18 noviembre 2024

 

Regulación básica del teletrabajo a nivel nacional

Aunque en un primer momento, después de un vistazo muy rápido al texto de 279 páginas aprobado ayer por el Congreso, no encontramos la regulación básica del teletrabajo en la Ley de Eficiencia, SI SE REGULA, en los términos que siguen.

La regulación básica a nivel nacional del teletrabajo en la Administración de Justicia se ha introducido en una disposición adicional (la décima) en la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia aprobada en el día de ayer por el Congreso de los Diputados, por lo que a partir de su entrada en vigor, corresponde a las Comunidades Autónomas, previa negociación con los sindicatos, desarrollar esa normativa y aprobarla definitivamente.  

A continuación os dejamos la disposición adicional décima que regula el teletrabajo en la Ley de Eficiencia:

Disposición adicional décima. Regulación básica sobre teletrabajo en el ámbito de la Administración de Justicia.

 1. Se considera teletrabajo aquella modalidad de prestación de servicios a distancia en la que el contenido competencial del puesto de trabajo puede desarrollarse, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, fuera de las dependencias de la Administración, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación.

 2. La prestación de los servicios en la modalidad de teletrabajo tiene carácter voluntario y reversible y deberá ser expresamente autorizada por la Administración competente en cada caso concreto. Además, será compatible con la modalidad presencial. Se realizará en los términos de las normas que se dicten en desarrollo de esta norma, siendo objeto de negociación colectiva en el ámbito correspondiente y contemplarán criterios objetivos en el acceso a esta modalidad de prestación de servicio.

 3. Se consideran puestos susceptibles de teletrabajo aquellos en los que la modalidad de servicios descrita en los apartados anteriores pueda ser ejercida a distancia, conforme a lo dispuesto en la presente disposición. El teletrabajo deberá contribuir a una mejor organización del trabajo a través de la identificación de objetivos y la evaluación de su cumplimiento.

 4. Con carácter general, y sin perjuicio de circunstancias excepcionales determinadas por la Administración competente, únicamente podrá autorizarse esta modalidad de prestación de servicios respecto de los puestos susceptibles de teletrabajo. No podrán ser ejercidas mediante la modalidad de teletrabajo las siguientes funciones que estén asociadas a determinados puestos:

a) Aquellas funciones cuya prestación efectiva solo quede garantizada con la presencia física de la persona funcionaria en el centro de trabajo. 

b) Los servicios y funciones habituales de los juzgados en turno de guardia que requieran la presencia física de la persona funcionaria.

 5. Para la prestación de los servicios en esta modalidad se utilizarán los medios tecnológicos y electrónicos definidos y proporcionados por la Administración competente que, sin alterar la prestación del servicio público de Justicia, ni los procedimientos y la gestión del trabajo de otros órganos afectados, garanticen el canal de comunicación y los protocolos de seguridad tecnológica admitidos.

6. Las personas funcionarias que soliciten prestar sus servicios en la modalidad de teletrabajo deberán encontrarse en servicio activo en la Administración de Justicia y contar con el tiempo de servicios continuados en el mismo juzgado, fiscalía, servicio o unidad que, previa negociación con las organizaciones más representativas, se determine por la Administración competente en materia de Justicia. Esa antigüedad en el puesto no será necesaria cuando se acredite la experiencia suficiente y adecuada por razón de la ocupación de puestos en anteriores centros de destino del mismo orden jurisdiccional, o de similar contenido competencial, acreditada por la Administración Pública con competencias en materia de personal.

 7. Las personas que desarrollen el contenido competencial del puesto de trabajo en la modalidad de teletrabajo, tendrán los mismos deberes y derechos, individuales y colectivos, que las que lo desarrollen de manera presencial.

 

OPOSICIONES 2022: PROCESOS SELECTIVOS DE ESTABILIZACIÓN DEL CONCURSO DE MÉRITOS Y CONCURSO OPOSICIÓN. NOTA INFORMATIVA SOBRE ENVÍO DOCUMENTACIÓN DE RENUNCIAS Y OTRAS SITUACIONES COMO LAS JUBILACIONES.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado la siguiente nota informativa relativa al concurso de méritos y concurso oposición de los diferentes procesos selectivos de estabilización (cuerpos generales y especiales):

"En relación con las dudas que han surgido sobre sobre la última fase de las convocatorias de estabilización, se informa de lo siguiente:

1.-Las convocatorias que se van a resolver en primer lugar son las de concurso. Por ello, las personas opositoras que han aprobado ambos procesos (tanto concurso como concurso-oposición) deberán necesariamente optar por uno de ellos comunicando al Tribunal Calificador su renuncia a la que no opten.

2.-De acuerdo con los requisitos de participación que figuran en todas las bases para poder ser nombrado funcionario de carrera, es imprescindible no haber alcanzado la edad legal de jubilación forzosa, que está establecida en la actualidad en 65 años para el régimen de clases pasivas y de 66 años y 6 meses para el régimen general. En este sentido, los interesados comunicarán al tribunal correspondiente cuando se encuentren en esa situación.

3.-Para agilizar los nombramientos y poder agilizar la incorporación de los nuevos aspirantes a las relaciones de propuestas de nombramientos, las renuncias por cualquier causa deben enviarse lo antes posible a las siguientes direcciones de correo indicando en el asunto el cuerpo por el que concurre:"

 

https://blogger.googleusercontent.com/img/a/AVvXsEjbEN7NaFA1o3jZkliDKZyPuGCwq7dAvKNqAFFXP4WwyOXkpfD_UBRLLxfq9k7LOu1KW4Od3ht5b7eumHE35Vq7qCth7wfhq2G87RyrHNGtk9lbH_o6WtrwiV7L-Psb5RTyRTagRyeHwgjbFywxyiBCSLe5jkYGZeTdAR5KXZFza0Jx2dp2NryK7VHetkqc=w450-h133

 

https://blogger.googleusercontent.com/img/a/AVvXsEicuOFmjUeR5cguLyzZchMUG4WWxwr2W4kQaN984hLTlfBbTVlhYRfArjWGvBo7L0-m1mAMcOaQGHMLewqeaLkXNw834TGrlaNZFBdSGS42K3W-yWu_ET8YVP4THfuzT7qdmeJZwryQJa1avn7qEm0GTTYpnvlZ6KIUebySdu5RlmirP99IdUKtISExD3WB=w465-h150



·                     Nota sobre procesos de estabilización 

Enlace a las diferentes convocatorias:

·                     GESTIÓN CONCURSO MÉRITOS 2022

·                     GESTIÓN CONCURSO-OPOSICIÓN 2022

·                     TRAMITACIÓN CONCURSO MÉRITOS 2022

·                     TRAMITACIÓN CONCURSO-OPOSICIÓN 2022

·                     AUXILIO JUDICIAL CON. MÉRITOS 2022

·                     AUXILIO JUDICIAL CON.-OPOSICIÓN 2022

·                     MÉDICOS FORENSES CON.MERITOS 2022 

·                     MÉDICOS FORENSES CON.OPOSICIÓN 2022 

·                     AYUDANTES DE LABORATORIO CON.OPOSICIÓN 2022 

·                     TÉCNICOS ESPECIALISTAS CON. OPOSICIÓN 2022 

·                     TÉCNICOS ESPECIALISTAS CON. MÉRITOS 2022 

·                     FACULTATIVOS INTCF CON. OPOSICIÓN 2022

·                     FACULTATIVOS INTCF CON. MERITOS 2022 

 

13 noviembre 2024

 

Ayudantes de Laboratorio: Relación aprobados proceso selectivo concurso oposición

En el BOE de 13 de noviembre se publica la Orden PJC/1264/2024, de 4 de noviembre, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para acceso por el turno libre, por el sistema selectivo de concurso oposición, al Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, convocado por Orden JUS/1320/2022, de 28 de diciembre.

