16 mayo 2022

MESA SECTORIAL DEL 12 DE MAYO DEL 2022. PROCESOS SELECTIVOS

 

  • El Ministerio de Justicia concreta las plazas que se incluirán en la Oferta de empleo de reposición y procesos de estabilización de la Ley 20/2021, así como fechas previstas de convocatorias y desarrollo. 

  • STAJ reclama más plazas para la promoción interna y para el turno libre de la oferta de reposición de 2022, y las incluidas en el proceso de estabilización por concurso-oposición. 

El pasado 12 de mayo ha tenido lugar reunión de la mesa sectorial en la que el Ministerio ha informado de cuántas plazas se incluirán en cada una de las ofertas correspondientes a la oferta de reposición de 2022, las de promoción interna derivada de esa oferta, así como las plazas que se destinan a los procesos de estabilización previstos en la Ley 20/2021). La aprobación de las ofertas se prevé para el Consejo de Ministros del día 24 de mayo, publicándose a continuación en BOE. 

Las plazas que se incluirán en las diferentes ofertas y convocatorias son las siguientes, a falta de algún ligero reajuste: 

OFERTA REPOSICIÓN 2022 TURNO LIBRE. - Esta oferta, en aplicación del acuerdo suscrito por STAJ, CCOO y CIG con el Ministerio de Justicia, se acumula a las ofertas de 2020 y 2021, para todos los cuerpos excepto para el de Letrados (que ya se está desarrollando, junto con la de 2019, -BOE 11-01-2022-), por lo que las convocatorias por cuerpos incluirán las siguientes plazas: 

TURNO LIBRE 

2020 

2021 

2022 

TOTAL ACUMULADA 

Cupo general 

Turno Disc. 

Cupo general 

Turno Disc. 

Cupo general 

Turno Disc. 

Cupo general 

Turno Disc. 

Total 

MÉDICOS FORENSES 

39 

3 

20 

2 

19 

1 

78 

6 

84 

FACULTATIVOS INTCF 

12 

1 

9 

1 

9 

1 

30 

3 

33 

TECNICOS ESPECIALISTAS INTCF 

10 

1 

  

  

0 

0 

10 

1 

11 

AYUDANTES LABORATORIO INTCF 

7 

  

  

  

0 

0 

7 

0 

7 

GESTIÓN P.A. 

355 

27 

395 

30 

264 

20 

1.014 

77 

1.091 

TRAMITACIÓN P.A, 

392 

29 

396 

29 

321 

24 

1.109 

82 

1.191 

AUXILIO JUDICIAL 

199 

15 

194 

14 

158 

12 

551 

41 

592 

LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. OFERTA 2022: 

103 

8 

111 

Total 

2.902 

218 

3.120 

 
El Ministerio baraja como fecha de convocatoria el mes de septiembre de 2022, para los cuerpos generales, finalizando el proceso en febrero de 2024. El sistema será, previsiblemente, oposición libre (aún por determinar). 

STAJ ha pedido al Ministerio que revise las plazas incluidas en la oferta de 2022, ya que nos parecen pocas, a la vista del gran número de jubilaciones producidas durante 2021 y que la LPGE 2022 prevé una tasa de reposición del 120%. Además, hemos instado al Ministerio a que las futuras ofertas de empleo comprendan todas las plazas necesarias, y no sólo las de reposición, ya que todos los años se crean órganos judiciales nuevos con sus plantillas, lo que supone un incremento en número de puestos disponibles que no se incluye en las ofertas. 

PROMOCIÓN INTERNA OEP 2022.- 

Esta oferta no tiene acumulación, ya que lo que se ha acumulado han sido las ofertas de 2019, 2020 y 2021, que ya están convocadas en marzo, en virtud del acuerdo firmado por STAJ y otros sindicatos con el Ministerio, lo que ha permitido que la convocatoria para cuerpos generales alcance las 985 plazas en lugar de repartirlas en tres convocatorias, lo que habría supuesto un número de plazas ridículo en cada una de ellas. 

