14 diciembre 2022

MODELO LEY ORGÁNICA DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA (LOEO)

En el siguiente enlace se puede acceder al documento que nos remitió el Ministerio con la presentación que se hizo el pasado 18 de noviembre, sobre el "Nuevo Modelo de Organización del Servicio Público de Justicia".

A pesar de que por fin, casi un mes después, se nos ha entregado este documento, aún no se ha mantenido ni una sola reunión para negociar ese modelo que, como puede verse, el Ministerio lo tiene más que elaborado; lo cual, unido a que hay más documentación relativa a la relaciones de puestos de trabajo que el Ministerio sigue ocultando a las organizaciones sindicales, se confirma no sólo que el Anteproyecto de Ley no fue negociado, sino que se deja muy poco margen a la negociación posterior de esas Relaciones de Puestos de Trabajo.

Por ello STAJ mantiene las movilizaciones convocadas junto con CSIF, CCOO, UGT y CIG.

VIERNES 16 DE DICIEMBRE, ACUDE A LA CONCENTRACIÓN POR UNA NEGOCIACIÓN REAL DE LA LOEO Y DE NUESTRAS CONDICIONES DE TRABAJO.

13 diciembre 2022

CONVOCATORIA OPOSICIONES OEP 2020-21-22 TURNO LIBRE Y LISTADOS PROVISIONALES DEL CONCURSO DE TRASLADO

En el marco de la Mesa sectorial celebrada el 12 de diciembre, en la que están representados los sindicatos STAJ, CCOO, UGT, CSIF, CIG y ELA, el Ministerio de Justicia nos informa que el próximo día 19 de diciembre de 2022 se publicará la convocatoria de las oposiciones por turno libre correspondiente a las OEP acumuladas de 2020, 2021 y 2022, para los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial.

Igualmente, nos indican que el viernes día 16 o el lunes 19 de diciembre se publicarán los listados provisionales del concurso de traslado ordinario correspondiente a 2022.

CONVOCATORIA MESA SECTORIAL SOBRE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LOEO

El Ministerio de Justicia ha convocado a STAJ y resto de sindicatos representativos a nivel nacional, a Mesa Sectorial con el siguiente orden del día: "Entrada en vigor de la LOEO y actuaciones a desarrollar inmediatamente después. Plazos y consecuencias".

El Ministerio da respuesta al escrito que STAJ, junto con el resto de sindicatos representativos, presentamos el pasado 7 de diciembre exigiendo negociación de todos los aspectos que la futura LOEO tendrá en nuestras condiciones de trabajo.

STAJ considera que se deben de mantener las movilizaciones previstas para los próximos días ya que el contenido de la mesa señalada para el día 13 nos parece una auténtica "tomadura de pelo" en respuesta a nuestras reivindicaciones. Por todo ello pedimos a todos los funcionarios y funcionarias que participen en todas las concentraciones convocadas para exigir una negociación urgente y real porque nos jugamos el futuro de nuestros derechos y garantías de nuestros puestos de trabajo.

LISTADO DE SOLICITANTES COMISIONES DE SERVICIO ÁMBITO MINISTERIO

En la página Web del Ministerio se publica el listado de solicitantes de las comisiones de servicio convocadas por Oferta 5/2022.

30 noviembre 2022

CONCENTRACIONES DE PROTESTA EN LOS CENTROS DE TRABAJO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

 VIERNES, 2 DE DICIEMBRE

DE 10 A 10:30 HORAS

  • Por la negociación de la LEY DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA para garantizar nuestras condiciones de trabajo, nuestros centros de destino y nuestras funciones

    • El proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa no garantiza nuestros actuales centros de destino ni nuestras retribuciones y demás derechos laborales.

    • Permite la movilidad funcional y geográfica del personal y la asignación de funciones correspondientes a otros centros de trabajo distintos de aquél en que se está destinado.

    • Permite la imposición de nuevas Relaciones de Puestos de Trabajo sin negociar.

  • Por el desarrollo y retribución de la CARRERA PROFESIONAL

    • La Carrera Profesional es un derecho que nos reconoce la LOPJ desde 2019.

