03 enero 2025



MUGEJU: Información sobre el concierto de asistencia sanitaria y cambios de entidad médica

El viernes 27 de diciembre se procedió a adjudicar el nuevo concierto sanitario 2025-2026 a las Entidades Médicas ASISA, ADESLAS y NUEVA MUTUA.

Una vez transcurrido el plazo establecido por la normativa vigente, se procederá a la formalización de los respectivos acuerdos con las entidades adjudicatarias.

A fin de salvaguardar el interés general, desde la Mutualidad General Judicial se ha acordado la continuidad del servicio, en aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público. Así, el 31 de diciembre de 2024 por la Gerencia se firmó la continuidad del contrato 2022-2024 y se publicó en la plataforma de contratación pública, quedando de esta manera garantizada la asistencia sanitaria de todos los mutualistas, hasta la formalización del nuevo contrato.

Recordamos que, tal y como establece la cláusula 8.1.2 del concierto en vigor actualmente (2022-2024) DKV, SANITAS y MAPFRE deberán prestar asistencia sanitaria a mutualistas de MUGEJU hasta el 31 de enero de 2025, con las excepciones recogidas en dicha cláusula:

“8.1.2. Si la Entidad no suscribiera un nuevo concierto con MUGEJU para 2025, continuará obligada por el contenido del presente concierto, para el colectivo que tuviera adscrito al treinta y uno de diciembre de 2024, hasta el treinta y uno de enero de 2025.

Además, si a treinta y uno de enero de 2025 estuviese prestando una asistencia en régimen de hospitalización o una asistencia por maternidad, cuando el parto estuviese previsto para el mes de febrero, la Entidad quedará obligada a seguir prestando la asistencia en régimen de hospitalización o la asistencia por maternidad hasta el día en que, respectivamente, se produzca el alta o se concluya la asistencia por maternidad, respectivamente. En el supuesto de que la necesidad de hospitalización se prolongue, la Entidad asumirá la cobertura hasta la finalización del mes de junio de 2025, fecha a partir de la cual la nueva Entidad de adscripción asumirá la cobertura.

Está obligación se extiende únicamente a los supuestos de hospitalización que conlleven internamiento y a los supuestos de hospitalización domiciliaria”.

Debido al retraso producido en el proceso de contratación, se prevé que el nuevo concierto sanitario para los años 2025 y 2026 entre en vigor en febrero, y no en enero, como estaba previsto inicialmente. Esto significa que las entidades de seguro no están obligadas a presentar los catálogos actualizados de proveedores hasta el 20 de enero.

Dada la importancia para los mutualistas de conocer los catálogos de proveedores antes de elegir una entidad médica, desde la Gerencia de MUGEJU se ha decidido abrir un segundo período de cambio de entidad médica, que tendrá lugar durante el mes de febrero, y que será adicional al período de cambio ordinario del mes de enero.

Por tanto, en 2025 habrá 2 plazos para solicitar cambio de entidad:

1º) ENERO DE 2025: CAMBIO ORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA. La solicitud se podrá realizar durante el mes de enero y el cambio será efectivo a partir del 1 de febrero de 2025. Opciones:

  • INSS (sistema público de salud)
  •  ASISA
  • ADESLAS
  • NUEVA MUTUA SANITARIA

Es MUY IMPORTANTE que las personas mutualistas adscritas actualmente a DKV, SANITAS o MAPFRE soliciten el cambio de entidad médica en ENERO, puesto que dichas entidades no prestarán asistencia sanitaria a los mutualistas a partir de la entrada en vigor del nuevo concierto.

 

2º) FEBRERO DE 2025: CAMBIO EXTRAORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA. La solicitud se podrá realizar durante el mes de febrero y el cambio será efectivo a partir del 1 de marzo de 2025. Opciones:

  • INSS (sistema público de salud)
  • ASISA
  • ADESLAS
  • NUEVA MUTUA SANITARIA

Cada mutualista titular podrá realizar en total 2 solicitudes de cambio de entidad médica: una solicitud en enero y una solicitud en febrero. Dentro de cada período de cambio (enero o febrero), no se permitirá modificar la solicitud una vez realizada, por lo que recomendamos a los mutualistas que se aseguren de que la entidad indicada en el formulario es la correcta.

 

Las solicitudes deberán realizarse, preferentemente, a través de la sede electrónica de MUGEJU 

En el siguiente enlace puedes consultar una hoja explicativa con capturas de pantalla para realizar la solicitud de cambió de Entidad Médica.

 

HOJA EXPLICATIVA CAMBIOS DE ENTIDAD MÉDICA MUGEJU

  

 

INFORMACIÓN SOBRE CAMBIOS DE ENTIDAD MÉDICA

 

COMUNICACIÓN DE MUGEJU