La oferta de promoción interna 2022 equivale al 30% de la OEP libre de 2022, añadiéndole 565 plazas adicionales fruto del acuerdo suscrito por STAJ y otros sindicatos, de modo que se alcanza una oferta de 753 plazas para Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia Cuerpos generales frente a las 188 que se habrían ofertado si no se hubiera firmado el Acuerdo. Además, en los ejercicios de esta promoción interna no penalizarán las preguntas erróneas. Las plazas son: 

PROMOCIÓN INTERNA OEP 2022 

Cupo general 

Turno discapacitados 

Total 

LETRADOS ADMON. DE JUSTICIA 

31 

2 

33 

FACULTATIVOS DEL INTCF 

6 

0 

6 

GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA 

343 

26 

369 

TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADTVA. 

357 

27 

384 

  

  

  

  

Total 

737 

55 

792 

 PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN LEY 20/2021 

Esta ley deriva del RDL 14/2021, el cual fue pactado en la Mesa General de AGE por CSIF, UGT y CCOO. La Ley 20/2021 sustituye a ese RDL, e incluye como sistema selectivo el concurso de méritos, además del concurso-oposición. Las plazas que según el Ministerio deben ser incluidas en estos procesos son las siguientes: 

  

PROCESOS ESTABILIZACIÓN LEY 20/2021 

Concurso méritos 

Concurso oposición 

Cupo general 

Turno discapacitados 

Cupo general 

Turno discapacitados 

Cupo general 

Turno discapacitados 

MÉDICOS FORENSES 

38 

3 

41 

6 

0 

6 

FACULTATIVOS DEL INTCF 

17 

1 

18 

2 

0 

2 

TÉCNICOS ESPECIALIESTAS INTC 

3 

0 

3 

2 

0 

2 

AYUDANTES DE LABORATORIO 

14 

1 

15 

4 

0 

4 

GESTIÓN PROCESAL Y ADTVA. 

588 

44 

632 

212 

16 

228 

TRAMITACIÓN PROCESAL ADTVA. 

1795 

135 

1930 

325 

24 

349 

AUXILIO JUDICIAL 

1933 

145 

2078 

333 

25 

358 

Total 

4388 

329 

4717 

884 

65 

949 

Según el Ministerio, no hay plazas de Letrados A.J. para estos procesos de estabilización, si bien está pendiente de revisión para en su caso incluirlas por el sistema que corresponda. 

La convocatoria de estos procesos tendrá lugar en diciembre de 2022, suspendiéndose su ejecución hasta septiembre de 2023, para finalizar en diciembre de 2024. 

El proceso selectivo que se convoque por concurso oposición aplicará la reserva de nota prevista en la convocatoria acumulada de las ofertas 2017 y 2018. STAJ ha reclamado que se amplíen las plazas a ofertar por el sistema de concurso-oposición, hasta alcanzar las 2.547 plazas que fueron objeto de la oferta de 2019, absorbida por este proceso de estabilización por reunir todas ellas algunas de las condiciones previstas en la Ley 20/2021, de obligado cumplimiento. 

STAJ ha solicitado que se convoque por promoción interna y por los mismos sistemas selectivos el equivalente al 30% de estas plazas, tal como prevé la LOPJ. El Ministerio se niega alegando que ese 30 por ciento sólo es aplicable respecto de la oferta de empleo ordinaria, y no de esta extraordinaria de estabilización. Además, no habría plazas suficientes ya que ese 30% es adicional a las ofertas de turno libre, por lo que al no haberse previsto en el pacto firmado en mesa general (CSIF, UGT y CCOO) que dio lugar al RDL 14/2021 y del que deriva la Ley 20/2021, no es posible acceder a lo solicitado por STAJ para la Administración de Justicia. 

CONCURSOS DE TRASLADO. - 

  • Concurso 2022.- Convocatoria entre julio y septiembre de 2022. Resolución en enero 2023. Sus desiertas serán ofertadas a aprobados promoción 2019-2020-2021. 

  • Concurso 2023.- Convocatoria mayo 2023. Resolución diciembre 2023. Sus desiertas se ofertarán a aprobados promoción 2022 y turno libre 2020-2021-2022. 

  • Concurso 2024.- Convocatoria abril 2024. Resolución octubre 2024. Sus desiertas se ofertarán a procesos estabilización. 

