23 febrero 2026

Alta de funcionarios de nuevo ingreso en MUGEJU: TPA concurso méritos


La incorporación como personal al servicio de la Administración de Justicia conlleva la afiliación obligatoria, como mutualista titular, en la Mutualidad General Judicial.

La incorporación se realiza siguiendo estos pasos:

1.   Finalizado cada proceso selectivo, el Ministerio de Justicia (o, en su caso, el Consejo General del Poder Judicial) facilita a la Mutualidad General Judicial un listado de personal funcionario de nuevo ingreso.

2.  La Mutualidad envíará un correo a cada nuevo funcionario, incluyendo unas credenciales (nombre de usuario y contraseña) para completar el alta utilizando un servicio en la sede electrónica de la Mutualidad General Judicial. Dicho correo electrónico se enviará el lunes.

3.   Cada funcionario debe utilizar el servicio en la sede electrónica de MUGEJU para completar el alta como mutualista. Deberá adjuntarse copia de la toma de posesión.

4.  Cuando complete el alta como mutualista, podrá descargarse un documento de acreditación de afiliación en la Mutualidad. Este documento le permitirá recibir asistencia sanitaria, hasta que reciba de la entidad médica una tarjeta sanitaria. 

5.  El alta en MUGEJU será con efectos de la toma de posesión. Los mutualistas deberán elegir entidad médica para la prestación de la asistencia sanitaria: INSS o entidades médicas privadas (ASISAAdeslas o Nueva Mutua Sanitaria)

Tarjeta sanitaria:

§  Si ha elegido una entidad médica privada, la entidad enviará a su domicilio las tarjetas sanitarias, en aproximadamente quince días. También puede solicitarlas en las oficinas de atención al usuario de la entidad médica.

§  Si ha elegido asistencia sanitaria a través del Sistema Público de Salud (INSS), deberá solicitar las tarjetas sanitarias en su centro de salud.

6.   La Mutualidad envía al domicilio del nuevo mutualista las tarjetas individuales de afiliación y un talonario de recetas.

§  Si ha elegido una entidad médica privada, las prescripciones de medicamentos deben realizarlas un médico de la entidad en el talonario oficial de recetas de MUGEJU, que el mutualista recibirá en su domicilio.

§  Si ha elegido la opción INSS, la mayoría de los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas han incorporado a MUGEJU al sistema de receta electrónica, por lo que la prescripción se realizará por este sistema siempre que sea posible. No obstante, puede necesitar utilizar el talonario de recetas en casos excepcionales de interrupción temporal del sistema de receta electrónica, asistencias urgentes o asistencias fuera de su Comunidad Autónoma.

Personas beneficiarias

Las personas titulares pueden tener familiares de alta en MUGEJU como personas beneficiarias, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

a.    Vivir con titular y a sus expensas. No se apreciará falta de convivencia en los casos de separación transitoria y ocasional.

b.   No percibir ingresos superiores al doble del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).

c.      No tener protección a través de otro régimen del sistema español de Seguridad Social.

FECHA DE EFECTOS DEL ALTA

·La fecha de la presentación de la solicitud, siempre que se cumplan a esa fecha todos los requisitos y se haya aportado la documentación necesaria.

·Si se solicita el alta de un recién nacido de una madre mutualista: la fecha de nacimiento, siempre que la solicitud se realice dentro de su primer mes de vida.

·Si la persona beneficiaria consta de alta en otro régimen de la Seguridad Social con una situación renunciable: la fecha en la que se tramite el expediente.

BAJA DE  LA PERSONA BENEFICIARIA

Las personas mutualistas titulares están obligadas a solicitar la baja de sus personas beneficiarias cuando éstas dejen de cumplir algún requisito. Es decir:

·Cuando dejen de convivir con la persona titular y a sus expensas.

·Cuando causen alta en el derecho a prestación de asistencia sanitaria por otro régimen de la Seguridad Social, salvo que dicho derecho esté asociado a prácticas formativas o académicas.

·Cuando perciban ingresos superiores al doble del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).

Convocatoria concurso de traslados de Letrados A.J.

 

En el BOE de hoy se publica la Orden PJC/118/2026, de 20 de febrero, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

El plazo de presentación de instancias será de DIEZ DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente a la publicación en el BOE y se cumplimentarán, con carácter obligatorio, por medios telemáticos a través del asistente de inscripción, accesible a través del Punto de Acceso General de la Administración de Justicia www.administraciondejusticia.gob.es (Área Privada - Escritorio de trabajo - Aplicación AINO@).