    • Pero el Ministerio de Justicia se niega a negociarlo, reconocerlo y establecer su retribución complementaria.

  • Por la mejora de la PROMOCIÓN INTERNA

    • Exigimos la recuperación del 50% de las plazas de la OEP para el turno de Promoción Interna.

    • Reivindicamos una convocatoria extraordinaria añadida a la convocatoria del turno libre de los procesos de estabilización.

    • Si el acceso por el turno libre se hace por el sistema de concurso (sin oposición) también la Promoción Interna tiene que hacerse por ese mismo sistema de concurso de méritos.

  • Por la convocatoria de CONCURSOS DE TRASLADO con todas las plazas vacantes

    • Todas las plazas vacantes, sean genéricas o singularizadas, deben ofrecerse en un concurso de traslado extraordinario en el que se elimine la congelación de dos años para poder participar.

  • Por la negociación del reglamento y RPTs del REGISTRO CIVIL

    • El despliegue de los nuevos Registros Civiles se está llevando a cabo de forma unilateral sin negociación colectiva.

    • Se están asignando arbitrariamente nuevas funciones al personal de los nuevos Registros Civiles y de las oficinas colaboradoras de los Juzgados de Paz.

    • El nuevo programa DICIREG incrementa el volumen de trabajo pero no se están incrementando las plantillas.

¡¡ ACUDE A LAS CONCENTRACIONES DEL 2 DICIEMBRE EN TU CENTRO DE TRABAJO

!!EN DEFENSA DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA Y DE LAS CONDICIONES LABORALES DE SUS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS

ES DE JUSTICIA


CONVOCATORIA COMISIÓN DE SERVICIOS EN ARAGÓN

En la web del Gobierno de Aragón, la Dirección General de Justicia de Aragón publica hoy 19 de septiembre la convocatoria 6/2022 de puestos vacantes a cubrir mediante comisión de servicios.

El plazo de presentación de solicitudes alcanza HASTA EL VIERNES 2 DE DICIEMBRE, ajustada al modelo que se adjunta como Anexo I de la Instrucción de 18 de junio de 2021 de la Dirección General de Justicia por la que se establecen criterios de gestión para la provisión temporal mediante comisión de servicios de puestos vacantes en órganos de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón,, enumerando, por orden de preferencia, los puestos que se solicitan.

El escrito de solicitud deberá remitirse en formato electrónico y con firma digital a la dirección de correo personal.justicia@aragon.es

El informe al que se refiere el apartado cuarto de la Instrucción (informe favorable del responsable de la unidad o centro de destino de origen de la persona solicitante y, en caso de estar destinado en un centro de fuera de la comunidad autónoma de Aragón, el informe de conformidad de la comunidad autónoma de origen) deberá ser aportado conjuntamente con la solicitud.

BOLSA DE INTERINOS DE ANDALUCÍA: LISTADOS DEFINITIVOS DE BAREMACIÓN

En el Portal Adriano se acaban de publicar los listados definitivos de baremación de las bolsas del personal interino de la Administración de Justicia.

Conforme a la base octava, apartado 5, de la Resolución de 29 de noviembre de 2019, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, las personas interesadas que hayan solicitado su inclusión en más de una bolsa, dispondrán de un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a partir de la fecha de publicación de los listados definitivos (desde el 29 de noviembre hasta el 14 de diciembre de 2022), para optar por permanecer en solo una de ellas a través del modelo de solicitud de opción de bolsa del Anexo IV de dicha Resolución y por la vías establecidas en las bases quinta y sexta. Preferentemente y con el objetivo de agilizar la tramitación de las alegaciones, dichas alegaciones se presentarán en el Registro Telemático de la Junta de Andalucía, conforme a la base quinta de la Resolución de 29 de noviembre de 2019.

CORRECCIÓN DE ERRORES LISTADOS PROVISIONALES BOLSAS DE INTERINOS GERENCIA DE VALLADOLID

En la página Web del Ministerio se publica la corrección de errores de la Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Gerencia territorial de justicia de Castilla y León en Valladolid, por la que se publican las relaciones provisionales de aspirantes seleccionados de la convocatoria de 15 de noviembre de 2021, para la constitución de las bolsas de trabajo de funcionarios interinos de los cuerpos generales al servicio de la administración de justicia.