13 mayo 2022

CALENDARIO PROCESOS SELECTIVOS Y CONCURSOS DE TRASLADO


                                                 


OPOSICIONES. CALENDARIO PREVISTO EN LOS PROCESOS SELECTIVOS Y CONCURSO DE TRASLADOS.

El Ministerio de Justicia nos ha trasladado la siguiente previsión de calendario para los procesos selectivos y concurso de traslados, aunque como siempre informamos, hay que tomarlas con las debidas cautelas.


PROCESOS SELECTIVOS.

Auxilio Judicial OEP 2017-2018.

Se están depurando errores en la remisión de solicitudes de destinos. Previsión para la toma de posesión durante el mes de junio.

Promoción Interna de los Cuerpos de Gestión y Tramitación OEP 2019-2020-2021 (985 plazas).
  • Convocadas en marzo 2022.
  • Ejercicios la segunda quincena de septiembre.
  • Finalización del proceso diciembre del 2022.
Turno Libre Oferta empleo reposición acumaladas 2020-2021-2022. (3009 plazas)
  • Convocatoria en septiembre del 2022.
  • Finalización del proceso en febrero del 2024.
Procesos de estabilización Ley 20/2021 (4717 plazas concurso méritos: 949 plazas concurso-oposición).
  • Convocatoria diciembre 2022, con suspensión desarrollo hasta septiembre del 2023.
  • Finalización del proceso en diciembre del 2024.
Promoción Interna OEP 2022 (792 plazas)
  • Convocatoria en abril del 2023.
  • Finalización del proceso en enero del 2024.
CONCURSO DE TRASLADOS.

Concurso 2022.
  • Convocatoria en julio-septiembre 2022.
  • Resolución en enero 2023.
Concurso 2023.
  • Convocatoria en mayo del 2023.
  • Resolución en diciembre del 2023.
Concurso 2024.
  • Convocatoria en abril del 2024.
  • Resolución en octubre del 2024

12 mayo 2022

ENMIENDAS A LA LEY DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA

STAJ PRESENTA PROPUESTAS DE ENMIENDA A LA LEY DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA 

STAJ está manteniendo estas semanas reuniones con diversos Grupos políticos con representación parlamentaria, para trasladarles nuestra posición en relación con la Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa, que como sabéis reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial para crear los Tribunales de instancia, además de las Oficinas de justicia en el municipio, sucesoras de los actuales Juzgados de Paz. Fruto de esas reuniones, hemos presentado propuestas de enmiendas que tratan de mejorar el texto del proyecto, así como garantizar y mejorar las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración de justicia.

Los Tribunales de Instancia suponen la unificación de los juzgados que existen en cada partido judicial. Además, se crea también el Tribunal Central de Instancia, que unifica todos los Juzgados Centrales. Se mantiene el resto de órganos judiciales (Tribunal Supremo, Audiencia Nacional, Tribunales Superiores de Justicia, Audiencias Provinciales), excepto los Juzgados de Paz, que se transforman en Oficinas de Justicia en el Municipio. Los Tribunales de Instancia se subdividen en Secciones, que generalmente coinciden con la jurisdicción, excepto en aquellos partidos judiciales que actualmente no tienen separación de jurisdicciones (actuales juzgados mixtos).

La instauración de los Tribunales de Instancia lleva aparejada la modificación de la Oficina Judicial, de manera que cada Tribunal de Instancia estará asistido por una Unidad Procesal de Tramitación (“UTRAM”), según el proyecto aprobado en Consejo de Ministros y que ahora inicia su tramitación parlamentaria. Cada unidad contará con los puestos de trabajo que habrán de ser ocupados por el personal funcionario de la Administración de Justicia, según se establezca en las Relaciones de Puestos de Trabajo que deberán ser negociadas con los sindicatos. Por su parte, el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, el Tribunal Central de Instancia y las Audiencias Provinciales, estarán asistidas por sus respectivas Unidades procesales de Tramitación. Es conveniente aclarar que los Tribunales de instancia son de Partido judicial, no de provincia, si bien algunas secciones pueden extender su jurisdicción a varios partidos judiciales o provincias (como ahora los juzgados de vigilancia, penales, sociales, contenciosos o mercantiles).

