Confirmamos, y ratificamos, lo que el pasado martes día 1 de diciembre os adelantábamos en relación a las vacaciones y permisos del 2020: el Ministerio de Justicia penaliza a todos los funcionarios de su ámbito al no reconocer con carácter general, el reconocimiento de las vacaciones hasta por lo menos el 31 de marzo de 2021, como ha sucedido en otros ámbitos transferidos, excusándose en la regulación que se ha hecho para Función Pública, pero es que ni siquiera nos aplica ese criterio en toda su amplitud.
STAJ entiende que el Ministerio de Justicia tiene ha tenido una oportunidad para ampliar este disfrute de asuntos particulares y vacaciones, sin limitarse a lo regulado en AGE, y, sobre todo, una oportunidad para demostrar, aunque solo sea desde criterios de pura y buena gestión pública, que se preocupa por sus funcionarios, considerados como un conjunto al que hay que cuidar porque siempre está presente contra todos los elementos -y más ahora con la situación de pandemia.
No se puede comprender la falta de confianza y el maltrato continuo: Los sueldos son inferiores, menor complemento específico no se abona complemento de violencia de género, no se negocia para este personal del ámbito no transferido, a pesar de estar ya obligados por ley.
Y después del esfuerzo que ha hecho el personal de justicia SIEMPRE, no sólo durante la situación actual, se paga con un NO a la concesión de ampliar el disfrute de todo hasta el 31 de marzo de 2021. Asimismo, la negativa demuestra que no se tenga en cuenta el servicio público ya que se verá afectado porque se van a acumular muchos permisos a la vez en diciembre y enero.
En resumen y como norma general, se hará uso de las vacaciones y los días de asuntos particulares hasta el disfrutar hasta el 31 de enero de 2021.
No obstante, se podrán llevar las vacaciones, que aún resten del año 2020, hasta el 31 de marzo del 2021 en los siguientes supuestos:
En aquellos casos específicos de peticiones de disfrute durante 2020 que hayan sido denegadas expresamente, cuando el motivo de la denegación haya estado fundamentado en las necesidades del servicio.
Cuando se produzca un riesgo cierto, o incluso el colapso de la prestación del servicio, si el disfrute de las vacaciones se produce durante el mes de diciembre o enero del 2021.
Respecto de los días de asuntos particulares, con carácter excepcional, hasta el 31 de marzo de 2021 se podrán hacer uso de tres de los días de permiso por asuntos particulares que les correspondan del año 2020 y no hubieren consumido hasta el 31 de enero de 2021.