09 enero 2025

 

Acuerdo de garantías en el proceso de implantación de los Tribunales de Instancia y para la negociación del Real Decreto de carrera profesional.

HOJA INFORMATIVA EN PDF

·         Una vez recibidos los informes favorables oportunos, se ratifica el Preacuerdo suscrito en julio con el Ministerio de Justicia.

·         Se garantizan las retribuciones, guardias, puestos de trabajo actuales incluidos los refuerzos que consoliden en plantilla o RPT, se garantiza la movilidad exclusivamente voluntaria, así como la voluntariedad en los procesos de acoplamiento a los nuevos puestos de trabajo.

·         Fruto del acuerdo, la ley eleva del 30% al 50% la reserva de plazas para la promoción interna.

      ·         Igualmente, se incluye en la ley una Disposición adicional con la regulación básica del teletrabajo.


Este 8 de enero ha tenido lugar en el Ministerio de Justicia la firma del Acuerdo ratificando el Preacuerdo suscrito en julio, por el que se fijan garantías para el personal en el proceso de implantación de los Tribunales de Instancia previstos en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. Las enmiendas introducidas en el texto definitivo de la ley tras el preacuerdo de julio, junto con la modificación del Reglamento de Ingreso, actualmente en trámite, se garantizan derechos y retribuciones del personal durante la transición al nuevo modelo organizativo ya aprobado. Asimismo, se asegura el mantenimiento de los puestos de trabajo, la no amortización de plantillas y la voluntariedad en el proceso de acoplamiento a las nuevas oficinas.

Se incluyen además mejoras en materia de promoción interna, teletrabajo entre otras materias, y abre, por fin, la negociación del Real Decreto de carrera profesional, de aplicación en todo el Estado y que supondrá la percepción, a medio plazo, del complemento correspondiente.

El acuerdo es el resultado de la negociación de los aspectos de la ley de eficiencia organizativa que afectan directamente a las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia. Esta negociación ha sido posible únicamente gracias a la insistencia de STAJ para que se convocara la mesa sectorial con este fin, negociación que tuvo lugar durante el segundo trimestre de 2024.

Lo logrado es sumamente positivo por lo que supone de mitigación de los perniciosos efectos que iba a suponer la aplicación de la ley de eficiencia, cuyo proyecto original constituía el mayor ataque que se recuerde a los derechos de los funcionarios de Justicia, con posibles pérdidas de puestos de trabajo e incluso de retribuciones.

Además, se recogen mejoras largamente reclamadas por STAJ, como son la determinación de la negociación del RD de carrera profesional, elevación al 50% de la reserva plazas para promoción interna, la regulación básica del teletrabajo o la negociación del Reglamento del Registro Civil, entre otras cuestiones.

Resumimos a continuación los aspectos principales del Acuerdo:

Promoción interna.-

Se eleva del 30% actual, al 50% la reserva de plazas para la promoción interna.

Teletrabajo.-

Regulación básica incluida como Disposición adicional en la ley de eficiencia. Esto permitirá su desarrollo en todos los ámbitos, que ya no podrán ampararse en que no hay regulación estatal, para seguir negándola.

Carrera profesional.-

Se convocará mesa sectorial durante el primer semestre de 2025 para proceder a la negociación del Real Decreto que la regule en aplicación del artículo 519.3 de la LOPJ.

Registro Civil.-

Se procederá a la negociación de las RPTs de las oficinas de Registro Civil, incluido el Registro Civil Central, y se negociará con los sindicatos los aspectos del Reglamento del Registro Civil que afecten a condiciones de trabajo del personal.

Revisión grupo IV (Juzgados de Paz).-

Se negociará durante el segundo semestre de 2025 la revisión del grupo IV (actuales Juzgados de Paz) con objeto de eliminar las diferencias retributivas con el resto de grupos.

En materia de Ley de eficiencia.-

Obligación de negociación de las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPTs) de las nuevas oficinas.- Las oficinas solo se podrán poner en marcha una vez acoplado el personal a los nuevos puestos, tras la negociación de las correspondientes Relaciones de Puestos de Trabajo. En el proyecto original se contemplaba la transformación automática, sin negociación.

Plantillas.- Se garantiza que las plantillas y RPTs vigentes (donde las haya), más las plazas que se puedan crear hasta el acoplamiento por consolidación de refuerzos, no sufrirán amortización alguna.

