Fecha de publicación prevista en el BOE: 13-10-2021.
08 octubre 2021
CONCURSO DE TRASLADOS 2021
ACTUALIZACION DE INFORMACION SOBRE PROCESOS SELECTIVOS
- AUXILIO JUDICIAL
El Ministerio de justicia informa que tiene muy avanzado el baremo de MERITOS del cuerpo de Auxilio. Aun no tienen fecha señalada para la publicación de los listados provisionales, como fecha orientativa podría ser en NOVIEMBRE.
Una vez publicados los listados provisionales se abrirá el plazo de 10 días para alegaciones previo al listado definitivo de méritos y al listado de aspirantes que han superado el proceso selectivo. A continuación, restaría todavía la realización de la prueba optativa de idioma antes de ofrecer los destinos y su adjudicación.
Desde STAJ seguimos insistiendo en que en la medida de lo posible y respetándose los plazos se acelere lo más posible el proceso a fin de que el proceso selectivo pueda finalizar a principios del próximo año.
TRAMITACION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
El Ministerio mantiene que se publicará el nombramiento como funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos en la segunda quincena de Octubre, siendo probable a partir del día 20, (todavía no hay fecha fijada de día exacto ni reserva de BOE para la publicación).
STAJ ha solicitado nuevamente que remitan a los sindicatos y publiquen en la web el listado de adjudicaciones de ámbito Ministerio, estamos esperando respuesta.
- CONVOCATORIAS DE PROCESOS SELECTIVOS 2019
El Ministerio está ultimando la convocatorias para la preceptiva negociación en Mesa de Letrados. Esperamos que nos remitan el borrador de la convocatoria en breve.
- GPA y TPA PROMOCION INTERNA
El Ministerio prevé que en el mes de noviembre pueda negociarse la convocatoria para su posterior publicación.
STAJ hemos vuelto a reiterar la necesidad de volver al 50% de las plazas para el turno de promoción interna y que mientras no se produzca este aumento se efectúe la convocatoria extraordinaria de Promoción Interna a la que se comprometió el Ministerio para esta próxima convocatoria aumentándose significativamente las plazas de PROMOCION INTERNA.
Con posterioridad a la convocatoria de promoción interna se procedería a la convocatoria de los restantes procesos selectivos correspondientes a 2019.
05 octubre 2021
BOLSA INTERINOS EXTREMADURA: ABIERTA LA CONVOCATORIA
OPOSICIONES : MODIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN DE DESTINOS GESTIÓN LIBRE EN CATALUÑA
DEDUCCIÓN FISCAL EN EL IRPF POR MOVILIDAD GEOGRÁFICA
Este tipo de deducciones están reguladas en la Ley 25/2006 28 noviembre IRPF (ver art. 19 Rendimiento neto del trabajo).
¿Cuáles son los requisitos?
Para poder tener derecho a la misma, hay que cumplir dos requisitos de forma obligatoria:
El contribuyente debe estar desempleado e inscrito en la oficina de desempleo, aunque no se tenga derecho a la prestación económica por desempleo. No obstante, la Dirección General de Tributos ha señalado que solo se podrá aplicar la reducción el opositor que tras aprobar cambia su residencia si la inscripción como desempleado se produjo antes de aprobar la oposición y antes de que fuese publicada la relación definitiva de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso al Cuerpo de la Administración del Estado al que pertenezca; si la inscripción en la oficina de empleo fuese posterior a la publicación de la relación definitiva de aspirantes aprobados se pierde, declara la DGT, el derecho a la aplicación de la reducción por movilidad geográfica.
Consulta vinculante a la Dirección General de Tributos sobre el requisito de estar desempleado e inscrito en la oficina de desempleo.
El nuevo puesto de trabajo, en un municipio distinto al que reside en origen, exija el cambio de residencia.
Es decir, aunque se trabaje en distinta localidad, se debe tener también otra residencia habitual distinta a la de origen. Debe haber un cambio efectivo de residencia, declarando este nuevo domicilio como tal y empadronándose en el mismo.
¿Qué cantidad se puede deducir?
Cumplido estos requisitos se tendrá derecho a esta deducción en la declaración de la renta.
El importe es de 2.000 euros anuales con carácter general, que se aplicarán durante dos años; el año del cambio de domicilio y el siguiente.
En el caso de trabajadores con discapacidad se incrementa la cuantía en 3.500 euros anuales ó en 7.750 euros (ver art. 19.2.f de la Ley 25/2006 28 noviembre)
¿Cómo se hace efectiva la deducción?
La aplicación es sencilla si se liquida la declaración de forma individual.
Se puede hacer efectiva mediante el modelo 145 del “Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Retenciones sobre rendimientos del trabajo. Comunicación de datos al pagador”.
Ó bien en el momento de realizar la declaración de la renta del IRPF; esto es al año siguiente cuando se haga la declaración de la renta correspondiente a los rendimientos del trabajo del año anterior. En este caso, en la declaración de la renta, vamos a datos adicionales sobre movilidad y luego Movilidad Geográfica, rellenando la casilla según las instrucciones.
Si se presenta la declaración de forma conjunta, y hay más de un contribuyente con derecho a aplicar el gasto deducible por ese concepto, el importe total seguirá siendo el mismo, 2.000 euros ( o de la cantidad que corresponda por discapacidad), no se multiplica por dos.
CANTABRIA: CONVOCATORIA COMISIONES DE SERVICIO
El plazo de presentación de solicitudes será de tres días hábiles, finalizando el día 6 de octubre de 2021. Es requisito imprescindible que se anticipen las solicitudes por email al buzón de la Dirección General (justiciapersonal@cantabria.es) .
01 octubre 2021
ACTUALIZACION BOLSA DE INTERINOS DE CLM 1/10/2021
CONVOCATORIA LIBRE DESIGNACIÓN LETRADOS
RELACIÓN PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS OPOSICIÓN CUERPO DE AYUDANTES DE LABORATORIO
Las listas certificadas completas quedarán expuestas al público en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.es) y en el punto de acceso general (www.administracion.gob.es)
Tanto los aspirantes excluidos como los omitidos por no figurar en las listas de admitidos ni en la de excluidos, podrán subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión en las listas, en el PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOE.