DESCUENTOS
HUELGA DELEGADOS STAJ QUE SE INICIA EL PRÓXIMO 17 DE ABRIL.
A continuación podéis consultar el escrito presentado por los Delegados Sindicales del
Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ- , en
la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Castilla la Mancha alea solicitando el descuento correspondiente a la huelga que se iniciará el próximo
día 17 de abril del 2023.
Como Sindicato
representativo en el ámbito de la Administración de Justicia en todo el
Territorio Nacional, y Sindicato convocante de la huelga, es de obligación que
los delegados sindicales del Sindicato de Trabajadores de la Administración de
Justicia, -STAJ-, dejemos claro al conjunto de los compañeros
que solicitamos que los días de huelga se proceda a descontar de nuestras
nóminas la parte que corresponde a esos días de huelga, para evitar malos
entendidos y falsos rumores.
Respecto de la
cuantía de los descuentos de la huelga.
Cada persona tiene
sus propios descuentos porque va en función del salario que tenga.
Hay que coger el
salario mensual y dividirlo entre los días naturales que tenga ese mes. Ese es
el salario diario.
Si la huelga es
parcial (no jornada completa) pues hay que dividir el salario diario entre las
siete horas y media de trabajo diario. Ese es el salario por hora.
A esa cantidad hay
que multiplicarla por las horas de huelga (de 10:00h a 13:00h, son 3 horas),
excepto el día 19 de abril que es huelga de jornada completa.
El resultado de
multiplicar el salario por hora, por las horas de la huelga (3 horas de huelga,
excepto el día 19 que es jornada completa), es lo que te descuentan por
día de huelga.
La huelga también se
refleja en las pagas extras.
Estamos devengando
la paga extra del mes de junio, que son 181 días de devengo (tened en cuenta
que uno de los complementos de la paga extra empieza a devengar en diciembre y
el otro en enero, es decir, hay un complemento que empieza a devengar un mes
antes que el otro, tanto en la paga esa de diciembre como la de junio)
La paga extra de
junio hay que dividirla entre 181, y esa es la cantidad de devengo diario por
siete horas y media de trabajo.
Como la huelga es de
tres horas, pues hay que dividir esa cantidad de devengo diario de la paga
extra entre siete horas y media, y esa es la cantidad de devengo de la paga
extra por hora trabajada durante los 181 días.
A esa cantidad la
multiplicamos por tres horas (duración de la huelga), y es la cantidad que nos
descuentan por cada día de devengo de la paga extra.
La suma de ambas
cantidades será el descuento de la huelga.
A pesar de que la
huelga comienza el mes de abril, la nómina del mes de abril no se va a ver
afectada, puesto que ya está cerrada, esa nómina se cobrará íntegra.
Y mucha prisa se
tendrían que dar en el Ministerio para que se vea afectada la nómina del mes de
mayo; normalmente los descuentos suelen ser un par de meses después del comienzo
de la huelga, es decir, la primera nómina en la que se recogerían los
descuentos podemos presuponer que será la nómina de junio, coincidente con la
paga extra, por lo tanto los efectos se verán minimizados.
Además, la cantidad que haya que descontar no se descuenta en un sólo
descuento, en una sola nómina, sino que lo normal (tal como ha
ocurrido en otras huelgas de carácter indefinido, tanto en ámbito ministerio
como en ámbitos transferidos), es que se prorratee entre los meses
futuros, de forma que no hay tanto perjuicio. Esos descuentos se
podrán ver compensados con la esperada subida que podamos obtener con este
conflicto laboral y por lo tanto perjuicio económico se minimice aún más.
Escrito descuento huelga