fase III.
En la página Web del Ministerio se publican las relaciones de funcionarios confirmados en puestos singularizados en los Tribunales de Instancia de los partidos judiciales de la fase III que se implantarán el próximo 31 de diciembre de 2025.
En el BOE de hoy se publican sendas resoluciones por las que se publican las Relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales y de las oficinas generales de Registro Civil de ámbito no transferido de los Tribunales de instancia que se constituirán el próximo 31 de diciembre de 2025.
También se publica resolución por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de las Secretarías de Gobierno del territorio no transferido
La consulta de los Anexos con las diferentes Rpts está disponible en el siguiente ENLACE
Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de las oficinas generales del Registro Civil de los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre de 2025.
En el BOE de hoy se publican sendas resoluciones por las que se publican las Relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales y de las oficinas generales de Registro Civil de ámbito no transferido de los Tribunales de instancia que se constituirán el próximo 1 de octubre de 2025.
También se publican Rpts de Letrados A.J. de los partidos judiciales que en la misma fecha se constituirán los Tribunales de Instancia de las comunidades transferidas de Andalucía, Canarias, Cataluña, Madrid y Valencia.
La consulta de los Anexos con las diferentes Rpts está disponible en el siguiente ENLACE