En el PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, desde la publicación los aspirantes que figuran en el anexo I presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28071 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos, la documentación que figura en la Orden.

 

Nombramiento como funcionarios de carrera y adjudicación de destinos aprobados concurso de méritos Técnicos Especialistas y Ayudantes de Laboratorio del INTCF

En el BOE de 13 de noviembre se publican sendas resoluciones por las que se nombran funcionarios de carrera y se adjudican destinos a los aprobados de los concursos de méritos convocados en 2022 para acceso a los cuerpos de Técnicos Especialistas y Ayudantes de Laboratorio del INTCF.

·                    Orden PJC/1254/2024, de 28 de octubre, por la que se otorgan destinos y se nombra personal funcionario de carrera del Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

·                    Orden PJC/1255/2024, de 28 de octubre, por la que se otorgan destinos y se nombra personal funcionario del Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

En ambos casos, los funcionarios a los que se les otorga destino deberán tomar posesión ante el responsable del órgano de destino en el PLAZO DE VIENTE DÍIAS HÁBILES contados desde el siguiente al de la publicación de la Orden en el BOE.

 

Listas definitivas de méritos concurso oposición Técnicos Especialistas del INTCF

En la página Web del Ministerio se publica el acuerdo del Tribunal Calificador Único del concurso oposición para acceso al cuerpo de Técnicos Especialistas de Laboratorio, convocado por Orden JUS/1324/2022, por el que se publica la relación con la puntuación final de la fase de concurso.

Puntuación definitiva fase de concurso Técnicos Especialistas concurso oposición

 

Promoción interna LAJ: Aprobados fase de oposición y apertura fase de méritos

En la página Web del Ministerio se publica el acuerdo del Tribunal de la promoción interna al cuerpor de Letrados de la Administración de Justicia, convoocada por Orden PJC/215/24, por el que se hacer pública la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición.

Los aspirantes que han superado la fase de oposición disponen de un PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, desde el 13 de noviembre hasta el 26 de noviembre (ambos inclusive), para presentar la documentación acreditativa de los méritos a valorar en la fase de concurso.

·                    Aspirantes aprobados fase oposición Letrados A.J. promoción interna

 

TURNO LIBRE LAJ: Aprobados 1º ejercicio 

En la página Web del Ministerio se publica el acuerdo del Tribunal del turno libre de acceso al cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC215/24, por el que se hace pública la relación de aspirantes que han superado el primer ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo, celebrado el pasado día 19 de octubre de 2024.

El segundo ejercicio, de carácter oral dará comienzo el próximo DÍA 2 DE DICIEMBRE DE 2024 y se realizará en Madrid, sedes del Tribunal Supremo y Tribunal Superior de Justicia de Madrid. 

La convocatoria de los opositores se llevará a cabo con un mínimo de dos semanas de antelación, de lunes a jueves, convocándose tres opositores cada sesión. 

Relación aprobados 1º ejercicio Letrados A.J. turno libre

Relación convocados 2º ejercico Letrados A.J. turno libre

 

Convocatoria concurso específico en el País Vasco

En el BOE de hoy se publica la Orden de 28 de octubre de 2024, del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, por la que se convoca concurso específico en razón de puesto y/o idioma, para la cobertura de los puestos singularizados de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y en el BOE. Si no se lograra la simultaneidad de publicaciones, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Para la presentación de la solicitud de participación y, en su caso, de la documentación que se acompañe a la misma, así como para la alegación y acreditación de los méritos y para la elección de destinos, se utilizará el formulario electrónico elaborado al efecto, que estará disponible en www.euskadi.eus/servicios/10844

Para realizar estos trámites el personal funcionario participante deberá utilizar los certificados de firma electrónica admitidos por el Gobierno Vasco, siendo estos los que se recogen en https://www.euskadi.eus/medios-de-identificacion-electronica-admitidos/web01-sede/es/

 

11 noviembre 2024


STAJ reclama ante el Secretario de Estado la revisión del Complemento General de Puesto

CONSULTA LA HOJA INFORMATIVA EN PDF

·     STAJ se manifiesta en las jornadas del "DATAFORUM" de Granada.