Se incluye a los aspirantes que figuran en la corrección de errores que inicialmente fueron excluidos, otorgándoles un PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES para presentar alegaciones y subsanar la valoración de méritos.

RESUMEN DE LA LEY DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA

El Proyecto de “Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia” fue aprobado por el Consejo de Ministros en el mes de abril, y actualmente está tramitándose en el Congreso de los Diputados, donde se espera que quede aprobado en diciembre para pasar al Senado y su posterior aprobación definitiva durante el mes de enero de 2023. El Gobierno aprobó este Proyecto sin negociación, a pesar de que afecta directamente a condiciones de trabajo, por lo que STAJ tiene presentada queja formal ante el Ministerio y hemos convocado movilizaciones.

Esta ley supondrá un cambio radical en la organización de la Administración de Justicia, afectando por un lado a la organización de jueces y tribunales, y por otro a la organización de la oficina judicial que les presta apoyo. Todo ello, de la siguiente forma:  

Se crean los “Tribunales de Instancia”. Esto supone:

  • Unificación de TODOS los Juzgados de cada Partido judicial, de TODAS las jurisdicciones, EN UN ÚNICO TRIBUNAL DE INSTANCIA. Los Juzgados Centrales, se unifican en el TRIBUNAL CENTRAL DE INSTANCIA.

  • No funciona como tribunal colegiado, sino cada juez como juez unipersonal.

  • El Tribunal de instancia se compone de jueces. La oficina judicial que le da soporte es algo diferente y no forma parte del órgano judicial propiamente dicho.

Se crean las “Unidades Procesales de Tramitación” (UTRAM):

  • Son las unidades de la Oficina Judicial que dan soporte a los Tribunales de Instancia y resto de  tribunales existentes (TS, AN, TSJ, AP), pero no forman parte de ellos. Al no formar parte del “Órgano Judicial” propiamente dicho, es posible aumentar el número de jueces de un tribunal sin que ello lleve aparejado el incremento del número de puestos de funcionarios.

  • Hay una UTRAM por cada Tribunal de Instancia, y una por cada tribunal colegiado (TS, AN, TSJ, Audiencias Provinciales).

  • Desaparecen las actuales Secretarías de cada juzgado (y las actuales UPADs, donde existan), y se unifican todas en la UTRAM del Tribunal de Instancia o TS, AN, TSJ o Audiencia Provincial respectivo.

  • Las UTRAM se “pueden” dividir en áreas y éstas en equipos, pero ni es obligatorio que se dividan, ni las áreas tienen por qué coincidir con la jurisdicción. Es decir, un área de un tribunal de instancia puede atender asuntos de varias jurisdicciones (civil, penal, social...) 

Servicios comunes procesales:

  • No son novedad (ya existen donde está implantada la “NOJ”). Asumen la realización de actos y trámites comunes a los órganos de cada partido judicial, así como la ejecución de resoluciones judiciales.

  • No es obligatoria su creación, aunque lo normal es que se creen de dos tipos:

    • Servicio Común General (asume generalmente las funciones de los actuales de Decanatos y Servicios de Actos de comunicación)

    • Servicio Común de Ejecución (asume la ejecución de resoluciones de todos los órganos a los que asiste)

  • En partidos judiciales que actualmente carecen de separación de jurisdicciones, o que actualmente tienen escaso número de juzgados, es normal que no exista ningún servicio común.

Oficinas de Justicia en el Municipio:

  • Serán la “evolución” de los actuales Juzgados de Paz. Desaparece la figura del Juez de Paz.  

  • Asumen funciones de apoyo a la oficina judicial del partido al que pertenecen, realizan actos de comunicación y son oficinas colaboradoras de Registro Civil.

  • Además, asumen funciones de recepción de solicitudes de justicia gratuita y apoyo a su gestión, reciben solicitudes dirigidas a Gerencias del Ministerio de Justicia o Delegaciones de Justicia de las CCAA, colaboran con las “Unidades de Medios Adecuados de Solución de Controversias” (mediación), y colaboran en el acceso remoto de jueces, fiscales y resto de personal de la Administración de Justicia, desde la Oficina de Justicia en el Municipio.

