La huelga se va a materializar a través de paros parciales, inicialmente, de 10 a 13 horas todos los días laborables salvo el día 19 de abril que será a jornada completa para facilitar la participación de todos y todas en la manifestación de Madrid. (salida 12 horas desde la sede del Ministerio de Justicia C/San Bernardo, 45 MADRID).
Bajo ningún concepto, nadie puede obligar a
un funcionario/a, a entrar a trabajar antes ni después del inicio o
final del horario fijo (Consultar a los delegados sindicales de los
sindicatos convocantes CSIF, STAJ, CCOO y UGT por el horario fijo en tu ámbito territorial)
A las 10 de la mañana, el compañero/a que decida hacer huelga deja de trabajar y se marcha de su puesto de trabajo colocando un cartel que diga #HuelgaEnJusticia – YO PARO (se va a facilitar el modelo vía web de los sindicatos convocantes).
Desde las 10 de la mañana a las 13 horas, se podrá participar en las convocatorias que se realicen por los sindicatos convocantes cuando así se acuerde a nivel local.
A partir de las 13 horas se sigue con el trabajo habitual, hasta la finalización del horario fijo:
En ningún caso, se puede obligar a nadie a sacar más trabajo del habitual para recuperar lo no trabajado durante el paro diario.
Servicios mínimos
Constituyen los servicios mínimos el número de efectivos que como mínimo deben estar en la oficina mientras dura la huelga.
El personal designado como servicio mínimo no puede realizar funciones o tareas que no estén incluidas como servicio esencial mientras dura el paro parcial. Es decir, tanto si se secunda la huelga como si no, quien haya designado como Servicio Mínimo SOLO puede hacer lo que se haya señalado como servicio esencial en cada territorio (Consultar con los delegados sindicales las resoluciones de cada ámbito territorial)
Las dudas sobre si una función o tarea es o no servicio esencial se pueden trasladar a los delegados de los sindicatos convocantes para su resolución.
Llegadas las 10 horas se colocará por el compañero/a designada como Servicio Mínimo, un cartel con el siguiente mensaje #HuelgaEnJusticia – SERVICIOS MÍNIMOS,
En consecuencia, los servicios mínimos deben organizarse por turnos entre todo el personal de la oficina o centro de destino afectado. El más lógico es ordenar al personal por orden alfabético del primer apellido y asignar un número correlativo desde el 1 al último de la lista para luego sortear por qué número se empieza. Si no fuese designado de oficio por cada Administración competente que deberá hacerlo para cada uno de los días de forma rotatoria.
Recuerda que:
Exigir que las órdenes e instrucciones vayan por escrito es una garantía a efectos de un recurso o de una denuncia.
Cualquier presión que se reciba en contra de lo dicho en esta guía debe ponerse en conocimiento del Comité de huelga bien directamente o a través de los delegados sindicales de las Organizaciones convocantes, para ejercer las acciones oportunas en nombre de dicho comité de huelga.
A las 10 de la mañana, el compañero/a que decida hacer huelga deja de trabajar y se marcha de su puesto de trabajo colocando un cartel que diga #HuelgaEnJusticia – YO PARO (se va a facilitar el modelo vía web de los sindicatos convocantes).
Desde las 10 de la mañana a las 13 horas, se podrá participar en las convocatorias que se realicen por los sindicatos convocantes cuando así se acuerde a nivel local.
A partir de las 13 horas se sigue con el trabajo habitual, hasta la finalización del horario fijo:
En ningún caso, se puede obligar a nadie a sacar más trabajo del habitual para recuperar lo no trabajado durante el paro diario.
Servicios mínimos
Constituyen los servicios mínimos el número de efectivos que como mínimo deben estar en la oficina mientras dura la huelga.
El personal designado como servicio mínimo no puede realizar funciones o tareas que no estén incluidas como servicio esencial mientras dura el paro parcial. Es decir, tanto si se secunda la huelga como si no, quien haya designado como Servicio Mínimo SOLO puede hacer lo que se haya señalado como servicio esencial en cada territorio (Consultar con los delegados sindicales las resoluciones de cada ámbito territorial)
Las dudas sobre si una función o tarea es o no servicio esencial se pueden trasladar a los delegados de los sindicatos convocantes para su resolución.
Llegadas las 10 horas se colocará por el compañero/a designada como Servicio Mínimo, un cartel con el siguiente mensaje #HuelgaEnJusticia – SERVICIOS MÍNIMOS,
En consecuencia, los servicios mínimos deben organizarse por turnos entre todo el personal de la oficina o centro de destino afectado. El más lógico es ordenar al personal por orden alfabético del primer apellido y asignar un número correlativo desde el 1 al último de la lista para luego sortear por qué número se empieza. Si no fuese designado de oficio por cada Administración competente que deberá hacerlo para cada uno de los días de forma rotatoria.
Recuerda que:
Exigir que las órdenes e instrucciones vayan por escrito es una garantía a efectos de un recurso o de una denuncia.
Cualquier presión que se reciba en contra de lo dicho en esta guía debe ponerse en conocimiento del Comité de huelga bien directamente o a través de los delegados sindicales de las Organizaciones convocantes, para ejercer las acciones oportunas en nombre de dicho comité de huelga.