Retribuciones complementarias fijas.- Se garantiza el mantenimiento de las retribuciones complementarias fijas sea cual sea su cuantía y concepto, aunque el personal con ocasión del proceso de acoplamiento no pudiese ser confirmado en un puesto con similares características y pasase a ocupar un puesto genérico con retribuciones complementarias inferiores. Esas retribuciones no pueden ser objeto de compensación ni absorción y se mantienen mientras no se produzca un cambio de puesto de forma voluntaria.

Guardias.- Se garantiza que el personal que venga realizando guardias continúe realizándolas -y cobrándolas- con la misma frecuencia con que las viene realizando ahora, mientras no cambie voluntariamente de puesto, y aunque en el acoplamiento no fuere confirmado en un puesto que la lleve aparejada, en contra de su voluntad.

Estructura de la oficina judicial.- A efectos de provisión de puestos y asignación de funciones, se garantiza que en las RPTs los puestos de trabajo se identificarán según el centro de destino a que pertenezcan y dentro de ellos, a las áreas que se constituyan dentro de los servicios comunes -con independencia de su número de efectivos-, así como a los equipos según se determine en la RPT -y en todo caso si estos tienen una dotación de 50 o más funcionarios-. Se garantiza además que habrá obligatoriamente al menos un área si la sección correspondiente del tribunal tiene doce o más jueces, pero se posibilita que puedan existir más áreas en función de otros parámetros. Esto permitirá optar a diferentes puestos de trabajo dentro de los centros de destino, mediante la participación en concursos de traslado o cualquier otro mecanismo ordinario o extraordinario de provisión. Esto no sería posible sin este Acuerdo, pues la intención inicial de Ministerio era que las áreas y equipos se constituyeran en todo caso sólo a efectos funcionales, de manera que dependería del LAJ director la adscripción a un área o equipo y por tanto la asignación de tareas.

También se identificarán a los mismos efectos los puestos pertenecientes a los servicios comunes de tramitación de la Audiencia Nacional y las Audiencias Provinciales, diferenciándolos de los servicios comunes de los Tribunales de Instancia respectivos, a pesar de que según el art. 521 constituirán conjuntamente un único dentro de destino.

Proceso de acoplamiento.- El acoplamiento del personal a los futuros puestos de trabajo se hará primando la voluntariedad, sin que pueda producirse un cambio de localidad salvo voluntad expresa del personal afectado.

STAJ, 8 de enero de 2025

 

Plantillas definitivas Exámen de incidencias Tramitación turno libre

En la página Web del Ministerio se publica el acuerdo del Tribunal Calificador Único del turno libre para acceso al cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa convocado por Orden PJC/64/2024, de 25 de enero. por el que se publican las plantillas definitivas de respuestas válidas correspondientes al primer, segundo y tercer ejercicios, del examen de incidencias realizados en un mismo acto el día 12 de diciembre de 2024, así como los cuadernillos de preguntas de los tres ejercicios.

 

 

Estabilización Concurso de méritos 2022 Auxilio Judicial: Convocatoria examen de valenciano

En la página Web del Ministerio se comunica que la prueba de comocimiento de valenciano del concurso oposición para acceso al cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1288/2022, se celebrará a las 9.00 horas del próximo martes 28 de enero en el Salón de Actos del Edificio B de la Ciudad Administrativa de Valencia (46018).

 

03 enero 2025



MUGEJU: Información sobre el concierto de asistencia sanitaria y cambios de entidad médica

El viernes 27 de diciembre se procedió a adjudicar el nuevo concierto sanitario 2025-2026 a las Entidades Médicas ASISA, ADESLAS y NUEVA MUTUA.

Una vez transcurrido el plazo establecido por la normativa vigente, se procederá a la formalización de los respectivos acuerdos con las entidades adjudicatarias.

A fin de salvaguardar el interés general, desde la Mutualidad General Judicial se ha acordado la continuidad del servicio, en aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público. Así, el 31 de diciembre de 2024 por la Gerencia se firmó la continuidad del contrato 2022-2024 y se publicó en la plataforma de contratación pública, quedando de esta manera garantizada la asistencia sanitaria de todos los mutualistas, hasta la formalización del nuevo contrato.