Convocatoria concursos específicos y libre designación en Andalucía

 

En el BOE de hoy se publican dos convocatorias de concurso específico y otra de libre designación en el ámbito de la comunidad autónoma de Andalucía.

  • Resolución de 16 de febrero de 2026, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
  • Resolución de 16 de febrero de 2026, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en Oficinas Judiciales de los partidos judiciales de Algeciras, Almería, Arcos de la Frontera, Cádiz, Granada, Jaén, Jerez de la Frontera, La Línea de la Concepción, Málaga, Motril, Palma del Condado, Sevilla, Utrera y Vera.
  • Resolución de 17 de febrero de 2026, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

En las tres convocatorias, las solicitudes se presentarán en el PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o desde la publicación en el BOE. En caso de no publicarse simultáneamente se estará a lo recogido en la respectiva convocatoria

20 febrero 2026

Convocatoria Comisiones de servicios en Aragón

 

En la intranet de justicia de Aragón se ha publicado la convocatoria 2/2026 de puestos vacantes a cubrir mediante comisión de servicios.

El plazo de presentación de solicitudes va del 20 AL 26 DE FEBRERO, ambos inclusive, ajustadas al modelo que se adjunta como Anexo I de la Instrucción de 18 de junio de 2021 de la Dirección General de Justicia por la que se establecen criterios de gestión para la provisión temporal mediante comisión de servicios de puestos vacantes en órganos de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón, enumerando, por orden de preferencia, los puestos que se solicitan. 

El escrito de solicitud deberá remitirse en formato electrónico y con firma digital a la dirección de correo personal.justicia@aragon.es.

El informe al que se refiere el apartado cuarto de la Instrucción (informe favorable del responsable de la unidad o centro de destino de origen de la persona solicitante y, en caso de estar destinado en un centro de fuera de la comunidad autónoma de Aragón, el informe de conformidad de la comunidad autónoma de origen) deberá ser aportado conjuntamente con la solicitud.

Listados provisionales fase de concurso promoción interna P.A. 2024


En la página Web del Ministerio se publica el Acuerdo del Tribunal de la promoción interna para acceso al cuerpo de Tramitación P.A., convocado por Orden PJC/1436/2024, por el que se publica la relación de aspirantes con la valoración provisional de méritos, con indicación de la puntuación obtenida en cada apartado y la puntuación total. 

Se abre un PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación para que las personas aspirantes puedan efectuar las alegaciones pertinentes. 

Se comunica que no serán comprobadas las alegaciones presentadas relativas a aquellos méritos cuya puntuación haya llegado a la máxima posible. 

Las alegaciones y su justificación se realizarán exclusivamente de forma telemática mediante el aplicativo informático, al que podrán acceder pulsando en la siguiente URL, y siguiendo los pasos que se le indiquen en el Manual de Instrucciones que se publica al efecto junto a este Acuerdo:

https://pubwebseal.justicia.es/sap/public/sap/bc/webdynpro/sap/zasis_co_pi_acceso

    19 febrero 2026

    Derecho al cobro de una compensación económica en caso de cese del funcionario interino tras los procesos de estabilización

    La toma de posesión de los compañeros del Cuerpo de Tramitación que han sido nombrados funcionarios titulares en el proceso de estabilización, concurso de méritos, llevará aparejada el cese de los funcionarios interinos que hasta ese momento estaban ocupando los puestos de trabajo que han sido adjudicados.

    Pues bien, el artículo 2.6 de la citada Ley 20/2021 señala lo siguiente:

    "Corresponderá una compensación económica, equivalente a veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades, para el personal funcionario interino o el personal laboral temporal que, estando en activo como tal, viera finalizada su relación con la Administración por la no superación del proceso selectivo de estabilización."

    (...)

    "La no participación del candidato o candidata en el proceso selectivo de estabilización no dará derecho a compensación económica en ningún caso."

    La ley reconoce el derecho al cobro de una indemnización, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

    Haber participado en el proceso selectivo de concurso de méritos en el Cuerpo de Tramitación.

    No haber superado el proceso selectivo, de forma que no se haya obtenido plaza.

    Cesar como consecuencia de la toma de posesión de aquellos opositores que sí han obtenido plaza y han sido nombrados funcionarios titulares.