Delegados y delegadas de STAJ hemos estado hoy en las jornadas del “DATAFORUM” que se celebran en Granada. Tras la intervención del Secretario de Estado, Manuel Olmedo, hemos intentado interpelarle para instarle una vez más a la revisión del complemento general de puesto por el estuvimos en huelga varios meses en 2023, reivindicación que para STAJ no ha terminado a pesar de que dos sindicatos cerraran en falso el conflicto al firmar con el Ministerio un acuerdo que dejaba fuera a la mayor parte del personal al servicio de la Administración de Justician, trasladando inexplicablemente el conflicto a las Comunidades Autónomas para que cada uno se las apañase como pueda.

Ante la negativa a dejarnos hablar, nos hemos levantado y mostrado carteles exigiendo la negociación del Complemento General de Puesto.

Tras el acto, nos hemos reunido con el Secretario de Estado y con la Secretaria General de Innovación, a quienes hemos trasladado personalmente nuestras reivindicaciones nacionales.

Aunque sobre el complemento General de Puesto el Ministerio mantiene su postura de no negociar nada, los responsables ministeriales sí se han comprometido con STAJ a iniciar la negociación del Real Decreto de carrera profesional en el mes de enero, dando así cumplimiento inmediato a lo acordado 

PARA STAJ, LA LUCHA POR EL COMPLEMENTO GENERAL DE PUESTO Y EL RECONOCIMIENTO DE FUNCIONES CONTINÚA




 

MUGEJU: NUEVO CONCIERTO DE ASISTENCIA SANITARIA 2025-2026

CONSULTA LA HOJA EN PDF

Una vez finalizado el plazo de licitación, os informamos que han presentado propuesta para el nuevo Concierto de asistencia sanitaria 2025-2026 con MUGEJU las siguientes entidades:                                                                                                            

·         Asisa, Asistencia Sanitaria Interprovincial de Seguros, SAU.

·         Segurcaixa Adeslas, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.

·         Nueva Mutua Sanitaria del Servicio Médico, Mutua de Seguros Prima Fija.

Ahora procede realizar el análisis del cumplimiento de los requisitos y, en su caso, dar plazo para subsanación de defectos para la posterior firma del nuevo Concierto a fin de facilitar las prestaciones de asistencia sanitaria a los mutualistas y demás beneficiarios de MUGEJU, en todo el territorio nacional. 

Las entidades

·         DKV, Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima Española.

·         Mapfre España, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA.

·         SANITAS, Sociedad Anónima de Seguros.

No han presentado propuesta para la licitación y dejarán de prestar la asistencia sanitaria a partir del 1 de febrero de 2025.

 

Recordamos que el plazo para solicitar el cambio ordinario de entidad a todos aquellos que quieran o se vean obligados a cambiar de entidad ES DEL 1 AL 31 DE ENERO DE 2025 y surtirá efectos desde el día 01/02/2025.

Os adjunto el enlace al impreso de cambio ordinario de entidad médica de la web de MUGEJU

·                     Cambio ordinario de entidad médica

 

 

Estabilización Concurso de méritos Auxilio Judicial: Listados definitivos de méritos

En la página Web del Ministerio se publica el acuerdo del Tribunal Calificador Único del concurso de méritos para acceso al cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1288/22, por el que se publican los listados definitivos de méritos por cada uno de los ámbitos territoriales. Las listas de aprobados definitivas se publicarán en la misma web  posteriormente.