Recordamos que, tal y como establece la cláusula 8.1.2 del concierto en vigor actualmente (2022-2024) DKV, SANITAS y MAPFRE deberán prestar asistencia sanitaria a mutualistas de MUGEJU hasta el 31 de enero de 2025, con las excepciones recogidas en dicha cláusula:

“8.1.2. Si la Entidad no suscribiera un nuevo concierto con MUGEJU para 2025, continuará obligada por el contenido del presente concierto, para el colectivo que tuviera adscrito al treinta y uno de diciembre de 2024, hasta el treinta y uno de enero de 2025.

Además, si a treinta y uno de enero de 2025 estuviese prestando una asistencia en régimen de hospitalización o una asistencia por maternidad, cuando el parto estuviese previsto para el mes de febrero, la Entidad quedará obligada a seguir prestando la asistencia en régimen de hospitalización o la asistencia por maternidad hasta el día en que, respectivamente, se produzca el alta o se concluya la asistencia por maternidad, respectivamente. En el supuesto de que la necesidad de hospitalización se prolongue, la Entidad asumirá la cobertura hasta la finalización del mes de junio de 2025, fecha a partir de la cual la nueva Entidad de adscripción asumirá la cobertura.

Está obligación se extiende únicamente a los supuestos de hospitalización que conlleven internamiento y a los supuestos de hospitalización domiciliaria”.

Debido al retraso producido en el proceso de contratación, se prevé que el nuevo concierto sanitario para los años 2025 y 2026 entre en vigor en febrero, y no en enero, como estaba previsto inicialmente. Esto significa que las entidades de seguro no están obligadas a presentar los catálogos actualizados de proveedores hasta el 20 de enero.

Dada la importancia para los mutualistas de conocer los catálogos de proveedores antes de elegir una entidad médica, desde la Gerencia de MUGEJU se ha decidido abrir un segundo período de cambio de entidad médica, que tendrá lugar durante el mes de febrero, y que será adicional al período de cambio ordinario del mes de enero.

Por tanto, en 2025 habrá 2 plazos para solicitar cambio de entidad:

1º) ENERO DE 2025: CAMBIO ORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA. La solicitud se podrá realizar durante el mes de enero y el cambio será efectivo a partir del 1 de febrero de 2025. Opciones:

  • INSS (sistema público de salud)
  •  ASISA
  • ADESLAS
  • NUEVA MUTUA SANITARIA

Es MUY IMPORTANTE que las personas mutualistas adscritas actualmente a DKV, SANITAS o MAPFRE soliciten el cambio de entidad médica en ENERO, puesto que dichas entidades no prestarán asistencia sanitaria a los mutualistas a partir de la entrada en vigor del nuevo concierto.

 

2º) FEBRERO DE 2025: CAMBIO EXTRAORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA. La solicitud se podrá realizar durante el mes de febrero y el cambio será efectivo a partir del 1 de marzo de 2025. Opciones:

  • INSS (sistema público de salud)
  • ASISA
  • ADESLAS
  • NUEVA MUTUA SANITARIA

Cada mutualista titular podrá realizar en total 2 solicitudes de cambio de entidad médica: una solicitud en enero y una solicitud en febrero. Dentro de cada período de cambio (enero o febrero), no se permitirá modificar la solicitud una vez realizada, por lo que recomendamos a los mutualistas que se aseguren de que la entidad indicada en el formulario es la correcta.

 

Las solicitudes deberán realizarse, preferentemente, a través de la sede electrónica de MUGEJU 

En el siguiente enlace puedes consultar una hoja explicativa con capturas de pantalla para realizar la solicitud de cambió de Entidad Médica.

 

HOJA EXPLICATIVA CAMBIOS DE ENTIDAD MÉDICA MUGEJU

  

 

INFORMACIÓN SOBRE CAMBIOS DE ENTIDAD MÉDICA

 

COMUNICACIÓN DE MUGEJU

30 diciembre 2024

Publicadas en el BOE las relaciones de aprobados concurso de méritos Tramitación P.A. y Auxilio Judicial 2022

En el BOE de hoy se publican sendas resoluciones por las que se publican las relaciones de aprobados de los procesos selectivos de estabilización por concurso de méritos para acceso a los cuerpos de Tramitación P.A. y Auxilio Judicial.