    El citado artículo opera también para el Cuerpo de Gestión y Auxilio Judicial, cuando llegue su momento, así como para el proceso selectivo de concurso-oposición, también cuando llegue el momento.

    Tras el requerimiento del Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ- el Ministerio se ha pronunciado, indicando que no abonará la compensación económica de oficio, sino que rige el Principio de petición, es decir, que el funcionario tendrá que iniciar la vía administrativa en reclamación de cantidades, y que estudiará caso por caso porque se plantean dudas respecto de algunos supuestos.

    Desde el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ- proporcionaremos a los afiliados el escrito de inicio de la vía administrativa reclamando las cantidades que correspondan en el supuesto de cumplir con los requisitos anteriormente señalados.

    El plazo de reclamación de cantidades en el Derecho Administrativo laboral prescribe a los cuatro años desde que se produzca el hecho causante. El hecho causante se produce en el momento del cese.

    Por lo tanto, todos aquellos afiliados presentes y futuros que quieran iniciar la vía administrativa en reclamación de la cantidad que le pudiera corresponder, en virtud del artículo 2.6, tienen a su disposición el escrito para presentar ante la Administración e iniciar la vía administrativa en reclamación de cantidades.

    Publicación BOE nombramiento y adjudicación destinos concurso de méritos Tramitación P.A. 2022

    En el BOE de hoy se publica la Orden PJC/103/2026, de 9 de febrero, por la que se nombra personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, a las personas que han superado el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

    Así mismo se publica la Orden PJC/104/2026, de 9 de febrero, por la que se otorga destino por el ámbito no transferido al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

    Las personas funcionarias del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia a las que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable de la oficina judicial de destino dentro del PLAZO DE VEINTE DÍAS HÁBILES contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden.

    Las personas funcionarias destinadas en virtud de esta Orden, que pertenezcan ya como titulares al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. 

    En caso de que las personas funcionarias optaren por ingresar en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Esto días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio .

    Las personas funcionarias interinas que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular

    ADJUDICACIONES DE COMUNIDADES TRANSFERIDAS:

    *Como ya adelantamos, no se ha publicado la adjudicación de plazas en la comunidad de Andalucía

    18 febrero 2026

    Convocatoria Comisiones de servicio en Galicia

    Se ha publicado en la página Web de la comunidad de Galicia Resolución de la Dirección General de justicia de esa comunidad por la que se ofertan puestos de trabajo a cubrir por comisión de servicio.

    El plazo de presentación de solicitudes es de CINCO DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de la resolución (18 de febrero) y se hará a través del formulario electrónico en la Oficina Virtual del Personal de la Administración de Justicia (OPAX).

    A la solicitud se acompañará  el informe del responsable funcional del órgano, servicio o unidad en la que se encuentre destinado el funcionario peticionario y, cuando se trate de funcionarios destinados en otras Comunidades Autónomas con competencias asumidas en materia de justicia, o en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia, el informe favorable del órgano correspondiente del Ministerio o comunidad transferida. De no ser posible, se deberá acreditar que se ha realizado la solicitud de dicho informe.

    Concurso de méritos Auxilio Judicial 2022: Nuevo listado complementario de aprobados

    En la página Web del Ministerio se ha publicado Acuerdo del Tribunal calificador del concurso de méritos para ingreso en el cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1288/2022, por el que se publica nota informativa junto con el listado de las personas que han renunciado al proceso selectivo, así como aquellos que no podrán ser nombrados al no haber presentado la documentación requerida dentro del plazo habilitado conforme establece la Base 8.3.

    Se requiere a las personas aspirantes incluidas en la relación complementaria de diciembre de 2025, para presentar la documentación acreditativa señalada en el Anexo I (Documentación y Declaración de incompatibilidad), en un PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES, desde el día siguiente a la publicación (18 de febrero), a través del correo electrónico: procesos.selectivos@mjusticia.es

    Turno libre Gestión P.A. 2024: Propuesta de aprobados

    En la página Web del Ministerio se publica el Acuerdo del Tribunal del turno libre para acceso al cuerpo de Gestión procesal y administrativa, convocado por Orden PJC/64/2024, por el que se remite la propuesta de aspirantes que superan el citado proceso selectivo, tanto la relación total ordenada por la puntuación obtenida, como los listados de opositores aprobados por sede.