  • Pueden asignársele otras funciones según convenio con otras Administraciones públicas.

  • La Secretaría corresponde en todo caso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. Resto de puestos, se cubren por personal funcionario de la Administración de Justicia, pero pueden prestar servicio también funcionarios de otras Administraciones.

Centros de destino en la LOEO:

De acuerdo con las anteriores modificaciones de la estructura organizativa de la Administración de Justicia, los centros de destino se unifican en su mayor parte:

  • A efectos de centro de destino, en cada municipio se unifican la UTRAM del Tribunal de Instancia y la UTRAM de la Audiencia Provincial, si la hay, constituyendo conjuntamente el mismo centro de destino. También se considera centro de destino donde los haya la UTRAM del TSJ, su Secretaría de Gobierno, la Oficina Fiscal de la Fiscalía, la Oficina del Registro Civil, y el IML. También es centro de destino cada Servicio Común procesal, y cada Oficina de Justicia en el Municipio. Desaparece la MUGEJU como centro de destino.

  • A efectos de cobertura mediante los diferentes mecanismos establecidos (concurso de traslado, oposiciones, etc.) en la Ley no está prevista ninguna diferenciación de puestos de trabajo dentro de cada centro de destino, aunque se adscriban a un área o equipo determinado. Es decir, es posible la asignación de funciones de cualquier clase de las que corresponden al centro de destino al que se pertenece.

  • La distribución de los puestos de trabajo dentro de cada municipio se hace mediante las “Relaciones de Puestos de Trabajo”.

  • La ley no garantiza que en esas “Relaciones de Puestos de trabajo” los puestos se diferencien unos de otros, ni siquiera en función de características como guardias, mayor penosidad u otras características (VSM, actos de comunicación...). Tampoco, ni siquiera, en función de si los puestos están adscritos a una UTRAM de Tribunal de Instancia o de Audiencia Provincial, ya que ambas están unificadas a efectos de centro de destino.

  • Sólo prevé la existencia de puestos “genéricos”, que son la mayoría, o “singularizados” (generalmente para jefaturas de áreas o equipos). Tampoco hay nada que garantice las retribuciones que se perciben actualmente en los puestos que se vengan ocupando antes de la reforma.

  • Se prevé la existencia de puestos “deslocalizados” así como puestos que estén integrados en varias Relaciones de puestos de trabajo. No se garantiza que perciban más retribuciones por ello.

Disposiciones Transitorias de la LOEO:

La Ley prevé que los actuales juzgados se transformen en Tribunales de Instancia en varios plazos (3, 6 ó 12 meses, según los tipos de juzgados existentes en el partido). Al mismo tiempo, las actuales Secretarías (y UPADs donde las haya), se transformarán en Unidades Procesales de Tramitación (UTRAM) de su respectivo Tribunal de Instancia, TSJ o Audiencia. Se prevé también que en esos plazos se negocien las Relaciones de Puestos de Trabajo, pero establece que si no se negocian, las actuales Secretarías de todos los Juzgados y Audiencia Provincial del municipio se unifican de forma automática para constituir la UTRAM respectiva, con lo cual todos los que actualmente prestan servicio en Juzgados o Audiencias provinciales pasarán a formar parte del Centro de destino correspondiente, sin diferenciación de los puestos, y los que prestan servicio en las Salas de los TSJ, pasarán a prestar servicio en la UTRAM del respectivo TSJ, impidiéndose, en la práctica, la elección de la mayoría de puestos mediante concurso de traslado u otros mecanismos de cobertura voluntaria.


28 noviembre 2022

OPOSICIONES INTCF: NOMBRAMIENTO Y ADJUDICACIÓN DE DESTINOS

En el BOE del lunes 28 de noviembre se ha publicado la Orden JUS/1148/2022, de 22 de noviembre, por la que se nombra personal funcionario del Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Los funcionarios a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión ante el responsable del órgano de destino en el PLAZO DE VEINTE DÍAS HÁBILES contados desde el siguiente al de la publicación de esta orden en el BOE.