LEY
DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA
Ayer
7 de noviembre se ha celebrado nueva reunión de la Mesa de
negociación con el Ministerio de Justicia, en la que el primer punto
del orden del día era “Información y entrega de documentación
sobre el Proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa”.
El
Ministerio nos ha dicho lo que en parte ya sabemos, que la ley se
está tramitando en el Parlamento y que previsiblemente quede
aprobada a finales de año o lo más tardar en enero. También nos
comunica que la idea es que la implantación de los Tribunales de
Instancia con sus respectivas Unidades Procesales de Tramitación,
así como la transformación de los Juzgados de Paz en Oficinas de
justicia en el municipio tendrá lugar en el plazo de tres, seis o
doce meses, según el tipo de partido judicial, a partir de la
entrada en vigor de la ley.
También
dice el Ministerio que las Relaciones de puestos de trabajo de las
diferentes Unidades de oficina judicial (Unidades Procesales de
Tramitación, Servicios Comunes procesales) y Oficinas de Justicia en
el Municipio serán negociadas en esos plazos, pero en realidad no da
ninguna garantía de que será así y de hecho las disposiciones
transitorias establecen la transformación automática de las
plantillas actuales de juzgados y tribunales en las futuras Unidades,
si no se produce esa negociación en los plazos marcados.
De
todo lo anterior, lo único que nos queda claro es que se confirma la
NULA VOLUNTAD DEL MINISTERIO PARA NEGOCIAR LAS LEYES DE EFICIENCIA
ORGANIZATIVA, a lo que estaba obligado por ley y por recogerse en
el Acuerdo de diciembre de 2021.
Se
niega, por tanto, el Ministerio, a abordar en mesa de negociación
las propuestas que hemos realizado desde STAJ
y resto de organizaciones sindicales para mejorar el texto que ya
se está tramitando en el Congreso, obligándonos a tener que acudir
a los Grupos Parlamentarios para exponerles algo que debería haber
quedado negociado antes de la aprobación del Anteproyecto por el
Gobierno y su remisión al Parlamento.
Como
ya hemos informado en varias ocasiones, STAJ
ha presentado multitud de alegaciones, primero al Anteproyecto, y
luego al Proyecto, además de haber remitido a los Grupos
parlamentarios nuestras propuestas de enmienda, algunas de las cuales
han sido asumidas por algunos Grupos.
STAJ
pretende que se incluyan también mejoras en nuestro
estatuto jurídico, que apenas se revisa desde hace dos décadas,
mejoras que van desde la recuperación de la reserva de la mitad de
plazas para la promoción interna, hasta una mejor regulación de las
sustituciones, carrera profesional, procesos selectivos, concursos de
traslados, etc.
Pero,
como decimos, el Ministerio se niega a negociar nada de esto. Por
ello, no nos queda más salida que la movilización,
porque no podemos permitir que se modifiquen las condiciones de
trabajo sin haber negociado nada con los representantes de los
trabajadores afectados directamente por estos cambios tan profundos.
PROCESOS
SELECTIVOS ESTABILIZACIÓN LEY 20/2021
En
la Mesa de hoy también se ha procedido a iniciar la negociación de
las bases de los procesos selectivos de estabilización pactados por
los sindicatos de la Mesa General (UGT, CSIF y CCOO) y previstos en
la Ley
20/2021.
Las
plazas que se ofertarán en cada uno de los procesos ya fueron
aprobadas en la Oferta de Empleo de Estabilización recogida en el
Real
Decreto 408/2022,
de 24 de mayo y negociada también en esa Mesa General -no
en la Mesa de Justicia-,
y de ellas ya hemos dado información en anteriores boletines (puedes
consultarlas en nuestras Webs y Blogs territoriales).
En
la reunión de hoy se han expuesto únicamente líneas generales,
habiendo manifestado el Ministerio que los borradores
de bases facilitados están totalmente abiertos a la negociación,
para introducir en ellos mejoras que podamos proponer desde las
organizaciones sindicales presentes en esta mesa de Justicia.
Desde
STAJ hemos reiterado la
necesidad de que el Ministerio oferte también, adicionalmente a
estas plazas, el porcentaje que la ley establece para la promoción
interna (30 por ciento de las que hayan sido objeto de Oferta de
empleo)
Desde
STAJ,
en cuanto al proceso selectivo por concurso oposición, hemos
manifestado que entendemos que deben respetarse las reglas del juego
ya marcadas en la convocatoria de 2019, correspondiente a las Ofertas
de Empleo de 2017 y 2018, tanto en la fase de oposición respetando
la reserva de nota -que
además se recoge en el Acuerdo de marzo de 2022-,
como en la fase de méritos, sin alteraciones significativas.
No
es de recibo que en las últimas tres convocatorias de turno libre
tengamos tres modelos diferentes. Las plazas de esta convocatoria
proceden de la oferta de empleo de estabilización de 2019, porque
han sido absorbidas por los procesos derivados de la Ley 20/2021,
según ha manifestado el Ministerio reiteradamente. Por tanto, debe
respetarse el sistema pactado en su momento para esas plazas, ya de
por sí muy mermadas en aplicación de esa ley.
Por
lo que respecta al sistema de concurso de méritos “puro”,
previsto en las Disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley
20/2021, entendemos que debe revisarse la distribución de méritos
que se realiza en el primer borrador facilitado por el Ministerio,
eliminando las limitaciones temporales en los méritos de experiencia
o ejercicios aprobados, reajustando su valoración máxima, e
incrementando el apartado de experiencia, adaptando el resto de
méritos baremables.
La
negociación, como decimos, está absolutamente abierta, el
Ministerio se muestra receptivo a modificar el borrador de manera que
lo que se apruebe sea satisfactorio y plenamente acorde con los
principios constitucionales que han de presidir todos los procesos
selectivos.
La
próxima reunión tendrá lugar el día 17 de noviembre. En cualquier
caso, el Ministerio dice que la negociación debe quedar
finalizada el día 21 de este mes, dado que es la fecha tope impuesta
por Función Pública para que las convocatorias puedan estar
publicadas antes del 31 de diciembre de este año, fecha
límite marcada por la Ley 20/2021.