Orden PJC/1497/2024, 23 de diciembre, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo extraordinario para acceso, por el sistema general de acceso libre, por el sistema de concurso, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

Orden PJC/1496/2024, de 19 de diciembre, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo extraordinario para acceso, por el sistema general de acceso libre, por el sistema de concurso, al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1288/2022de 22 de diciembre.

En el PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, desde la publicación de ambas órdenes, los aspirantes que figuran en el respectivo anexo I presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28071 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos, la documentación que figura en las resoluciones.

La petición de destinos se realizará de acuerdo con las instrucciones contenidas en la Resolución de la Directora General para el Servicio Público de Justicia que oferte vacantes a las personas aspirantes aprobadas

23 diciembre 2024

 


Auxilio judicial: concurso oposición, valoración definitiva méritos

El Ministerio ha publicado en su web  la valoración de méritos de concurso oposición de Auxilio Judicial :

 

ACUERDO TCU MERITOS DEFINITIVOS AJ

MERITOS DEFINITIVOS AUXILIO LIBRE 1327

 

MUGEJU: desestimado el recurso presentado por la asociación médica profesional UNIPROMEL y levantada la suspensión cautelar del Convenio sanitario 2025-2026 

El tribunal de contratación que había acordado la suspensión cautelar del Convenio sanitario para los años 2025 y 2026 ha desestimado el recurso presentado por la asociación médica profesional UNIPROMEL y ha alzado la medida cautelar de suspensión.

La mesa de contratación se reunirá esta semana para continuar con la tramitación del procedimiento y la firma del Convenio para la asistencia sanitaria durante los años 2025 y 2026 con las entidades médicas; ASISA, ADESLAS y NUEVA MUTUA SANITARIA.

De esta forma estas entidades podrán publicar los cuadros médicos y el cambio de mutua podrá hacerse en el periodo previsto del 1 al 31 de enero. 

Os recordamos que no suscriben  el convenio ni MAPFRE, NI SANITAS, ni DKV, que el 31 de enero dejarán de prestar asistencia sanitaria.

 

En el momento en el que tengamos más información os la trasladaremos.

 

 

20 diciembre 2024

 ÚLTIMA HORA. Aprobación modificación Reglamento LAJs y del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia

Conseguida la reivindicación histórica de STAJ de reserva de plaza a los gestores que sustituyen a LAJ.

El Ministerio nos acaba de remitir texto aprobado del RD, que contiene la siguiente Disposición adicional cuarta.

"Al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa nombrado Letrado o nombrada Letrada de la Administración de Justicia sustituto o sustituta, se le RESERVARÁ, durante el tiempo que ocupe dicho cargo, el puesto cuya titularidad ostentara con anterioridad a dicho nombramiento, pudiendo ser cubierto éste temporalmente mediante adscripción provisional, comisión de servicio o sustitución".

En el siguiente enlace puedes consultar el RD

Real Decreto por el que se modifican el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales aprobado por el Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre; el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre; el Real Decreto 769/1987, de 19 de junio, sobre regulación de la Policía Judicial; y el Real Decreto 1184/2006, de 13 de octubre, por el que se regula la estructura, composición y funciones de la Comisión Nacional de Estadística Judicial.

 ESTABILIZACIÓN CONCURSO MERITOS TPA: RELACIÓN DE ASPIRANTES QUE SUPERAN EL PROCESO SELECTIVO. 

El Ministerio de Justicia ha publicado en su web el acuerdo del tribunal calificador único por el que se corrigen los errores materiales advertidos y se publica la relación de aspirantes que superan el proceso selectivo. 

ACUERDO ELEVACIÓN DE APROBADOS TRAMITACIÓN Y CORRECCIÓN DE ERRORES.pdf

LISTADO COMPLETO DE OPOSITORES POR APELLIDO.pdf

PUBLICACIÓN CORRECCIÓN DE ERRORES.pdf


ANDALUCÍA TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

ANDALUCÍA SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

ARAGÓN TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

ARAGÓN SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

ASTURIAS TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

ASTURIAS SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

CANARIAS TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

CANARIAS SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

CATALUÑA TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

CATALUÑA SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

LA RIOJA TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

LA RIOJA SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

MADRID TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

MADRID SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

MINISTERIO TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

MINISTERIO SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

NAVARRA TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

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PAÍS VASCO TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

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VALENCIA TODOS_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf

VALENCIA SUPERAN_TRAMITACIÓN CONC1288.pdf