Junto a estas Unidades, se mantienen los Servicios Comunes, previstos en la LOPJ desde la reforma de 2003, y que en muchos partidos judiciales están ya funcionando. Esos servicios comunes tendrán funciones, principalmente, de Decanato y actos de comunicación, por un lado, o de ejecución, por otro. Desaparecen los servicios de ordenación del procedimiento, ya que sus funciones serán asumidas por las “UTRAM”.

Las enmiendas propuestas por STAJ inciden, fundamentalmente, en los siguientes aspectos, entre otros:

  • Diferenciación de puestos de trabajo que permita la especialización. Debe existir al menos una unidad por cada una de las Salas de Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunal Superior de Justicia, y por cada sección de cada Audiencia Provincial y Tribunal de Instancia, diferenciándose los puestos igualmente según el área en la que se subdivida cada unidad, a efectos de provisión de puestos de trabajo y asignación de tareas o funciones. En los servicios comunes, los puestos deben diferenciarse igualmente según las áreas en que se subdividan. Todo ello sin perjuicio de la diferenciación que debe existir en función de características propias de los puestos (por ejemplo, guardias).
  • Creación de puestos singularizados para todos los cuerpos, incluyendo las jefaturas de secciones y áreas, con mejores retribuciones. Eliminación de la libre designación como sistema de provisión.
  • Los puestos de trabajo de las oficinas judiciales, oficinas fiscales, oficinas de Registro Civil y oficinas de justicia en el municipio, únicamente pueden ser cubiertas por personal de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia (reserva de función).
  • Clarificación de funciones de las Oficinas de justicia en el municipio, con potenciación y asunción de funciones procesales propias, no sólo de actos de comunicación, así como funciones en materia de Registro Civil, con dotación suficiente de personal. Dotación de medios por parte de Ministerio y CCAA, no sólo por los Ayuntamientos, como sucede ahora con los Juzgados de Paz, bastante “olvidados” en cuestión de medios materiales.
  • Mantenimiento de la MUGEJU como centro de destino para los funcionarios de Justicia, así como sus Delegaciones. Consideración de las unidades de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA) como centros de destino.
  • Regulación básica del “teletrabajo” en la propia LOPJ, sin perjuicio de su desarrollo reglamentario posterior por Ministerio y CCAA.
  • Mejora del régimen de sustituciones del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, en los supuestos en que no se sustituyen entre sí, con preferencia para los funcionarios del Cuerpo de Gestión P.A.
  • Clarificación de ciertas funciones del Cuerpo de Letrados A.J., remarcando su carácter indelegable.
  • Mejora de la regulación de la carrera profesional y el complemento asociado a ella.
  • En materia de promoción interna, recuperación de la reserva de la mitad de las plazas vacantes existentes. Sistema de concurso de méritos para la promoción interna, con carácter excepcional.
  • Mejora de los procesos selectivos, evitando que existan diferentes notas de corte según los ámbitos, así como coordinación con los concursos de traslado. Posibilidad de unificación de la convocatoria.
  • Mejora de la regulación de las comisiones de servicios y sustituciones, que deben ser retribuidas conforme al cuerpo y puesto que se sustituye.

STAJ también ha propuesto un régimen transitorio y de implantación mucho mayor que el que prevé el Proyecto que recoge un periodo muy corto que va desde el 1 de enero al 1 de julio de 2023. Algo que nos parece peligroso, pues es preciso que antes de su implantación se proceda a la negociación de todas las relaciones de puestos de trabajo de las diferentes unidades y servicios (o la modificación de las actuales), siendo además conveniente empezar por partidos judiciales de menor dimensión, con un periodo de análisis de posibles disfunciones que puedan producirse en la práctica, para poder corregirlas antes de implantar el nuevo modelo en partidos judiciales de mayores dimensiones.

Las propuestas recogidas en estas enmiendas, las estamos también exponiendo en los grupos de trabajo creados al efecto a raíz del Acuerdo de diciembre de 2021, suscrito con el Ministerio de justicia por STAJ y otros sindicatos.

STAJ, 7 de mayo de 2022