Aportaron para esta reunión un documento que desde STAJ consideramos que era ambiguo, sin concreción y en términos similares a la Fase I de este plan de actuación, incluso sin datos de órganos afectados ni de los resultados de la Fase I. A pesar de la solicitud de STAJ y resto de organizaciones sindicales, no aclararon ni aportaron datos.
STAJ no puede aceptar ni por las formas ni por el fondo este documento
En el documento definitivo que os adjuntamos han modificado cuestiones puntuales y evidentes que, si bien no entran en el fondo de nuestras peticiones, afectan a cuestiones fundamentales para el personal de Justicia.
STAJ sigue exigiendo que el plan de actuación debe abonarse por trabajo realizado y no por objetivos, ya que si no se llegan a los mismos no se percibiría ninguna retribución, a pesar de haber realizado el trabajo. Una vez más, ponen de excusa al Ministerio de Hacienda, manifestando que sólo se aprobaba la partida presupuestaria si se condicionaba a objetivos.
No aclaran las retribuciones de los funcionarios ni el número de funcionarios que asignaran a cada medida de refuerzo.
No explican que medidas van a aplicar en aquellos órganos que estaban incluidos en la Fase I por su abultada carga de trabajo pero que, por razones que desconocemos, no han realizado el Plan de actuación.
Ha quedado claro